Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 31 de Octubre de 2014 (Tesis num. 2a. CVII/2014 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 17-10-2014 (Tesis Aisladas))
| Número de registro | 2007679 |
| Número de resolución | 2a. CVII/2014 (10a.) |
| Fecha | 31 Octubre 2014 |
| Fecha de publicación | 17 Octubre 2014 |
| Época | Décima Época (SJF) |
| Localizador | [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo I; Pág. 1095 |
| Emisor | Segunda Sala |
Conforme a los artículos 30 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica abrogada y 43 de su Reglamento, así como de la disposición general cuarta del Manual de disposiciones relativas al suministro y venta de energía eléctrica destinada al servicio público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo de 2013, en la suscripción del contrato de suministro de energía eléctrica no existe un plano de igualdad y, por tanto, no se genera una relación de coordinación. Lo anterior es así, si se toma en consideración que los formatos de contratos señalados son aprobados por la Secretaría de Economía, con visto bueno de la de Energía, dependencias de la Administración Pública Federal centralizada que disponen y ordenan su contenido, sin que puedan modificarse ni alterarse; que las obligaciones derivadas de la contratación, como lo relativo a facturación, prepago de energía eléctrica, medición, contenido del aviso-recibo, periodos de consumo y demás conceptos relacionados con la venta de energía eléctrica, estarán contemplados en el Manual citado, sin que el usuario pueda sugerir alguna modificación; y que los aspectos relacionados con la tarifa aplicable, garantías de duración de contrato, fecha límite de pago, horario de suministro, casos de suspensión, requisitos para la reanudación del servicio, responsabilidades del suministrador por interrupción del servicio, causas de modificación o terminación del contrato, y la autorización expresa del usuario para que se realicen revisiones y verificaciones, constituyen condiciones del contrato que derivan, no de la voluntad de la Comisión Federal de Electricidad, ni del usuario, sino de la Ley mencionada y de su Reglamento. En ese tenor, si en la suscripción del contrato de suministro de energía eléctrica el usuario se somete a las condiciones dictadas por la Secretaría de Economía, con visto bueno de la de Energía, y que derivan de la ley, sin posibilidad de negociación, se concluye que dichos contratos deben considerarse como verdaderos contratos administrativos.
Amparo directo en revisión 491/2014. H., S.A. de C.V. 27 de agosto de 2014. Mayoría de tres votos de los Ministros S.A.V.H., J.F.F.G.S. y L.M.A.M.. Disidentes: A.P.D. y M.B.L.R.. Ponente: S.A.V.H.. Secretario: J.Á.V.O..
Amparo directo en revisión 904/2014. Comercial de Finanzas Netesa, S.A. de C.V. 27 de agosto de 2014. Mayoría de tres votos de los Ministros S.A.V.H., J.F.F.G.S. y L.M.A.M.. Disidentes: A.P.D. y M.B.L.R.. Ponente: S.A.V.H.. Secretario: J.Á.V.O..
Amparo directo 34/2014. J.J.G.R.. 27 de agosto de 2014. Mayoría de tres votos de los Ministros S.A.V.H., J.F.F.G.S. y L.M.A.M.. Disidentes: A.P.D. y M.B.L.R.. Ponente: S.A.V.H.. Secretario: J.Á.V.O..
Nota: Este criterio fue interrumpido por la tesis 2a. XLII/2015 (10a.), de título y subtítulo: "COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. LAS CONTROVERSIAS DERIVADAS DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES GENERADOS EN EL MARCO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA SON IMPUGNABLES EN LA VÍA ORDINARIA MERCANTIL [INTERRUPCIÓN DEL CRITERIO CONTENIDO EN LA TESIS AISLADA 2a. CVII/2014 (10a.) (*)].", publicada el viernes 19 de junio de 2015, a las 9:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 19, Tomo I, junio de 2015, página 1071.
Esta tesis se publicó el viernes 17 de octubre de 2014 a las 12:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación.Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
7 días de acceso ilimitado
-
Voto de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...no sea considerada como autoridad para efectos del juicio de amparo. Nota: Las tesis de jurisprudencia y aisladas 2a./J. 43/2014 (10a.), 2a. CVII/2014 (10a.), 2a. XLII/2015 (10a.), 2a./J. 167/2011 (9a.), 2a./J. 112/2010, y 2a./J. 113/2010, citadas en este voto, aparecen publicadas en el Sem......
-
Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA SON IMPUGNABLES EN LA VÍA ORDINARIA MERCANTIL [INTERRUPCIÓN DEL CRITERIO CONTENIDO EN LA TESIS AISLADA 2a. CVII/2014 (10a.) (*)].’ (se "Llevaría a determinar si la Comisión Federal de Electricidad es o no autoridad para efectos del juicio de amparo cuando emi......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 14-02-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN OPOSICIÓN A LA PUBLICACIÓN DE DATOS PERSONALES 4144/2017)
...del servicio, se trata de derecho privado. En ese orden, la tesis 2a. XLII/2015 (10a.), que interrumpió el criterio de la tesis aislada 2a. CVII/2014 (10a.) se publicó el viernes veintiuno de agosto de dos mil quince a las diez horas con diez minutos. Por su parte, la quejosa promovió la de......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 28-06-2017 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 428/2017)
...SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA SON IMPUGNABLES EN LA VÍA ORDINARIA MERCANTIL [INTERRUPCIÓN DEL CRITERIO CONTENIDO EN LA TESIS AISLADA 2a. CVII/2014 (10a.) Así, de la lectura de la demanda de amparo, se advierte que la quejosa en sus conceptos de violación no planteó la inconstitucionalidad......
-
Jurisprudencia
...SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA SON IMPUGNABLES EN LA VÍA ORDINARIA MERCANTIL [INTERRUPCIÓN DEL CRITERIO CONTENIDO EN LA TESIS AISLADA 2a. CVII/2014 (10a.) 494 J urisprudencia Revista Núm. 9, abRil 2017 (*)].”, no contraviene el artículo 217 de la Ley de Amparo, aun cuando previamente se hu......
-
Ley de la Comisión Federal de Electricidad. VII-P-SS-345
...en su texto en diversa publicación de agosto de ese mismo año (mediante la cual se interrumpió la aplicación de la diversa tesis 2a. CVII/2014), ese Alto Tribunal arribó a la conclusión de que los contratos de prestación del servicio de suministro de energía eléctrica que actualmente brinda......
-
Tesis
...EN LA VÍA ORDINARIA MERCAN- JURISPRUDENCIAS DEL PODER JUDICIAL FEDERAL TIL [INTERRUPCIÓN DEL CRITERIO CONTENIDO EN LA TESIS AISLADA 2a. CVII/2014 (10a.) (*)].”, debe decidirse en la vía ordinaria mercantil, en términos del numeral 104, fracción II, de la Constitución Política de los Estados......
-
Reivindicación jurisprudencial y fluctuación interpretativa: análisis crítico de dos tesis emitidas por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la luz del Estado de Derecho
...de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reflejada en las siguientes tesis jurisprudenciales: (1) Tesis aislada 2a. CVII/2014 (10a.), materia administrativa, publicada en octubre de dos mil catorce, en el libro 11, tomo I, página 1095 de la Gaceta del Semanario Judici......