De la remoción

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ARTÍCULO 25.

CAUSAS DE REMOCION DE LOS PERITOS POR PARTE DE LA SALA SUPERIOR

La Sala Superior removerá a un perito cuando por mayoría de votos y previa audiencia del interesado resuelva que no ha cumplido fielmente con lo dispuesto en este Reglamento, o que se le ha perdido la confianza inherente al cargo. En estas hipótesis se dejará sin efecto el nombramiento, sin responsabilidad para el Tribunal y sin perjuicio de dar vista al Ministerio Público Federal, cuando el asunto lo amerite, a fin de que se realicen las averiguaciones correspondientes y en su oportunidad se...

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