Acuerdo 55/2021 por el que se emiten los Lineamientos para el Otorgamiento de un Pago Único por Conclusión del Servicio Profesional de Carrera, para el Personal Policial de la Policía Preventiva

22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 12 de octubre de 2021

SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

COMISARIO GENERAL, LICENCIADO OMAR HAMID GARCÍA HARFUCH, Secretario de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México con fundamento en los artículos 21 párrafos noveno y décimo, 122 y 123 Apartado B, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 94 fracción III, inciso a) de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 1, 85 fracción I, inciso b), fracción III, incisos a) y c) y 92 de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; 16 fracción XVI Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 6, 25 y 28 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; 1, 3 y 26 de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal; 5, 8 fracciones I, II, III, X y XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; 1 y 26 del Reglamento de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal; así como 7, 8 fracciones IX y X, 85 y 86 del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México, y

CONSIDERANDO

Que la Seguridad Pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, la cual comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas.

Que los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del Ministerio Público, peritos y los miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes.

Que las Instituciones de Seguridad Pública deberán garantizar, al menos las prestaciones previstas como mínimas para los trabajadores al servicio del Estado, además, las entidades federativas y municipios generarán de acuerdo a sus necesidades y con cargo a sus presupuestos, una normatividad de régimen complementario de seguridad social y reconocimientos.

Que el Servicio Profesional de Carrera Policial es el sistema de carácter obligatorio y permanente conforme al cual se establecen los lineamientos que definen los procedimientos de reclutamiento, selección, ingreso, formación, certificación, permanencia, evaluación, promoción y reconocimiento; así como la separación o baja del servicio de los integrantes de las Instituciones Policiales, en igualdad de oportunidades para hombres y mujeres.

Que la conclusión del Servicio Profesional de Carrera es el acto mediante el cual el personal policial deja de pertenecer a la Institución por el término de su nombramiento o la cesación de sus efectos legales, entre otros supuestos, mediante baja por renuncia, así como por jubilación o retiro.

Que es facultad de la persona titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México ejercer el mando directo, operativo y funcional de la Policía de Proximidad, así como dictar y expedir los acuerdos, circulares, instructivos y bases conducentes al buen despacho de las funciones de la dependencia.

Que se considera viable otorgar un pago único y adicional a las prestaciones de ley, al personal operativo en activo de la Policía Preventiva que desee dar por concluido su servicio en los términos de la convocatoria que para tal efecto se emita.

Que con fecha 12 de agosto del 2021, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Acuerdo 41/2021 por el que se emiten los Lineamientos para el Otorgamiento de un Pago Único por Conclusión del Servicio Profesional de Carrera, para el Personal Policial de la Policía Preventiva de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.

Que se considera necesario simplificar el procedimiento establecido en los Lineamientos en mención, para agilizar las gestiones para el otorgamiento del pago único.

Que en virtud de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO 55/2021 POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE UN PAGO ÚNICO POR CONCLUSIÓN DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA, PARA EL PERSONAL POLICIAL DE LA POLICÍA PREVENTIVA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los Lineamientos para que el personal policial en activo de la Policía Preventiva que, cumpliendo con los requisitos para su jubilación, desee participar para el otorgamiento de un Pago Único, el cual es adicional e independiente a la pensión por jubilación que por Ley les corresponde de...

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