Acta de transferencia del servicio público de tránsito del municipio de Coatepec Harinas, Estado de México.

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
COATEPEC HARINAS, MÉXICO
“2021. Año de la Consumación de la Independencia y la Grandeza de México”.
ACTA DE TRANSFERENCIA DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRÁNSITO DEL MUNICIPIO DE COATEPEC DE
HARINAS, ESTADO DE MÉXICO
En la Ciudad de Toluca, capital del Estado de México, siendo las doce horas del día veintiséis de marzo de dos
mil veintiuno, estando reunidos en las oficinas de la Secretaría de Seguridad del Estado de México, ubicadas en
Boulevard Miguel Alemán Valdez, número 175, San Pedro Totoltepec, Toluca de Lerdo, Estado de México, código
postal 50226, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 párrafo noveno, 115 fracción III, inciso h) de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 34, 78, 86 Bis, 112 y 113 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de México, 8.3, 8.19, 8.19 Bis y 8.19 Ter del Código Administrativo del Estado de México, 3,
15, 19 fracción II y 21 Bis fracciones II, VIII, XXVI y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
de México, 1, 2, 5, 30, 31 fracción II, 48 fracciones II, IV, XII y XXIII, 125 fracción VIII y 126 primer párrafo de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de México, 1, 2, 3, 4, 6, 7, 11, 13, 14 fracciones XIII, XVIII y LII y 32 fracciones VI y X
del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y en relación a los Acuerdos de la Onceava Sesión
Extraordinaria de Cabildo, celebrada en fecha 09 de octubre del 2020, por el H. Ayuntamiento Constitucional de
Coatepec Harinas, Estado de México, 2019-2021, así como al oficio PMCH/SM/238/2020, de fecha 14 de octubre del
2020, a través del cual el Presidente Municipal Constitucional de Coatepec Harinas, Estado de México, solicita la
Transferencia del Servicio Público de Tránsito, del Ejecutivo del Estado de México a ese Municipio. Previo al estudio y
análisis técnico jurídico realizado, se determina que es procedente transferir dicho servicio, por contar con los
recursos necesarios para su prestación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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En acatamiento a lo anterior, el Licenciado Alfredo del Mazo Maza, en su carácter de Gobernador Constitucional del
Estado Libre y Soberano de México, por conducto de la Secretaría de Seguridad, con base en la carpeta técnica
integrada por las documentales con las que se acredita que el Municipio cuenta con un espacio designado para la
operación y resguardo de los equipos electrónicos destinados a registrar y emitir las infracciones a las violaciones al
Reglamento de Tránsito del Estado de México, el cual es suficiente y se encuentra habilitado para albergar y
resguardar los equipos electrónicos, además, el equipo móvil para levantar la infracción, coinciden con las
descripciones presentadas en la carpeta que entregó por parte del Municipio. Asimismo, la prueba conceptual del
sistema en el que se realizaron las pruebas técnicas de funcionamiento de los equipos, y la revista de personal, la
revisión cromática en patrullas y uniformes. Visto lo anterior, se determina la procedencia para elaborar la
“Transferencia del Servicio Público de Tránsito” a favor del H. Ayuntamiento de Coatepec Harinas, Estado de México.
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Por lo anterior, se adjunta a la presente Acta., la Carpeta Técnica señalada como “Anexo Uno”, la cual contiene el
Programa de Transferencia y constancias, que integran los recursos necesarios para la prestación del Servicio
Público de Tránsito por parte del Municipio de Coatepec Harinas, Estado de México, con lo cual la Secretaría de
Seguridad transfiere el Servicio Público de Tránsito al Ayuntamiento de Coatepec Harinas, Estado de México; acto
seguido el C. Saúl Rubí Muñoz, en su carácter de Presidente Municipal Constitucional de Coatepec Harinas, Estado
de México, hace constar que recibe la Transferencia del Servicio Público de Tránsito, en virtud, de contar con los
recursos necesarios para cargo del servicio, por lo que está conforme en recibir dicha transferencia. - - - - - - - - - - - - -
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En este contexto, se precisa que la Transferencia de las Funciones del Servicio de Tránsito otorgada al Municipio de
Coatepec Harinas, Estado de México, deberá apegarse a las disposiciones jurídicas establecidas en la Constitución
Política de los Estado Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el Código

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