Cálculo del pago definitivo mensual de IVA

AutorJosé Pérez Chávez - Eladio Campero Guerrero - Raymundo Fol Olguín
Páginas185-187

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Los contribuyentes que perciban ingresos por actividades empresariales por los que se deba pagar el IVA, determinarán el pago de este impuesto, con base en el procedimiento siguiente:

IVA causado en el mes de que se trate (excepto importación de bienes tangibles)

(-) IVA retenido del mes (en su caso)

(-) IVA acreditable del mes de que se trate

(=) Pago mensual de IVA (cuando el resultado sea positivo)

(Art. 5o.-D, LIVA)

A Fecha de presentación

Los contribuyentes presentarán sus declaraciones de pagos mensuales de IVA mediante declaración ante las oficinas autorizadas, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago. (Art. 5o. -D, LIVA)

B Caso práctico

PLANTEAMIENTO

Una persona física con actividades empresariales en el régimen intermedio de la Ley del ISR, desea determinar el monto del pago de IVA que deberá liquidar en abril de 2010.

DATOS

∎ Valor de los actos o actividades gravados del mes a la tasa del 16% $213,650

∎ IVA trasladado cobrado en el mes sobre ingresos gravados al 1 6% ($213,650 x 16%) $34,184

∎ IVA trasladado por la adquisición de bienes, adquisición de servicios o por el uso o goce temporal de bienes, que se utilicen exclusivamente para realizar las actividades gravadas $16,600

∎ IVA pagado por la importación de bienes, importación de servicios o por el uso o goce temporal de bienes, que se utilicen exclusivamente para realizar actividades gravadas $0

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∎ IVA trasladado correspondiente a una inversión que se destina en forma exclusiva a realizar actividades gravadas $9,000

∎ IVA acreditable correspondiente a bienes, servicios o por el uso o goce temporal de bienes que se utilicen indistintamente para la realización de actividades gravadas y exentas $2,320

∎ IVA retenido al contribuyente $0

DESARROLLO

1o. Determinación del IVA acreditable de abril de 2010.

IVA trasladado por la adquisición de bienes, adquisición de servicios o por el uso o goce temporal de bienes, que se utilicen exclusivamente para realizar las actividades gravadas $16,600

(+) IVA pagado por la importación de bienes, importación de servicios o por el uso o goce temporal de bienes, que se utilicen exclusivamente para realizar actividades gravadas 0

(+) IVA trasladado correspondiente a una inversión que se destina en forma exclusiva a realizar actividades gravadas 9,000

(+) IVA acreditable correspondiente a bienes, servicios o...

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