Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 31 de Enero de 2013 (Tesis num. 2a./J. 179/2012 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-01-2013 (Reiteración))
Número de registro | 2002583 |
Número de resolución | 2a./J. 179/2012 (10a.) |
Fecha | 31 Enero 2013 |
Fecha de publicación | 31 Enero 2013 |
Localizador | [J] ; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 2; Pág. 731. 2a./J. 179/2012 (10a.). |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
Materia | Constitucional |
En diversos criterios emitidos esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha afirmado que los organismos descentralizados no forman parte del Poder Ejecutivo, bajo la premisa de que se encuentran fuera de la administración pública centralizada, razón por la cual no pueden identificarse con dicho Poder unipersonal; ahora bien, sólo desde ese punto de vista la referida afirmación es correcta, porque efectivamente aquéllos no pertenecen al Poder Ejecutivo en sentido estricto, es decir, no integran la administración pública centralizada; sin embargo, como desarrollan actividades que corresponden a la función administrativa a cargo del titular del Ejecutivo y en todo momento se vinculan indirectamente a partir de los controles y vigilancia respectivos, ello significa que se ubican dentro del campo de acción del citado Poder en sentido amplio. Lo anterior es así porque la descentralización consiste en una técnica de organización jurídica para encomendar actividades estatales delegables a entidades estructuralmente separadas de la administración pública centralizada, pero formando junto con ella el concepto total e íntegro de administración pública, sin que la circunstancia de que los organismos descentralizados cuenten con personalidad jurídica propia signifique que su actuación sea libre y exenta de control, toda vez que dicha actividad y sus decisiones se identifican con las finalidades de la administración central y del Poder Ejecutivo, además de que la ley establece que su control se ejerce por aquél y que sus órganos directivos deben integrarlos personas ligadas a la administración central con la finalidad de lograr una orientación de Estado en su rumbo, con lo cual, si bien son autónomos y no opera una relación de jerarquía respecto de ellos, continúan subordinados a la administración centralizada indirectamente, en tanto sus objetivos deben reputarse como fines públicos. De acuerdo con lo anterior, resulta técnica y conceptualmente más adecuado sostener que los organismos descentralizados forman parte del Poder Ejecutivo en sentido amplio, sin que ello implique contrariar la afirmación sustentada en otros criterios, consistente en que los organismos descentralizados no forman parte de dicho Poder, porque ésta ha de entenderse bajo la connotación acotada de que no integran la administración pública centralizada y, bajo esa reserva, es que deben comprenderse sus alcances.
Amparo en revisión 783/2011. B.A.S.B.. 13 de junio de 2012. Mayoría de cuatro votos. Disidente: J.F.F.G.S.. Ponente: S.S.A.A.. Secretarios: M.E.F.H., A.M.G.G., M.D.I.D. de Sollano y F.M.L..
Amparo en revisión 164/2012. I.G.Q.S.. 13 de junio de 2012. Mayoría de cuatro votos. Disidente: J.F.F.G.S.. Ponente: S.S.A.A.. Secretarios: M.E.F.H., A.M.G.G., M.D.I.D. de Sollano y F.M.L..
Amparo en revisión 365/2012. A.A.C.. 24 de octubre de 2012. Mayoría de cuatro votos. Disidente: J.F.F.G.S.. Ponente: S.S.A.A.. Secretarios: M.E.F.H., A.M.G.G., M.D.I.D. de Sollano y F.M.L..
Amparo en revisión 372/2012. E.A.A.A.. 24 de octubre de 2012. Mayoría de cuatro votos. Disidente: J.F.F.G.S.. Ponente: S.S.A.A.. Secretarios: M.E.F.H., A.M.G.G., M.D.I.D. de Sollano y F.M.L..
Amparo en revisión 389/2012. H.L.R.G.. 24 de octubre de 2012. Mayoría de cuatro votos. Disidente: J.F.F.G.S.. Ponente: S.S.A.A.. Secretarios: M.E.F.H., A.M.G.G., M.D.I.D. de Sollano y F.M.L..
Tesis de jurisprudencia 179/2012 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiuno de noviembre de dos mil doce.
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Ejecutoria, Plenos de Circuito
...del referido aparato administrativo público del Estado. Lo anterior encuentra apoyo en lo establecido en la tesis de jurisprudencia 2a./J. 179/2012 (10a.), de la Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena ......
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Ejecutoria, Plenos de Circuito
...descentralizados, es indirecta y mediata. En ese mismo sentido, la Segunda Sala del Alto Tribunal determinó en la jurisprudencia 2a./J. 179/2012 (10a.)(23) de rubro: "ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS. AUNQUE NO INTEGRAN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA, FORMAN PARTE DEL PODER EJECUTIVO EN ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 30-08-2017 (AMPARO EN REVISIÓN 239/2016)
...Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro XVI, Enero de 2013, Tomo 2. Materia(s): Constitucional. Tesis: 2a./J. 179/2012 (10a.). Página: 4 Época: Novena Época. Registro: 180563. Instancia: Pleno. Tipo de Tesis: Jurisprudencia. Fuente: Semanario Judicial de la Federación......
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Ejecutoria, Plenos de Circuito
...forma parte del Poder Ejecutivo en sentido amplio. "Sirve de apoyo a lo anterior, por identidad de razón jurídica, la jurisprudencia 2a./J. 179/2012 (10a.), de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro ......