Acuerdo por el que aprueba el Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2020-2024.

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidenta de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Forestal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 9, 22, 24, 27, 28, 29, párrafo tercero, 30 y 31 párrafo segundo de la Ley de Planeación; 14, fracción I, 15, 18, 19, 20 y 35, fracción I, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; 47, 48, 49 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 9 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 22 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, por lo que el Gobierno de México tiene la obligación de garantizar y realizar todas las acciones necesarias para ello, asimismo el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque;

Que por su parte la Ley de Planeación en su artículo 2o, mandata que la planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género, y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales, ambientales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

Que el artículo 3o, de la misma Ley de Planeación define a la planeación nacional de desarrollo como la ordenación racional y sistemática de acciones que, en base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales así como de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y desarrollo urbano;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 establece en su Eje General "Política Social", impulsar el desarrollo sostenible, como factor indispensable del bienestar, orientado a satisfacer las necesidades de la generación presente sin afectar a las generaciones futuras, teniendo como propósito el cuidado del medio ambiente, en el que además, el Ejecutivo Federal se guiará por una idea de desarrollo que subsane las injusticias sociales e impulse el crecimiento;

Que el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2020-2024, establece los objetivos prioritarios 1.- Promover la conservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y su biodiversidad con enfoque territorial y de derechos humanos, considerando las regiones bioculturales, a fin de mantener ecosistemas funcionales que son la base del bienestar de la población; 2.- Fortalecer la acción climática a fin de transitar hacia una economía baja en carbono y una población, ecosistemas, sistemas productivos e infraestructura estratégica resilientes, con el apoyo de los conocimientos científicos, tradicionales y tecnológicos disponibles; 3. Promover al agua como pilar de bienestar, manejada por instituciones transparentes, confiables, eficientes y eficaces que velen por un medio ambiente sano y donde una sociedad participativa se involucre en su gestión; y 5.- Fortalecer la gobernanza ambiental a través de la participación ciudadana libre, efectiva, significativa y corresponsable en las decisiones de política pública, asegurando el acceso a la justicia ambiental con enfoque territorial y de derechos humanos y promoviendo la educación y cultura ambiental;

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, los organismos descentralizados deberán sujetar sus operaciones a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo, a los programas sectoriales que se deriven del mismo, y en ese contexto formularán sus Programas Institucionales en el corto, mediano y largo plazo, y

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58, fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales la H. Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Forestal aprobó mediante Acuerdo ACU-04-03-202 el Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal (PIC) para el periodo 2020-2024 en su Tercera Sesión Ordinaria de 2020, por lo que conforme a lo ordenado en el artículo 29, párrafo tercero, de la Ley de Planeación dicha Junta de Gobierno sometió a consideración de esta Secretaría dicho Programa para su aprobación, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO Se aprueba el Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2020-2024.
ARTÍCULO SEGUNDO El Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2020-2024 será de observancia obligatoria para todas las unidades administrativas de dicha entidad paraestatal, en el ámbito de sus respectivas competencias, y se revisará anualmente para introducir las modificaciones que las circunstancias le impongan.
ARTÍCULO TERCERO La Comisión Nacional Forestal deberá sujetarse a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y al Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2020-2024, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y elaborará sus respectivos programas y anteproyectos de presupuesto.

Estos últimos deberán destinar los recursos presupuestarios correspondientes para el eficaz cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo, de los programas antes indicados y del propio Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2020-2024.

ARTÍCULO CUARTO La Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Forestal y el Órgano de Vigilancia correspondiente, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, darán seguimiento a la implementación de las acciones y estrategias establecidas en el Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2020-2024, reportando los resultados correspondientes.
ARTÍCULO QUINTO En términos de las disposiciones jurídicas aplicables, la Secretaría de la Función Pública vigilará en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo.
TRANSITORIO

ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, a los 17 días del mes de noviembre de 2020.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores González.- Rúbrica.

Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2020-2024

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Comisión Nacional Forestal

PROGRAMA INSTITUCIONAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024

  1. - Índice

  2. - Índice

  3. - Fundamento normativo de elaboración del programa

  4. - Siglas y acrónimos

  5. - Origen de los recursos para la instrumentación del Programa

  6. - Análisis del estado actual

  7. - Objetivos prioritarios

    6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Promover el manejo forestal comunitario para el uso sostenible y diversificado de los recursos forestales, así como la integración y desarrollo de redes locales de valor competitivas que detonen economías locales para mejorar la calidad de vida de la población que habita en zonas forestales.

    6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Proteger los ecosistemas forestales de factores que deterioran la cobertura vegetal para mantener el patrimonio natural y contribuir a la mitigación al cambio climático, para el bienestar de la población que habita en las zonas forestales y de la sociedad en general, a través de una gestión territorial.

    6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Conservar y restaurar la capacidad de provisión de servicios ecosistémicos de áreas forestales estratégicas, mediante un enfoque incluyente y participativo que contribuya a garantizar un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de la población.

    6.4.- Relevancia del Objetivo prioritario 4: Impulsar un nuevo modelo de gobernanza, pluralidad y participación social y ciudadana efectiva e incluyente, en el sector forestal.

    6.5.- Relevancia del...

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