Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 24 de Mayo de 2017 (2A)

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: M. C. Matías Quiroz Medina
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Dirección General de la Industria Penitenciaria del
Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 24 de mayo de 2017
6a. época
5497
SEGUNDA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE
MORELOS
Acuerdo Plenario de Inejecución de Sentencia,
dictado en el Juicio para la protección de los
derechos político- electorales del ciudadano, en el
expediente: TEE/JDC/026/2014-1 y
ACUMULADOS TEE/JDC/029/2014-1,
TEE/JDC/030/2014-1, promovido por Gregorio
Manzanares López, Fidel Salvador Almanza Ayala y
Humberto Prudencio Ríos Flores.
………………………………Pág. 2
Acuerdo Plenario dictado en el Juicio para la
protección de los derechos político electorales del
ciudadano, en el expediente: TEE/JDC/032/2016-1
y su Acumulado TEE/JDC/044/2016-1, promovido
por Janeth Alatoma Jiménez y Zacarías Araujo
Arias.
………………………………Pág. 19
Acuerdo Plenario de cumplimiento de Sentencia,
dictado en el Juicio para la protección de los
derechos político electorales del ciudadano, en el
expediente: TEE/JDC/054/2014-3, promovido por
María Estela Rendón Acevedo.
………………………………Pág. 23
Acuerdo Plenario de incumplimiento de sentencia,
dictado en el Juicio para la protección de los
derechos político electorales del ciudadano, en el
expediente: TEE/JDC/64/2016-2 y acumulados
TEE/JDC/65/2016-2, TEE/JDC/66/2016-2 y
TEE/JDC/67/2016-2, promovido por Priscila
Maricruz Mercado Vergara, Pablo López Vázquez,
Karelia Cid Vázquez y Ma. de Lourdes Castañeda
Marín.
………………………………Pág. 32
Acuerdo Plenario de Incumplimiento de Sentencia,
dictado en el Juicio para la protección de los
derechos político electorales del ciudadano, en el
expediente: TEE/JDC/071/2016-3 y su acumulado
TEE/JDC/072/2016-3, promovido por Godolia
Noemí Mitzi Castillo, Alicia Aragón Vergara, Eduardo
Aragón Pérez, Snedecor Velázquez Ramírez, Silvia
Modesta Rosales Ríos, Odilón Cirenio Mitzi
Rosales, Yazmin Ríos Rosales, Dionicio Barrera
García, Gaudencio Marcelino Calzado Rivera y
Donato Guadalupe Castillo Dorantes.
………………………………Pág. 39
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUAUTLA
Aviso del Inicio del Proceso de Planeación, relativo
al Programa Municipal de Desarrollo Urbano
Sustentable de Cuautla.
………………………………Pág. 48
Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación a la C. Guadalupe Pacheco Abúndez.
………………………………Pág. 49
Página 2 SEGUNDA SECCIÓN 24 de mayo de 2017
Acuerdo por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada a favor del C. José
Luís García González.
………………………………Pág. 50
Acuerdo por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada a favor del C. Paulino
Alvarado Mendoza.
………………………………Pág. 52
Acuerdo por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada a favor del C.
Victorino Lima Sánchez.
………………………………Pág. 53
Acuerdo por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada al C. Pablo
Casarrubias Silva.
………………………………Pág. 54
Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación al C. Eustacio Álvarez Anzurez.
………………………………Pág. 55
Acuerdo por el que se concede pensión por Viudez
a la C. Cleotilde Martínez Martínez.
………………………………Pág. 56
Acuerdo por el que se concede pensión por Viudez
a la C. Adela Cedillo Maldonado, cónyuge
supérstite del finado C. Gaspar Sosa Alvarado.
………………………………Pág. 58
Acuerdo por el que se concede pensión por
Cesantía en Edad Avanzada a favor del C. José
Jesús García Galicia.
………………………………Pág. 59
Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación al C. Federico Uriostegui Uriostegui.
………………………………Pág. 60
Acuerdo por el que se concede pensión por
Jubilación a la C. María del Carmen Garza Lanto.
………………………………Pág. 61
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUERNAVACA
Acuerdo SO/AC-249/27-IV-2017.- Por el que se
modifican los artículos 2, 8; adiciona el inciso g) y
el artículo 14 Bis al Capítulo V; así como, los
incisos n), ñ) y o) y los artículos 27 Bis, 27 Ter y 27
Quáter del Capítulo VI; todos del Reglamento
Interior de la Secretaría de Turismo y Desarrollo
Económico del Ayuntamiento de Cuernavaca,
Morelos.
………………………………Pág. 63
Acuerdo SO/AC-250/27-IV-2017.- Que deroga las
fracciones IV, IX, X y XI del artículo 2; el apartado
1.- y los incisos a), b) y c) del artículo 8; el inciso a)
del Capítulo V; el artículo 9; los incisos a), b) y c)
del Capítulo VI; así como, los artículos 14, 15 y 16,
todos del Reglamento Interior de la Secretaría del
Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos.
………………………………Pág. 78
Acuerdo SO/AC-252/27-IV-2017.- Por el que se
aprueba el Presupuesto de Egresos del
Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, para el
ejercicio fiscal del año 2017.
………………………………Pág. 87
Al margen derecho un Escudó Nacional que
dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno del
Estado Libre y Soberano de Morelos.- Tribunal
Electoral del Estado de Morelos.
ACUERDO PLENARIO DE INEJECUCIÓN
DE SENTENCIA
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS
DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES
DEL CIUDADANO
EXPEDIENTE: TEE/JDC/026/2014-1 Y
ACUMULADOS TEE/JDC/029/2014-1,
TEE/JDC/030/2014-1.
ACTORES: GREGORIO MANZANARES LÓPEZ,
FIDEL SALVADOR ALMANZA AYALA Y HUMBERTO
PRUDENCIO RÍOS FLORES.
AUTORIDADES RESPONSABLES:
AYUNTAMIENTO DE TLAQUILTENANGO, MORELOS
Y OTROS.
MAGISTRADO PONENTE:
CARLOS ALBERTO PUIG HERNÁNDEZ.
Cuernavaca, Morelos, a los veintiséis días del
mes de abril del año dos mil diecisiete.
VISTOS los autos del expediente al rubro
citado, para acordar sobre la inejecución del acuerdo
plenario de fecha veinticuatro de marzo del año dos
mil diecisiete, por parte de los ciudadanos Enrique
Alonso Plascencia, Yasmín Velázquez Flores, Eder
Alan Campos Domínguez, Ignacio Flores Francisco,
Pedro Aragón Michaca, Armando Manuel Pérez
Pineda y Jesús Leyva Hernández, en sus calidades de
Presidente Municipal y Síndica, los dos primeros
respectivamente, y Regidores los restantes, todos del
Ayuntamiento Municipal de Tlaquiltenango, Morelos,
en términos de los siguientes:
RESULTANDOS
I. Antecedentes. De las constancias que obran
en autos, se advierten los siguientes:
a) Presentación del juicio para la protección de
los derechos político electorales del ciudadano. El
diecisiete y veintiséis de julio de dos mil catorce, los
ciudadanos Humberto Prudencio Ríos Flores y Fidel
Salvador Almanza Ayala, en sus caracteres de Síndico
y Regidor Municipal del H. Ayuntamiento de
Tlaquiltenango, Morelos, respectivamente, en el
período 2009-2012 presentaron de manera individual,
juicio para la protección de los derechos político
electorales del ciudadano, señalando diversos actos u
omisiones en contra de las autoridades responsables
que precisaron en sus ocursos iniciales.
b) Primera Sentencia. El día veintiséis de
septiembre de dos mil catorce, el Pleno de este
Órgano Jurisdiccional dictó sentencia en el presente
caso, cuyos puntos resolutivos son los siguientes:
―PRIMERO.- Resultan FUNDADOS,
exclusivamente los agravios hechos valer por el
ciudadano Gregorio Manzanares López, mediante el
juicio para la protección de los derechos político
electorales del ciudadano, en términos de lo expuesto
en el considerando sexto de la presente resolución.
SEGUNDO.- Se ordena al Presidente Municipal
del Ayuntamiento de Tlaquiltenango, Morelos, actuar
en términos de la parte in fine del considerando sexto
de esta sentencia.
24 de mayo de 2017 SEGUNDA SECCIÓN Página 3
TERCERO.- Se SOBRESEEN los juicios para la
protección de los derechos político electorales del
ciudadano, promovidos por Humberto Prudencio Ríos
Flores y Fidel Salvador Almanza Ayala en sus
caracteres de ex -Síndico y ex -Regidor del
Ayuntamiento de Tlaquiltenango, Morelos, para el
periodo de 2009-2012, en términos del considerando
segundo de la presente resolución.‖
c) Segunda Sentencia. En cumplimiento a la
ejecutoria de fecha quince de octubre del año dos mil
catorce, dictada por la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, el día
veintidós de diciembre del dos mil catorce, el Pleno de
este Órgano Jurisdiccional nuevamente dictó
sentencia, cuyos puntos resolutivos son los siguientes:
―PRIMERO.- Resultan FUNDADOS, los
agravios hechos valer por los ciudadanos Humberto
Prudencio Ríos Flores y Fidel Salvador Almanza
Ayala, mediante el juicio para la protección de los
derechos político electorales del ciudadano, en
términos de lo expuesto en el considerando sexto de
la presente resolución.
SEGUNDO.- Se ordena al Presidente Municipal
del Ayuntamiento de Tlaquiltenango, Morelos, actuar
en términos de la parte in fine del considerando sexto
de esta sentencia.
TERCERO.- En cumplimiento a la sentencia de
fecha quince de octubre del año en curso, dictada por
la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, en los expedientes SUP-
JDC-2594/2014 y su acumulado SUP-JDC-2595/2014,
notifíquese por oficio con copia certificada de la
presente resolución.‖
d) Sentencia del juicio ciudadano federal.- Con
fecha veinticinco de noviembre del año dos mil quince,
la Sala Regional de la Cuarta Circunscripción
Plurinominal del Tribunal Electoral de Poder Judicial
de la Federación, con sede en la Ciudad de México,
resolvió los juicios para la protección de los derechos
político electorales del ciudadano promovido por los
actores, identificándolos con los números de
expedientes SDF-JDC-762/2015, SDF-JDC-763/2015
y SDF-JDC-764/2015, cuyos puntos resolutivos son al
tenor siguiente:
―PRIMERO. Se acumulan los expedientes SDF-
JDC-763/2015 y SDF-JDC-764/2015 al diverso SDF-
JDC-762/2015, en consecuencia, se debe glosar copia
certificada de esta ejecutoria a los expedientes
acumulados.
SEGUNDO. Se declaran fundados los juicios
ciudadanos promovidos por los actores en lo que fue
materia de impugnación.
TERCERO. El Tribunal Electoral del Estado de
Morelos, deberá dar cumplimiento puntual al
considerando QUINTO de esta sentencia.‖
e) Resolución incidental. El dieciséis de marzo
del año en curso, el Pleno de este Tribunal Electoral
del Estado de Morelos resolvió el incidente de
liquidación, en el cual se determinó la cantidad liquida
que deberá ser pagada por la autoridad responsable,
ordenándose al propio tiempo al Congreso del Estado
de Morelos asignara presupuesto suficiente al
Ayuntamiento de Tlaquiltenango, Morelos, a fin de
estar en posibilidades de cumplir con la sentencia
emitida por este órgano colegiado electoral, al tenor de
los siguientes:
―ÚNICO.-Se aprueba la liquidación de las
cantidades adeudadas a los ciudadanos Humberto
Prudencio os Flores, Fidel Salvador Almanza Ayala
y Gregorio Manzanares López, por conceptos de
dietas, despensas, compensación quincenal y bono
anual, por parte del Ayuntamiento de Tlaquiltenango,
Morelos, en base a las operaciones aritméticas
contenidas en la parte in fine de la presente resolución
incidental, las cuales en esencia coinciden con las
contenidas en los escritos por los demandantes
incidentistas presentados ante autoridad jurisdiccional
el día ocho de marzo, en virtud de las consideraciones
hechas valer en el cuerpo de la presente resolución
incidental.‖
f) Acuerdo Plenario. El treinta de noviembre del
año dos mil dieciséis, el Tribunal Electoral del Estado
de Morelos, acordó tener a la autoridad municipal
responsable, en vías de cumplimiento de las
sentencias dictadas, en razón de su programa de
pagos parciales, quedando los puntos de Acuerdo de
la siguiente forma: ―…ACUERDA
PRIMERO.- Se considera como un principio de
ejecución de sentencia, la acción realizada por los
integrantes del H. Cabildo del Ayuntamiento de
Tlaquiltenango, Morelos, y al respecto se aprueba el
programa de cumplimiento de pago.
SEGUNDO.- Se ordena a la autoridad
responsable, continúe poniendo a disposición de este
Tribunal Electoral los cheques correspondientes, en
términos de las consideraciones expuestas en el
cuerpo del presente acuerdo.
TERCERO.- Se apercibe a los miembros del
Cabildo del Ayuntamiento de Tlaquiltenango, Morelos,
que en caso de, no dar cumplimiento en los términos
establecidos en este acuerdo, serán acreedores a
UNA MULTA, providencia que deberá cubrirse por los
servidores públicos, de su propio peculio y no del
erario público.
CUARTO.- Se pone a disposición de los actores
Gregorio Manzanares López, Fidel Salvador Almanza
Ayala y Humberto Prudencio os Flores, los cheques
referidos en el presente acuerdo, previa diligencia de
entrega ante la Ponencia Instructora…‖.
II. Sentencia de Sala Regional
1
. Derivado del
Acuerdo Plenario referido, se presentó juicio
ciudadano por los actores en la causa, radicado bajo
la clave SDF-JDC-2250/2016 y acumulados,
resolviendo la Sala Regional del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la
Cuarta Circunscripción Plurinominal con sede en la
Ciudad de México, con fecha treinta y uno de enero de
dos mil diecisiete, modificar el Acuerdo antes
mencionado y ordenó realizar las siguientes acciones:
―…OCTAVO. Efectos.
En razón de lo fundado de los agravios
analizados contenidos en los incisos a) y c) del
Apartado A de la síntesis respectiva, lo procedente es
ordenar al Tribunal local:
1
Actuación procesal que obra en copia certificada a fojas 3,027 a
3,078 dentro del Tomo IV, del sumario en que se actúa.

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