Poseidas

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas213-214

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Esta expresión va encaminada a la obligatoriedad de tener que dictaminar alguna empresa de grupo cuando se cumplan algunos requisitos.

Comentario. El art. 32-A fracción I inciso a) del CFF nos dice "que sean poseídas por una misma persona física o moral en más del 50% de las acciones o partes sociales con derecho a voto de las mismas", circunstancia

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nada fácil para determinarlo por parte de la autoridad, pero una vez requerido por la misma, se causarán las multas por incumplimiento de presentar el dictamen.

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