Periódico Oficial del Estado de Coahuilla de Zaragoza del 11 de Abril de 2014 (Sección 1)

PRIMERA SECCION
TOMO CXXI Saltillo, Coahuila, viernes 11 de abril de 2014 número 29
REGISTRADO COMO ARTÍCULO DE SEGUNDA CLASE EL DÍA 7 DE DICIEMBRE DE 1921.
FUNDADO EN EL AÑO DE 1860
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES SUPERIORES SON OBLIGATORIAS POR EL HECHO
DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
<
ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE
ZARAGOZA
RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ
Gobernador del Estado de Coahuila de Zaragoza
ROBERTO OROZCO AGUIRRE
Subdirector del Periódico Oficial
ARMANDO LUNA CANALES
Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial
I N D I C E
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ACUERDO emitido por la Auditoría Superior de la Federación, mediante el cual se publican las Reglas de Operación del
Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio Fiscal 2014.
2
DECRETO No. 4 57.- Se modifica el contenido del último párrafo Artículo 167 de la Constitución Política del Estado de
Coahuila de Zaragoza.
66
DECRETO No. 4 62.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Ramos Arizpe, Coahuila de Zaragoza, a
desincorporar del dominio público municipal, dos bienes inmuebles; el primero con una superficie de 1,163.6 28 M2.,
ubicado en el “Rancho San Isidro” y el segundo con una superficie de 1,315.68 M2., ubicado en el predio conocido como
“La Providencia” de esa ciudad, con el fin de enajenarlos a título gratuito a favor de la Empresa De Acero, Integración
Inmobiliaria, S.A. de C.V.
67
DECRETO No. 467.- Se reforma el artículo 330 del Código Penal del Estado de Coahuila d e Zaragoza.
69
ACUERDO del Ejecutivo del Estado de Coahuila mediante el cual se autoriza al Ciudadano José Luis Tobías Velázquez,
licencia para separarse de su cargo y funciones como Oficial 01 (uno) del Registro Civil de Castaños, Municipio de
Castaños, Coahuila, por el periodo comprendido del 08 de abril al 07 de julio del 2014.
70
ACUERDO del Municipio de Saltillo, Coahuila mediante el cual se aprueban los sitios p ropuestos para la instalación de
los puentes peatonales, siguiendo las especificaciones técnicas y jurídicas y sea apegado a las normas y lineamientos
aplicables al caso por todas y a cada una de las autoridades competentes.
70
ACUERDO del Municipio de Saltillo, Coahuila mediante el cual se aprueba la asignación d e nomenclatura a una vialidad
nueva dentro del fraccionamiento denominado “El Volcán”, ubicado sobre prolo ngación Otilio González al oriente de la
ciudad, proponiendo el nombre de “Sr. Salvador Cabrera Solís”.
73
ACUERDO del Municipio de Saltillo, Coahuila mediante el cual se aprueba el cambio de nomenclatura del Fraccionamiento
Los Bosques II ubicado en la Carretera a Los Valdés, proponiendo el nombre de fraccionamiento Peña Alta.
75
2 PERIODICO OFICIAL viernes 11 de abril de 2014
ACUERDO del Municipio de Saltillo, Coahuila mediante el cual se aprueba la asignación de nomenclatura a la privada
que se ubica sobre el Bulevar José Narro Robles del Fraccionamiento Sayavedra de esta ciudad, proponiendo el nombre
de Privada José Narro Robles.
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ACUERDO del Municipio de Saltillo, Coahuila mediante el cual se aprueba la asignación de nomenclatura Profr. Homero
González Carielo a la plaza pública ubicada en la Calle Profra. Estela Barragán y Francisco Samaniego del
Fraccionamiento Magisterio Sección 38 de esta ciudad.
79
ACUERDO del Municipio de Saltillo, Coahuila mediante el cual se aprueba la asignación de nomenclatura al pasaje
paralelo al Bulevar Luis Donaldo Colosio y que une al Bulevar Jesús Valdés Sánchez con el Bulevar Fundadores, ya qu e
quedó co mo calle futura, prop oniendo el nombre de Pasaje Siglo XXI y el cambio al mismo predio de la Colonia Los
Zacatones a Fraccionamiento Terranova.
82
ACUERDO del Municipio de Saltillo, Coahuila mediante el cual se aprueba cambio de uso de suelo para la regularización
de una empresa dedicada a la habilitación de espuma de poliuretano para su uso en procesos industriales, ubicada en un
predio que se encuentra localizado al oriente de la ciudad, en la calle Fermín Espinoza Armillita No. 871, en las
inmediaciones del Fraccionamiento Plaza, con una superficie total de 690.00 m2.
84
ACUERDO del Municipio de Saltillo, Coahuila mediante el c ual se aprueba el cambio de uso de suelo de Corred or
Urbanos CU-3 (Comercio y Servicios) y Habitacional en Densidad Alta (H4) a Corredo r Urbano CU-2 (Habitacional,
Comercio y Servicios) con densidad Media Alta (H4) del predio localizado en el Bulevar Nazario Ortiz Garza en la acera
sur entre el Bulevar Sarmiento y Bulevar Isidro López Zertuche, con una superficie estimada en 20,000.00 m2, co n la
condicionante de que la franja que se encuentra al frente del predio tenga uso comercial y ad emás se to men en cuenta los
estudios hidrológicos de Conagua, para verificar si las marcas de paso de agua corresponden sólo a un escurrimiento
natural y no al cauce del arroyo.
86
ACUERDO del Municipio de Saltillo, Coahuila mediante el cual s e aprueba el cambio de uso de suelo de Corredor
Urbano CU-2 (habitacional, comercio y servicios) a vivie nda multifamiliar, siendo contigua esta densidad baja (H2), de
un predio ubicado en el Bulevar Eulalio Gutiérrez y Avenida Paseo de San Patricio del Fraccionamiento San Patricio, con
una superficie de 9,728.00 m2, con la condicionante de que se asigne un área de estaciona miento para visitas.
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ACUERDO del Municipio de Saltillo, Coahuila mediante el cual s e aprueba el cambio de uso de suelo de Agrícola
Pecuario (AG) a Corredor Urbano CU -4 (comercio, servicios e industria ligera) de un predio localizado en el lote A del
lote 8 de la fracción 2, en el sitio denominado “El Palmar”, sobre la carretera Saltillo-Zacatecas, con una superficie de
12,112.50 m2.
91
ACUERDO del Municipio de Saltillo, Coahuila mediante el cual se aprueba el cambio de uso de suelo de Habitacional en
Densidad Media Alta (H4) a uso de s uelo para almacenamiento d e semilla para pap a y almacenamiento de papa en los
lotes 136 y 138 con una sup erficie de 1,500 .00 m2 de la calle Correo Mayor (Aven ida Central) de la colonia Po stal
Cerritos de esta ciudad, con la condicionante d e cumplir con el alineamiento de calle banqueta marcado por la Dirección
de Desarrollo Urbano.
94
ACUERDO del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila mediante el cual se aprueba la
implementación del Programa de Resultados Electorales Preliminares en el Proceso Electoral Ordinario 20 13-2014.
96
ACUERDO POR EL QUE SE PUBLICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL P ROGRAMA PARA LA
FISCALIZACIÓN DEL GASTO FEDERALIZADO EN EL EJERCICIO FISCAL 2014
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 38 de la Ley de Fiscalización y Rendi ción de Cuentas de la Federación; 82,
fracción XII, y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Auditoría Superior de la Federación de l a
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión publica las REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA
FISCALIZACIÓN DEL GASTO FEDERALIZADO EN EL EJERCICIO FISCAL 2014.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA FISCALIZACIÓN DEL GASTO F EDERALIZADO EN EL
EJERCICIO FISCAL 2014
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
1.- El Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado tiene por objeto fortalecer el alcance, profundidad, calidad y
seguimiento de las revisiones realizadas po r la Auditoría Superior de la Federación al ej ercicio de los recursos federales
transferidos a las entidades federativas, a los municipios y a los órganos político-ad ministrativos de las demarcaciones territoriales
del Distrito Federal, con excepción de las participaciones federales.
viernes 11 de abril de 2014 PERIODICO OFICIAL 3
2.- Para los efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:
I. ASF: Auditoría Superior de la Federación.
II. Entidades Federativas: los Estados de la República Mexicana y el Distrito Federal.
III. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
IV. ICADEFIS: Instituto de Ca pacitación y Desarrollo en Fiscalizació n Superior, adscrito a la Unidad Ge neral de
Administración de la Auditoría Superior de la Federación.
V. TESOFE: Tesorería de la Federación.
VI. UPCP: Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secr etaría de Hacienda y Crédito Público.
VII. EFSL: Entidades de Fiscalización Superior de las Legislaturas Locales y de la Asamblea Legislativa d el Distrito Federal, a
que se refiere el artículo 38 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
VIII. Ley: Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
IX. LFPRH: Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hac endaria.
XI. PROFIS: Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado.
XII. Reglas: Reglas de Operación del PROFIS.
XIII. CVASF: Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, de la Cámara de Diputados.
XIV. Formatos: Los formatos e instructivos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 1 5, 16 y 17 de las Reglas de Operación.
3.- Las presentes Reglas tienen por objeto establecer las disposiciones para la ministración, aplicación, control, seguimiento,
evaluación, rendición de cuentas y transparencia de los recursos del PROFIS.
4.- Estas Reglas regulan también los recursos a q ue se refiere el artículo 82, fracción XI, de la LFPRH, destinados a la
fiscalización de los r ecursos federales que se transfieran a las entidades federativas mediante convenios de reasignación y aquellos
mediante los cuales los recursos no pierdan el carácter de federal.
La ASF, en los términos de la LFPRH, artículo 82, fracción XII, deberá acordar con las E FSL las Reglas y procedimientos para
fiscalizar el ejercicio de los recursos públicos federales, señalados en el p árrafo anterior.
5.- En el anexo I que forma parte de estas Reglas se presenta el plan de auditorías (programa preliminar) para el ejercicio fiscal
2014, que detalla los fondos y recursos a fiscalizar, así como la cobertura por entidad federativa de las auditorías a realizarse dentro
del programa, en cumplimiento del artículo 38, fracción II, incisos a y d, de la Ley. Este programa podrá registrar adecuaciones
durante su ejercicio.
En relación con los criterios normativos y metodológicos para las a uditorías, señalados en el artículo 38, fracción II, inciso b, de
la Ley, serán aplicables los publicados en el Diario Oficial de la Federación del 1 de junio de 20 09, en lo conducente y c onforme al
ámbito de competencia de cada EFSL. En el anexo II, d e estas Reglas, se incluyen los procedimientos y métodos necesarios para la
revisión y fiscalización de los recursos federales, en cumplimiento del artículo 38, fracción II, inciso c, de la Le y.
CAPÍTULO II
CONCERTACIÓN CON LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
6.- La ASF fiscalizará el ejercicio de los recursos federales realizado por las entidades federativas y, en su caso, por los
municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en los términos de los
Las acciones para la fiscalización de los recursos feder ales a que se refiere el numeral 1 de las presentes Reglas, que lleve n a
cabo las EFSL, se realizarán sin perjuicio de que la ASF ejerza d irectamente la s atribuciones que le confiere el artículo 79 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.
7.- En los Convenios de Coor dinación y Colaboración suscritos por la ASF con las EFSL se establecen las bases generales para
la fiscalización de los recursos federales transferidos a las entidades federativa s, los municipios y los órga nos político-
administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
CAPÍTULO III
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECUR SOS
8.- Los recursos del PROFIS no podrán destinarse a fines diferentes del que se ñala su objeto , ni suplen los recursos que las
EFSL reciben de su presupuesto local; en tal sentid o, son recursos federales adicionales con destino específico y de aplicación
acorde con las presentes Reglas.
9.- La TESOFE ministrará a las EFSL los recur sos del PROFIS por medio de las respectivas tesorerías de las entidades
federativas o sus equivalentes, así como a la ASF. Para la ministración de los recursos del PROFIS a la ASF y a las EFSL, éstas
deberán proporcionar a la TESOFE la información necesaria para agilizar el trámite correspondiente.
10.- La ASF podrá distribuir hasta el 50 por ciento de los recursos del Programa a las EFSL, para que fiscalicen los recursos
federales administrados o ejercidos por las entidades federativas, municipios u órganos p olítico-administrativos de las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal. El resto de los recursos será aplicado por la ASF para realizar auditorías, a esos
mismos recursos, de manera directa.
11.- Los re cursos del PROFIS, $368,710, 056.00 (trescie ntos s esenta y oc ho mi llones setecien tos di ez mil cinc uenta y
seis p esos 00/1 00 M.N.) ap robados en el PEF 2014, se distribuirán de la manera siguiente:
I.- El 50 por ciento se entregará a la ASF para que de manera directa f iscalice los recursos feder ales transferidos a las entidades
federativas, a los municipios y a los órganos político-administrativos d e las demarcaciones territoriales del Distrito Federal. La ASF
podrá destinar hasta el 10 por ciento de estos recursos a la capacitación de su personal, al contratado por honorarios en 2014 y al

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