Sentencia nº SDF-JDC-0253-2009 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal, 25 de Junio de 2009

PonenteEduardo Arana Miraval
Fecha de Resolución25 de Junio de 2009
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SDF-JDC-253/2009 ACTOR: H.M.M. AUTORIDAD RESPONSABLE: PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL MAGISTRADO: EDUARDO ARANA MIRAVAL SECRETARIA: ELIZABETH VALDERRAMA LÓPEZ

México, Distrito Federal, veinticinco de junio de dos mil nueve.

V I S T O S para resolver, los autos del expediente SDF-JDC-253/2009, formado con motivo del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por H.M.M., contra la sentencia de cinco de junio del año en curso, emitida por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, en el juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos clave TEDF-JLDC-125/2009; y,

R E S U L T A N D O:

I.A.. De las constancias que obran en autos se advierten los siguientes:

  1. Procedimiento interno. El quince de marzo de este año, se celebró la jornada electoral en el procedimiento interno del Partido de la Revolución Democrática para elegir, entre otros, al candidato a diputado local por el distrito electoral XXII en el Distrito Federal, obteniendo el triunfo la fórmula de candidatos encabezada por H.M.M..

  2. Instancia partidista. El veintiséis de marzo pasado, H.M.M. interpuso recurso de inconformidad ante la Comisión Nacional de Garantías del aludido instituto político, en contra del indicado cómputo distrital, solicitando la nulidad de la votación recibida en siete casillas.

    La impugnación fue radicada con la clave de expediente INC/DF/333/2009 y resuelta el diecinueve de abril del presente año, declarando la nulidad de la votación de una casilla y confirmando la validez de la elección, sin cambiar la posición del primer lugar en la misma.

  3. Instancia local. Inconforme con esa determinación, el veinticuatro de mayo de dos mil nueve, el ciudadano mencionado promovió juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos ante el Tribunal Electoral del Distrito Federal.

    El medio impugnativo, sustanciado en el expediente TEDF-JLDC-125/2009, fue decidido el cinco de junio pasado, en el sentido de modificar el fallo reclamado, declarar la nulidad de la votación recibida en dos casillas y modificar el cómputo de la elección, sin advertirse un cambio de ganador.

    1. Demanda. El nueve de junio del año en curso, ante la oficialía de partes del citado Tribunal, H.M.M. presentó demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano contra la sentencia emitida en el expediente TEDF-JLDC-125/2009.

    2. Trámite. Mediante oficio TEDF-SG-OP-630/2009, de doce de junio del año que transcurre, el S. General del Tribunal Electoral del Distrito Federal remitió la demanda indicada, sus anexos, el correspondiente informe circunstanciado y la demás documentación atinente.

    3. Turno. Por acuerdo del trece de junio siguiente, el Magistrado Presidente de esta Sala Regional ordenó integrar el expediente respectivo con la documentación indicada y turnarlo a su ponencia, para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, lo cual fue cumplido mediante oficio TEPJF-SDF-SGA/307/09, signado por el S. General de Acuerdos de esta Sala Regional.

      V.R.. El dieciséis de junio de este año, el Magistrado E.A.M. radicó el expediente en la ponencia a su cargo.

    4. Desistimiento. Mediante escrito de dieciocho de junio pasado, H.M.M. manifestó su voluntad de desistirse de la acción así como de la presente instancia...

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