11020, Informe sobre trabajos para compilar información financiera

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Boletín 11020

INFORME SOBRE TRABAJOS PARA COMPILAR INFORMACIÓN FINANCIERA

INTRODUCCIÓN

GENERALIDADES

  1. debido a ciertas necesidades de información, un cliente puede requerir a un Contador Público que lleve a cabo un trabajo de compilación de información inanciera.12. Generalmente, el trabajo del Contador público y su informe de compilación de infor-mación inanciera incluye la preparación de estados financieros, pero también puede incluir el reunir, clasiicar y resumir otra información inanciera.

    VIGENCIA

  2. El presente boletín entrará en vigor y deberá ser aplicado en forma obligatoria en traba-jos de compilación de información inanciera que se realicen a partir del 1º de abril de 2011; sin embargo, se recomienda su aplicación anticipada.

    ALCANCE

  3. Este boletín se reiere al trabajo e informe que el Contador Público emitirá sobre el trabajo de compilación de información inanciera, acordado con el cliente. Por lo tanto; el presente boletín no norma la actuación del Contador público en relación con el dic-tamen sobre estados financieros y otros informes que se encuentran regulados por las Normas Internacionales de Auditoría emitidas por el International Auditing and Assurance standards Board (IAASB) y en otros boletines de las series 7000 y 9000 de las Normas para Atestiguar y de las Normas de revisión emitidas por el Instituto mexicano de Contadores públicos.

  4. los trabajos para proporcionar ayuda limitada a un cliente en la preparación de estados financieros (por ejemplo, en la selección de una política contable apropiada), no constituyen un trabajo para compilar información inanciera.

    OBJETIVO

  5. El propósito de este boletín es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre las responsabilidades profesionales del Contador público, cuando realiza un trabajo para compilar información inanciera y sobre la forma y contenido del informe que emita en relación con dicha compilación. Estas normas y lineamientos deben también aplicarse, al grado en que sea factible, a trabajos para compilar información no inanciera, asu-miendo que el Contador público tiene un adecuado conocimiento de la misma.

    PRONUNCIAMIENTOS NORMATIVOS

  6. El objetivo de un trabajo de compilación de información inanciera es que el Contador Público utilice su conocimiento y experiencia en materia inanciera y contable para reunir, clasiicar y presentar información inanciera.

    La compilación de información inanciera supone reducir datos detallados a una forma manejable y comprensible, sin que exista un requerimiento para el Contador público a someter a pruebas las aseveraciones subyacentes a dicha información.

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    los procedimientos aplicados para la compilación no están diseñados ni permiten al Contador público expresar ninguna opinión sobre la información que se está com-pilando; sin embargo, los usuarios de la información inanciera compilada obtienen algún beneicio como resultado del involucramiento del Contador Público, debido a que la compilación ha sido realizada con diligencia y competencia profesional.

  7. El Contador público deberá cumplir con el Código de Ética profesional emitido por el Instituto mexicano de Contadores públicos de méxico. los principios fundamentales que gobiernan las responsabilidades profesionales del Contador público para este tipo de trabajo son:

    1. Integridad;

    2. objetividad;

    3. diligencia y competencia profesional;

    4. Conidencialidad; y

    5. Comportamiento profesional.

    la independencia no es un requisito para un trabajo de compilación. sin embargo, donde el Contador público no sea independiente se deberá hacer una declaración a ese efecto en el informe del Contador público.

  8. En todas las circunstancias en que el nombre de un Contador público esté asociado con información inanciera compilada por el mismo, este deberá emitir un informe.

  9. El Contador público deberá asegurarse de que hay una clara comprensión entre él y su cliente respecto de los términos del trabajo. los asuntos que deben considerarse incluyen:

    * la naturaleza del trabajo, incluyendo el hecho de que no se llevará a cabo una auditoría ni una revisión y que, consecuentemente, no se expresará opinión alguna sobre la información inanciera compilada.

    * El hecho de que no puede dependerse del trabajo de compilación para...

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