Acuerdo 51/2021 por el que se autoriza el Programa de Baja Voluntaria del Servicio para el personal de la Policía Auxiliar, correspondiente al Ejercicio 2021

SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

COMISARIO GENERAL, LICENCIADO OMAR HAMID GARCÍA HARFUCH, Secretario de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 21 párrafo noveno, 123 apartado B, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41 numerales 1 y 2, 42 apartado A, numerales 1 y 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 16 fracción XVI y último párrafo, 20 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 51, 53 fracción I, 55, 77, 78, 81, 85 fracción III inciso a), de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; 5, 18 inciso b de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; 5, 6, 8 fracción III, 62, 63, 65, 66 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, y

CONSIDERANDO

Que la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes en la materia.

Que los integrantes de la Policía de Proximidad rigen su actuación por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos consagrados en la Constitución y en los Tratados Internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte.

Que los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del Ministerio Público, peritos y los miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes.

Que bajo la responsabilidad de la Secretaría de Seguridad Ciudadana se encuentra la Policía de Proximidad que se divide en Policía Preventiva, Policía Auxiliar, Policía de Control de Tránsito, Policía Bancaria e Industrial, Policía Cívica, Policía Turística, Policía de la Brigada de Vigilancia Animal, Cuerpos Especiales, y las demás que determinen la normatividad aplicable.

Que uno de los Programas que ha instrumentado el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Seguridad Ciudadana para beneficio del personal que ha cumplido determinada edad y años de servicio y desean dar por terminada su relación con la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, es a través de su Baja Voluntaria, en el que los interesados en acogerse a este beneficio tienen la posibilidad de recibir una retribución extraordinaria por una sola ocasión, además de la pensión por jubilación que por Ley les corresponde.

Que es facultad de la persona titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México ejercer el mando directo de la Policía, así como expedir los acuerdos, circulares, lineamientos y bases conducentes al buen desempeño de las funciones de la Secretaría.

Que en virtud de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO 51/2021 POR EL QUE SE AUTORIZA EL PROGRAMA DE BAJA VOLUNTARIA DEL SERVICIO PARA EL PERSONAL DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2021.

ÚNICO. Se autoriza el Programa de Baja Voluntaria del Servicio para el Personal Operativo y Administrativo de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, correspondiente al Ejercicio 2021, conforme a lo siguiente:

1. OBJETO

Apoyar la separación voluntaria de personal Operativo y Administrativo en activo, que quiera dar por concluidos definitivamente sus servicios, causando baja voluntaria a partir del 30 de noviembre de 2021, reconociendo el servicio y la antigüedad de aquel personal que opte por retirarse, a...

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