Actos o actividades gravados

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas185-185

Page 185

No obstante que la LIVA grava ciertos actos o actividades realizados por las personas físicas y morales en territorio nacional, el apartado de la Ley del Impuesto al Valor Agregado lo hemos dividido en dos capítulos: en el primero abarcamos las disposiciones que deben observar las instituciones educativas que pagan sus impuestos conforme al Título II de la LISR, mientras que en el segundo se analizan las disposiciones que deben acatar las instituciones educativas comprendidas en el Título III de la citada Ley. Ello, con el objeto de que tales instituciones, dependiendo del Título de la LISR en el que se ubiquen, se remitan a las disposiciones que les sean aplicables.

1. Actos o actividades gravados

Las instituciones educativas se encuentran obligadas al pago del IVA, cuando realicen en territorio nacional, los actos o actividades siguientes:

1. Enajenen bienes.

2. Presten servicios independientes.

3. Otorguen el uso o goce temporal de...

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