Sentencia nº SX-JRC-178-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa, 21 de Agosto de 2015

PonenteOCTAVIO RAMOS RAMOS.
Fecha de Resolución21 de Agosto de 2015
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa
EntidadYUCATÁN
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral

SX-JRC-0178-2015

-->

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL Y JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTES: SX-JRC-178/2015 Y ACUMULADOS. ACTORES: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y OTROS. AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE YUCATÁN. TERCEROS INTERESADOS. RUBÍ GUADALUPE MENDOZA PACHECO Y OTRAS. MAGISTRADO PONENTE: OCTAVIO RAMOS RAMOS. SECRETARIO: C.F.C..

Xalapa-Enríquez, V. de I. de la Llave, a veintiuno de agosto de dos mil quince.

Sentencia de esta S. Regional que revoca la resolución de veinticuatro de julio del año en curso, emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán, dentro del expediente

RIN-52/2015 y acumulados, para el efecto de que subsista

el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de la misma entidad, respecto a la asignación de R. por el principio de representación proporcional de los Municipios de Tizimín,

K., Tixkokob y Tecoh, todos de la referida entidad federativa, así como sus constancias respectivas.

El juicio de revisión constitucional electoral fue promovido por el Partido Revolucionario Institucional, a través de G.D.A.O., quien se ostenta como representante propietario de dicho instituto político ante el citado Consejo General del Instituto Electoral local;

por su parte, los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano fueron promovidos por M.P.M.L., M.F.E.G., C.A.M.T. y J.F.E.C., a fin de impugnar la resolución en comento.

RESULTANDO

I.A..

De lo narrado en los escritos de demanda y de las constancias que obran en autos se advierte lo siguiente:

  1. Inicio del proceso electoral. El diez de octubre de dos mil catorce, dio inicio el proceso electoral ordinario 2014-2015 en el Estado de Yucatán, para elegir a los integrantes del Congreso del Estado y de los Ayuntamientos de dicha entidad federativa.

  2. Jornada electoral. El siete de junio de dos mil quince, se llevó a cabo la jornada comicial para elegir a los integrantes del Congreso del Estado y de los Ayuntamientos en el Estado de Yucatán.

  3. Sesión de cómputo municipal. El diez de junio del año en curso, los Consejos Municipales del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Yucatán, realizaron las sesiones de cómputo municipales de la elección de cada uno de los Ayuntamientos de la entidad federativa en comento.

  4. Sesión de asignación de R.. El diecinueve de junio de la presente anualidad, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Yucatán, realizó la asignación de R. por el principio de representación proporcional de los Ayuntamientos de los ciento seis

    (106) Municipios del aludido Estado, entre los que se destacan los relativos a los Ayuntamientos de Tizimín, K., Tixkokob y Tecoh.

    o Tizimín.

    PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACIÓN
    CON NÚMERO CON LETRA PORCENTAJE REGIDORES
    13,268 TRECE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO 37.56% 3
    18,786 DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS 53.18% 1
    388 TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO 1.10% -
    328 TRESCIENTOS VEINTIOCHO 2.80% -
    989 NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE 2.80% -
    285 DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO 0.81 -
    496 CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS 1.40% -
    0 CERO 0% -
    0 CERO 0% -
    CANDIDATOS NO REGISTRADOS 20 VEINTE 0.06% -
    VOTOS NULOS 767 SETECIENTOS SESENTA Y SIETE 2.17% -
    VOTACIÓN TOTAL 35,327 TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE 100% -

    La citada asignación quedó como a continuación se describe:

    No. PARTIDO PROPIETARIO SUPLENTE
    1. Partido Acción Nacional José Dolores Kuyoc Xuluc Juan Álvaro Hernán Tzuc Dzib
    2. Partido Acción Nacional William Ariel Ruz Loeza Luciano Antonio Meléndez Alcalá
    3. Partido Acción Nacional Mariel Gutiérrez Palma Olivia Sánchez Díaz
    4. Partido Revolucionario Institucional C.A.M.T. Wendy Leticia Caamal Poot

    o K..

    PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACIÓN
    CON NÚMERO CON LETRA PORCENTAJE REGIDORES
    10,030 DIEZ MIL TREINTA 32.80% 3
    15,470 QUINCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA 50.59% 1
    1,458 MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 4.77% -
    625 SEISCIENTOS VEINTICINCO 2.04% -
    157 CIENTO CINCUENTA Y SIETE 0.51% -
    482 CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS 1.58% -
    264 DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO 0.86% -
    860 OCHOCIENTOS SESENTA 2.81% -
    0 CERO 0% -
    0 CERO 0% -
    CANDIDATOS NO REGISTRADOS 19 DIECINUEVE 0.06% -
    VOTOS NULOS 1,215 MIL DOSCIENTOS QUINCE 3.97% -
    VOTACIÓN TOTAL 30,580 TREINTA MIL QUINIENTOS OCHENTA 100% -

    La citada asignación quedó como a continuación se describe:

    No. PARTIDO PROPIETARIO SUPLENTE
    1. Partido Acción Nacional Crescencio Baas Chan Marcelino Baas Canche
    2. Partido Acción Nacional José de los Ángeles Solache Tun Julián Tziu Mena
    3. Partido Acción Nacional Ana Bertha Escamilla Pech María Esmeralda Cruz Ake
    4. Partido Revolucionario Institucional M.F.E.G. Nancy Patricia Baas Canul

    o Tixkokob.

    PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACIÓN
    CON NÚMERO CON LETRA PORCENTAJE REGIDORES
    3,896 TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS 36.69% 3
    5,214 CINCO MIL DOSCIENTOS CATORCE 49.11% 1
    65 SESENTA Y CINCO 0.61% -
    450 CUATROCIENTOS CINCUENTA 4.24% -
    39 TREINTA Y NUEVE 0.37% -
    134 CIENTO TREINTA Y CUATRO 1.26% -
    191 CIENTO NOVENTA Y UNO 1.80% -
    438 CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO 4.13% -
    0 CERO 0% -
    CANDIDATOS NO REGISTRADOS 0 CERO 0% -
    VOTOS NULOS 191 CIENTO NOVENTA Y UNO 1.80% -
    VOTACIÓN TOTAL 10,618 DIEZ MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO 100% -

    La citada asignación quedó como a continuación se describe:

    No. PARTIDO PROPIETARIO SUPLENTE
    1. Partido Acción Nacional José Renan Cocer Quijano José Alejandro Gómez Pech
    2. Partido Acción Nacional E.I.P. y Pasos Karla Patricia Chuc Dzul
    3. Partido Acción Nacional Efrén Gautier Eb Concha Didier Martín Méndez Malaver
    4. Partido Revolucionario Institucional J.F.E.C. Juan Ángel Pasos Mex

    o Tecoh.

    PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACIÓN
    CON NÚMERO CON LETRA PORCENTAJE REGIDORES
    3,746 TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS 38.10% 3
    5,262 CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS 53.52% 1
    95 NOVENTA Y CINCO 0.97% -
    487 CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE 4.95% -
    39 TREINTA Y NUEVE 0.40% -
    18 DIECIOCHO 0.18% -
    0 CERO 0% -
    0 CERO 0% -
    CANDIDATOS NO REGISTRADOS 0 CERO 0% -
    VOTOS NULOS 185 CIENTO OCHENTA Y CINCO 1.88% -
    VOTACIÓN TOTAL 9,832 NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS 100% -

    La citada asignación quedó como a continuación se describe:

    No. PARTIDO PROPIETARIO SUPLENTE
    1. Partido Acción Nacional Sonia Beatriz Ortiz Sosa Margarita Pacheco Chan
    2. Partido Acción Nacional Lucía Beatriz Pech Nabte Thalía Oyuki Pat Azcareta
    3. Partido Acción Nacional Juan Pablo Frías Torres José Ancelmo Ku Canul
    4. Partido Revolucionario Institucional M.P.M.L. Ángela María Chan Ucan
  5. Recurso de inconformidad identificado con la clave RIN.-52/2015. El veintidós de junio del año que transcurre, el Partido Acción Nacional, por conducto de su representante propietario presentó recurso de inconformidad ante el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, en contra del Acuerdo de asignación de R. por el principio de representación proporcional en el Municipio de Tizimín.

  6. Juicios para protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

    f.1. El veintitrés de junio de dos mil quince, las ciudadanas L.A.M.P., B.d.R.C.R., Rubí

    Guadalupe Mendoza Pacheco, M.R.C.C., y el ciudadano J.E.P.C., ostentándose como candidatos a R. por el principio de representación proporcional de las planillas postuladas por el Partido Acción Nacional en los Municipios de Tizimín, K., Tixkokob, Tecoh y Telchac Puerto, todos del Estado de Yucatán, promovieron, respectivamente, vía per saltum o salto de instancia, ante esta S. Regional, sendos juicios ciudadanos en contra de la asignación de R. por el citado principio realizada por el aludido Consejo General.

    f.2. Reencauzamiento. El uno de julio de la presente anualidad, este órgano jurisdiccional acordó reencauzar los medios de impugnación para que fuera el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán quien conociera y los resolviera.

  7. Resolución impugnada. El veinticuatro de julio siguiente, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán emitió la sentencia dentro del recurso de inconformidad RIN-52/2015 y acumulados, en la que, entre otras cosas, resolvió modificar el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, respecto de la asignación de R. en los Municipios de Tizimín, K., Tixkokob y Tecoh.

    1. Juicio de revisión constitucional electoral y juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

  8. Presentación. El veintinueve de julio de dos mil quince, el Partido Revolucionario Institucional a través de G.D.A.O., quien se ostenta como su representante propietario, promovió juicio de revisión constitucional electoral, a fin de controvertir la resolución emitida el pasado veinticuatro de julio, por el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán, en los autos del expediente RIN-52/2015 y acumulados.

    En la misma fecha las ciudadanas M.P.M.L.,

    M.F.E.G. y C.A.M.T., así como el ciudadano J.F.E.C., presentaron sendas demandas de juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, contra la citada resolución del Tribunal Electoral local.

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR