Acuerdo ACDO.AS3.HCT.260220/63.P.DF dictado por el H. Consejo Técnico, en sesión ordinaria de 26 de febrero de 2020, así como el Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social 2020-2024.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría del Honorable Consejo Técnico.- Of. No. 09/9001/030000/514. Lic. Humberto Pedrero Moreno

Titular de la Dirección de Finanzas

El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el 26 de febrero del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.AS3.HCT.260220/63.P.DF, en los siguientes términos:

"Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracciones XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; así como 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto de la persona Titular de la Dirección de Finanzas, mediante oficio 150, de fecha 14 de febrero de 2020; así como el dictamen emitido por el Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el 25 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar el Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social (PIIMSS) 2019-2024. Segundo.- Instruir a la persona Titular de la Dirección Finanzas para que realice los trámites necesarios ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a fin de obtener el dictamen y aprobación del PIIMSS 2019-2024. Tercero.- Instruir a la persona Titular de la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de publicar en el Diario Oficial de la Federación el presente Acuerdo, así como la versión definitiva del PIIMSS 2019-2024."

Lo comunico a usted para su conocimiento.

Atentamente,

Morelia, Michoacán, a 27 de febrero de 2020.- El Secretario del H. Consejo Técnico, Javier Guerrero García.- Rúbrica.

Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social 2020-2024

Instituto Mexicano del Seguro Social

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE ENTIDAD NO SECTORIZADA DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024

  1. - Índice

  2. - Índice

  3. - Fundamento normativo de elaboración del Programa

  4. - Siglas y acrónimos

  5. - Origen de los recursos para la instrumentación del Programa

  6. - Análisis del estado actual

  7. - Objetivos prioritarios

    6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Coadyuvar en el acceso universal y gratuito a los servicios de salud y medicamentos de toda la población.

    6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Garantizar la calidad y cobertura de los servicios y prestaciones institucionales, privilegiando la prevención de enfermedades y la promoción de la salud.

    6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Trabajar en el fortalecimiento de la infraestructura y los recursos humanos del IMSS, priorizando las unidades de primer y segundo nivel a través de la dignificación de las instalaciones y equipamiento; así como, la profesionalización del personal.

    6.4.- Relevancia del Objetivo prioritario 4: Garantizar el derecho a guarderías y a prestaciones sociales, deportivas, culturales y económicas; e impulsar la promoción de la salud y tutela de la salud en el trabajo.

    6.5.- Relevancia del Objetivo prioritario 5: Asegurar la sostenibilidad con un gasto eficiente y una mayor recaudación, siempre privilegiando la austeridad y la eliminación de la corrupción y la impunidad.

    6.6.- Relevancia del Objetivo prioritario 6: Garantizar que el Instituto cuente con los mecanismos para conocer las necesidades y atender las demandas de la población derechohabiente y usuaria.

  8. - Estrategias prioritarias y Acciones puntuales

  9. - Metas para el bienestar y Parámetros

  10. - Epílogo: Visión hacia el futuro

    Anexo.- Mesas Sectoriales

  11. - Fundamento normativo de elaboración del Programa

    El Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social (PIIMSS) 2020-2024 se presenta en el marco del sistema de planeación democrática del desarrollo nacional definido en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en cumplimiento al artículo 17, fracción II de la Ley de Planeación.

    En este sentido, el PIIMSS 2020-2024 será el principal instrumento de planeación estratégica donde se establece la hoja de ruta, mediante la cual el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se deberá conducir a lo largo de la presente Administración para el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley del Seguro Social (LSS) y demás normatividad aplicable a la operación del Instituto. Lo anterior, tomando en cuenta en todo momento los 12 Principios Rectores y los 3 Ejes Generales que conforman el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024.

    En apego al artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado Mexicano ha asumido diversos compromisos nacionales e internacionales en la protección de los derechos humanos, es por ello que el IMSS se suma a la importante estrategia de incorporar la perspectiva de género, promover la inclusión y la igualdad, así como prevenir la discriminación y la violencia, tanto en los servicios médicos que presta a sus derechohabientes en todas las etapas de la vida: prenatal, nacimiento, niñez, adolescencia, edad adulta y vejez; como en los trámites y servicios que proporciona.

    Asimismo, el derecho a la salud y a la seguridad social son derechos humanos fundamentales para garantizar el bienestar y la calidad de vida de las personas. El IMSS es el mayor prestador de servicios médicos en México y el organismo público encargado de garantizar la seguridad social a trabajadoras y trabajadores y a sus familias.

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4 que "toda persona tiene derecho a la protección de la salud". Por otra parte, en su artículo 123, apartado A, fracción XXIX, señala que "es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares".

    Además, la LSS establece en sus artículos 2 y 4, que el Seguro Social es el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional y que tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia, y los servicios sociales para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.

    Conforme al artículo 5 de la propia LSS, el IMSS se constituye como un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuya integración operativa es tripartita, puesto que concurren representantes de los trabajadores, de los patrones y del Gobierno Federal.

    Para el cumplimiento de sus fines, el artículo 6 de la LSS señala que el Seguro Social comprende dos regímenes de aseguramiento. Bajo el régimen obligatorio(1), el IMSS cuenta con diversos seguros de contenido social, para que las y los trabajadores y sus familiares tengan certidumbre frente a los riesgos de la vida. Asimismo, el Seguro Social tiene un régimen voluntario(2) para todas las familias en México que deseen un seguro de salud para sus integrantes, ofreciéndoles las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad.

    Con el propósito de instrumentar acciones en favor de la población no derechohabiente, en la reforma a la LSS de 1973 se faculta al IMSS, en sus artículos 214 y 215, a extender su acción a grupos de población en condiciones de pobreza y marginación extremas, derivado de lo cual, en 1979 el IMSS suscribe el convenio que da origen al entonces llamado IMSS-COPLAMAR, hoy IMSS-BIENESTAR.

    Considerando lo anterior, el PIIMSS 2020-2024 define un conjunto de objetivos prioritarios, estrategias prioritarias y acciones puntuales que se implementarán en los próximos años. Asimismo, establece las metas para el bienestar y parámetros con los cuales se medirá el logro de los objetivos planteados.

    El Instituto Mexicano del Seguro Social será la Entidad responsable de coordinar la publicación, ejecución y seguimiento del presente Programa.

  12. - Siglas y acrónimos

    AFORES: Administradoras de Fondos para el Retiro

    AVISA: Años de Vida Saludable

    CLIMSS: Cursos en Línea del IMSS

    CNDH: Comisión Nacional de los Derechos Humanos

    CONAMED: Comisión Nacional de Arbitraje Médico

    CONAPRED: Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación

    CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social

    DIT: Desarrollo Infantil Temprano

    ECNT: Enfermedades Crónicas No Transmisibles

    IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social

    IMSS-BIENESTAR: Programa IMSS-BIENESTAR

    INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía

    INFONAVIT: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

    INPI: Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas

    ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    LGBTTTI: Lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual

    LSS: Ley del Seguro Social

    OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico

    ODEIMSS: Órgano Deportivo del Instituto Mexicano del Seguro Social

    ONU: Organización de las Naciones Unidas

    PIIMSS: Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social

    PND: Plan Nacional de Desarrollo

    SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público

    SIDA: Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida

    SINAVE: Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica

    SNTSS: Sindicato Nacional de los Trabajadores del Seguro Social

    UMR: Unidad Médica Rural, primer nivel...

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