Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 1-23-66 hectárea de temporal de uso común y de riego de uso parcelado, de terrenos del ejido Santa Ana Hueytlalpan, Municipio de Tulancingo de Bravo, Hgo.

EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo, de la propia Constitución; 13, 36 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 93, fracción VII, y 94 de la Ley Agraria, y

RESULTANDO

PRIMERO.- Que por oficio número 102.301.-A 03655 de fecha 5 de abril de 2001, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria, hoy Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la expropiación de 01-23-65.84 hectárea, de terrenos pertenecientes al ejido denominado "SANTA ANA HUEYTLALPAN", Municipio de Tulancingo de Bravo, Estado de Hidalgo, para destinarlos a la construcción del Entronque Santa María El Chico de la carretera México-Tuxpan, tramo Libramiento Tulancingo, conforme a lo establecido en el artículo 93, fracción VII, de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley.

SEGUNDO.- Que el expediente fue registrado con el número 12596. El núcleo agrario fue notificado de la instauración del procedimiento expropiatorio a través de los integrantes del Comisariado Ejidal, mediante oficios números DEH/DAA/EO/09/0118/0523, DEH/DAA/EO/09/0116/0524 y DEH/DAA/EO/09/0116/0525, todos de fecha 29 de abril de 2009, recibidos el 10 de junio del mismo año, sin que haya manifestado inconformidad al respecto.

Iniciado el procedimiento relativo a los trabajos técnicos e informativos, se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 1-23-66 hectárea, de la que 0-64-42 hectárea, son terrenos de temporal de uso común y 0-59-24 hectárea, de riego de uso parcelado, de la que resultan afectadas las parcelas siguientes:

No.
Nombre
Par Parcela No.
Superficie (Has.)
Calidad
1.-
No Asignada
1242
0-38-40
Riego
2.-
No Asignada
1243
0-20-84
Riego
Uso parcelado
0-59-24
Riego
Uso común
0-64-42
Temporal
Total
1-23-66

TERCERO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con el Entronque Santa María El Chico de la carretera México-Tuxpan, tramo Libramiento Tulancingo, por tanto, la citada superficie no es susceptible de labores agrícolas, por lo que resulta procedente tramitar el presente instrumento, a fin de regularizar la situación jurídica imperante y, en consecuencia, el núcleo agrario afectado se encuentre en aptitud de recibir el pago de la indemnización correspondiente.

CUARTO.- Que terminados los trabajos técnicos e informativos mencionados en el resultando segundo y analizadas las constancias existentes en el expediente respectivo, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 25 de agosto de 1933, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre del mismo año y ejecutada parcialmente el 7 de febrero de 1935, complementándose el 8 de septiembre de 1992, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido denominado "SANTA ANA HUEYTLALPAN", Municipio de Tulancingo, Estado de Hidalgo, una superficie de 2,385-00-00 hectáreas, que sumadas a las 276-00-00 hectáreas, que ya poseían, se les dota un total de 2,661-00-00 hectáreas, para beneficiar a 332 campesinos capacitados en materia agraria; por Resolución Presidencial de fecha 15 de marzo de 1961, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril del mismo año y ejecutada el 11 de abril de 1961, se concedió por concepto de ampliación de ejido al núcleo agrario denominado "SANTA ANA HUEYTLALPAN", Municipio de Tulancingo, Estado de Hidalgo, una superficie de 213-00-00 hectáreas, para beneficiar a 26 campesinos capacitados en materia agraria, más la parcela escolar; por Decreto del Ejecutivo Federal de fecha 22 de marzo de 2002, publicado en el Diario Oficial...

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