Precautorios

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas215-215

Page 215

Dícese de lo que precave o sirve de precaución. Real Academia Española.

Comentario. Art. 13 relativo a los días y horas hábiles para diligencias de embargos precautorios. Tratándose de embargos precautorios, lo regula el art. 145 del CFF, en lo relativo con facultades de las autoridades fiscales para garantizar los posibles créditos fiscales que puedan determinarse por las autoridades fiscales, aun cuando no exista determinación alguna en el momento de ordenarse el embargo precautorio de bienes...

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