Acuerdo ACDO.AS3.HCT.260220/63.P.DF dictado por el H. Consejo Técnico, en sesión ordinaria de 26 de febrero de 2020, así como el Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social 2020-2024.
Edición | Matutina |
Emisor | Instituto Mexicano del Seguro Social |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría del Honorable Consejo Técnico.- Of. No. 09/9001/030000/514. Lic. Humberto Pedrero Moreno
Titular de la Dirección de Finanzas
El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el 26 de febrero del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.AS3.HCT.260220/63.P.DF, en los siguientes términos:
"Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto de la persona Titular de la Dirección de Finanzas, mediante oficio 150, de fecha 14 de febrero de 2020; así como el dictamen emitido por el Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el 25 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar el Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social (PIIMSS) 2019-2024. Segundo.- Instruir a la persona Titular de la Dirección Finanzas para que realice los trámites necesarios ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a fin de obtener el dictamen y aprobación del PIIMSS 2019-2024. Tercero.- Instruir a la persona Titular de la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de publicar en el Diario Oficial de la Federación el presente Acuerdo, así como la versión definitiva del PIIMSS 2019-2024."
Lo comunico a usted para su conocimiento.
Atentamente,
Morelia, Michoacán, a 27 de febrero de 2020.- El Secretario del H. Consejo Técnico, Javier Guerrero García.- Rúbrica.
Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social 2020-2024
Instituto Mexicano del Seguro Social
PROGRAMA INSTITUCIONAL DE ENTIDAD NO SECTORIZADA DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024
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- Índice
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- Índice
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- Fundamento normativo de elaboración del Programa
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- Siglas y acrónimos
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- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
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- Análisis del estado actual
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- Objetivos prioritarios
6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Coadyuvar en el acceso universal y gratuito a los servicios de salud y medicamentos de toda la población.
6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Garantizar la calidad y cobertura de los servicios y prestaciones institucionales, privilegiando la prevención de enfermedades y la promoción de la salud.
6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Trabajar en el fortalecimiento de la infraestructura y los recursos humanos del IMSS, priorizando las unidades de primer y segundo nivel a través de la dignificación de las instalaciones y equipamiento; así como, la profesionalización del personal.
6.4.- Relevancia del Objetivo prioritario 4: Garantizar el derecho a guarderías y a prestaciones sociales, deportivas, culturales y económicas; e impulsar la promoción de la salud y tutela de la salud en el trabajo.
6.5.- Relevancia del Objetivo prioritario 5: Asegurar la sostenibilidad con un gasto eficiente y una mayor recaudación, siempre privilegiando la austeridad y la eliminación de la corrupción y la impunidad.
6.6.- Relevancia del Objetivo prioritario 6: Garantizar que el Instituto cuente con los mecanismos para conocer las necesidades y atender las demandas de la población derechohabiente y usuaria.
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- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
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- Metas para el bienestar y Parámetros
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- Epílogo: Visión hacia el futuro
Anexo.- Mesas Sectoriales
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- Fundamento normativo de elaboración del Programa
El Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social (PIIMSS) 2020-2024 se presenta en el marco del sistema de planeación democrática del desarrollo nacional definido en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en cumplimiento al artículo 17, fracción II de la Ley de Planeación.
En este sentido, el PIIMSS 2020-2024 será el principal instrumento de planeación estratégica donde se establece la hoja de ruta, mediante la cual el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se deberá conducir a lo largo de la presente Administración para el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley del Seguro Social (LSS) y demás normatividad aplicable a la operación del Instituto. Lo anterior, tomando en cuenta en todo momento los 12 Principios Rectores y los 3 Ejes Generales que conforman el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024.
En apego al artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado Mexicano ha asumido diversos compromisos nacionales e internacionales en la protección de los derechos humanos, es por ello que el IMSS se suma a la importante estrategia de incorporar la perspectiva de género, promover la inclusión y la igualdad, así como prevenir la discriminación y la violencia, tanto en los servicios médicos que presta a sus derechohabientes en todas las etapas de la vida: prenatal, nacimiento, niñez, adolescencia, edad adulta y vejez; como en los trámites y servicios que proporciona.
Asimismo, el derecho a la salud y a la seguridad social son derechos humanos fundamentales para garantizar el bienestar y la calidad de vida de las personas. El IMSS es el mayor prestador de servicios médicos en México y el organismo público encargado de garantizar la seguridad social a trabajadoras y trabajadores y a sus familias.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4 que "toda persona tiene derecho a la protección de la salud". Por otra parte, en su artículo 123, apartado A, fracción XXIX, señala que "es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares".
Además, la LSS establece en sus artículos 2 y 4, que el Seguro Social es el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional y que tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia, y los servicios sociales para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.
Conforme al artículo 5 de la propia LSS, el IMSS se constituye como un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuya integración operativa es tripartita, puesto que concurren representantes de los trabajadores, de los patrones y del Gobierno Federal.
Para el cumplimiento de sus fines, el artículo 6 de la LSS señala que el Seguro Social comprende dos regímenes de aseguramiento. Bajo el régimen obligatorio(1), el IMSS cuenta con diversos seguros de contenido social, para que las y los trabajadores y sus familiares tengan certidumbre frente a los riesgos de la vida. Asimismo, el Seguro Social tiene un régimen voluntario(2) para todas las familias en México que deseen un seguro de salud para sus integrantes, ofreciéndoles las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad.
Con el propósito de instrumentar acciones en favor de la población no derechohabiente, en la reforma a la LSS de 1973 se faculta al IMSS, en sus artículos 214 y 215, a extender su acción a grupos de población en condiciones de pobreza y marginación extremas, derivado de lo cual, en 1979 el IMSS suscribe el convenio que da origen al entonces llamado IMSS-COPLAMAR, hoy IMSS-BIENESTAR.
Considerando lo anterior, el PIIMSS 2020-2024 define un conjunto de objetivos prioritarios, estrategias prioritarias y acciones puntuales que se implementarán en los próximos años. Asimismo, establece las metas para el bienestar y parámetros con los cuales se medirá el logro de los objetivos planteados.
El Instituto Mexicano del Seguro Social será la Entidad responsable de coordinar la publicación, ejecución y seguimiento del presente Programa.
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- Siglas y acrónimos
AFORES: Administradoras de Fondos para el Retiro
AVISA: Años de Vida Saludable
CLIMSS: Cursos en Línea del IMSS
CNDH: Comisión Nacional de los Derechos Humanos
CONAMED: Comisión Nacional de Arbitraje Médico
CONAPRED: Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social
DIT: Desarrollo Infantil Temprano
ECNT: Enfermedades Crónicas No Transmisibles
IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social
IMSS-BIENESTAR: Programa IMSS-BIENESTAR
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía
INFONAVIT: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
INPI: Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas
ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
LGBTTTI: Lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual
OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
ODEIMSS: Órgano Deportivo del Instituto Mexicano del Seguro Social
ONU: Organización de las Naciones Unidas
PIIMSS: Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social
PND: Plan Nacional de Desarrollo
SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público
SIDA: Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida
SINAVE: Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica
SNTSS: Sindicato Nacional de los Trabajadores del Seguro Social
UMR: Unidad Médica Rural, primer nivel...
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