Acuerdo 30.1370.2020 por el que se aprueba el Programa Especial para Reactivar la Economía ante el COVID-19 (PEREC 19).

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EmisorInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Prosecretaría de la Junta Directiva.- Oficio No. PJD/218/2020.

Asunto: Acuerdo 30.1370.2020 para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Mtro. Luis Antonio Ramírez Pineda

Director General del Instituto de Seguridad y

Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Presente

En sesión ordinaria número 1370 celebrada por la Junta Directiva el día 7 de mayo de 2020, al tratarse lo relativo a la aprobación del Programa Especial para Reactivar la Economía ante el COVID-19 (PEREC 19), se tomó el siguiente:

ACUERDO 30.1370.2020.- "La Junta Directiva, con fundamento en los artículos 214, fracción XVI, inciso a), de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y 40, fracción XVII, inciso a), de su Estatuto Orgánico, así como en el acuerdo 6826.911.2020 de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda del ISSSTE (FOVISSSTE), por unanimidad, aprueba la aplicación del "PROGRAMA ESPECIAL PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA ANTE EL COVID-19 (PEREC 19)", conforme a lo siguiente:

REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE la aplicación del "PROGRAMA ESPECIAL PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA ANTE EL COVID-19 (PEREC 19)".

  1. Los derechohabientes interesados en recibir el crédito FOVISSSTE bajo la modalidad denominada del "PROGRAMA ESPECIAL PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA ANTE EL COVID-19 (PEREC 19)", deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley del ISSSTE y en las Reglas para el Otorgamiento de Créditos del FOVISSSTE vigentes.

    Los derechohabientes podrán realizar su solicitud de mancomunación del crédito cumpliendo con los requisitos establecidos en la Reglas para el Otorgamiento de Créditos del FOVISSSTE vigentes.

  2. EXPEDIENTE DE CRÉDITO. Los documentos mínimos que se deben incluir en el expediente de crédito por parte del derechohabiente serán los establecidos en las Reglas para el Otorgamiento de Créditos del FOVISSSTE vigentes.

    POLÍTICAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE CRÉDITO "PROGRAMA ESPECIAL PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA ANTE EL COVID-19 (PEREC 19)"

  3. AUTORIZACIÓN DEL CRÉDITO. Serán créditos asignados por Procedimiento no Aleatorio, una vez que sean dictaminados por el Grupo de Trabajo de Atención a Acreditados, podrán ser dados de alta en los sistemas informáticos para la originación de Crédito, debiendo informar de ello a la Comisión...

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