L

AutorMtro. Julio César Torres Velasco
Páginas148-150
148
L
Término Denición Fundamento Legal o
Normativo
Comentarios Precedentes
Jubilado
La función de nanzas
y planeación
por el ingreso obtenido estará a lo dispuesto
en el artículo 142, fracción XVIII de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta.
Artículo 34. Reglamento de la Ley del Impuesto
Sobre la Renta.- Las aportaciones efectuadas
para la creación o incremento de reservas para
fondos de pensiones o jubilaciones que podrán
deducirse en términos del artículo 25, fracción
X de la Ley, serán aquéllas que se otorguen en
forma de rentas vitalicias adicionales a las del
Instituto Mexicano del Seguro Social, pudiéndose
pactar rentas garantizadas siempre que no
se otorguen anticipos sobre la pensión ni se
entreguen al trabajador las reservas constituidas
por la empresa. Sin embargo, cuando los
trabajadores maniesten expresamente su
conformidad, la renta vitalicia podrá convertirse
en cualquier forma opcional de pago establecida
en el plan, siempre que no exceda del valor
actuarial de la misma.
Jubilado, da. (1)
“Del part. de jubilar
1. adj. Dicho de una persona: Que ha sido
jubilada.
2. m. y f. Persona que, cumplido el ciclo laboral
establecido para ello, deja de trabajar por su
edad y percibe una pensión.
En términos generales es la persona física que
disfruta de una prestación en dinero otorgada
por las instituciones de seguridad social u otras
entidades públicas o privadas, al cumplir con los
requisitos que ja la ley, sus reglamentos o los
contratos de trabajo para el término de su vida
laboral.
La Planeación y la Administración Financiera se
ha vuelto un tema crucial para las sociedades
que buscan lograr un crecimiento sostenido y
ser más competitivas a través de la inclusión de
mejores prácticas en su operación diaria. Por
ello, es funcional que la planeación contemple
una visión estratégica que ejerza liderazgo en el
aspecto personal y empresarial.
Una de las prácticas más importantes de un
buen Gobierno Corporativo es que la sociedad
cuente con un sistema o mecanismo que
asegure la revisión periódica de dicho rumbo
estratégico ya que nadie querrá compartir el
destino de una organización que no evaluó el
camino que recorrió.
Diccionario de la Real Academia de la
Lengua Española.
No disponible.
En términos generales es la persona física
que disfruta de una prestación en dinero
otorgada por las instituciones de seguridad
social u otras entidades públicas o privadas,
al cumplir con los requisitos que ja la ley,
sus reglamentos o los contratos de trabajo
para el término de su vida laboral.
Diversos autores consideran que es una
prestación económica que recibe un
trabajador por parte de su patrón al cumplir
con ciertos requisitos. Estos requisitos son
casi siempre determinados por su patrón o
en su defecto, por el contrato colectivo de
trabajo del sindicato al que pertenece.
No disponible.
No aplica.
No aplica.
Nomenclaturas.indd 148 03/01/18 12:33

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR