Sentencia nº ST-JDC-0218-2011 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Toluca, 4 de Noviembre de 2011

Número de resoluciónST-JDC-0218-2011
Fecha04 Noviembre 2011
EmisorSala Regional Toluca (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: ST-JDC-218/2011. ACTORES: A.S.L.Á.Y.J.M.P. LEÓN. ÓRGANO RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE GARANTÍAS DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA. MAGISTRADA PONENTE: A.M.F.H.. SECRETARIO: L.A.G.C..

Toluca de L., Estado de México, a cuatro de noviembre de dos mil once.

VISTOS para resolver los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano número ST-JDC-218/2011, interpuesto por A.S.L.Á. y J.M.P.L. en contra de la resolución de veintitrés de septiembre de dos mil once, emitida por la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática, recaída al expediente INC/MICH/405/2011, formado con motivo del recurso de inconformidad promovido por los hoy actores en la instancia partidista; y,

RESULTANDO

I. Antecedentes. Del escrito de demanda del presente juicio y demás constancias que obran en el sumario, se deducen los antecedentes que enseguida se detallan:

  1. Inicio del proceso electoral. El diecisiete de mayo de dos mil once, inició el proceso electoral para elegir Gobernador, Diputados por los principios de Mayoría relativa y Representación proporcional, así como miembros de los ayuntamientos en el Estado de Michoacán, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Código Electoral de esa entidad.

  2. Convocatoria partidista para selección de candidatos. El día uno de mayo del año que transcurre, el Décimo Pleno Ordinario del VIII Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática de Michoacán aprobó la “Convocatoria para la elección de candidatas y candidatos del Partido de la Revolución Democrática a Gobernador, Diputados locales por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, Presidentes Municipales, S. y R. de los H. Ayuntamientos del Estado de Michoacán” (fojas 22 a 35 del cuaderno accesorio 1).

  3. Resolutivo de reservas de candidaturas, distritos y municipios. El tres de julio de este año, la Mesa Directiva del VIII Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Michoacán aprobó el resolutivo relativo a las candidaturas de unidad, la reserva de candidaturas, distritos y municipios para candidaturas de unidad y externas, así como los distritos y municipios donde se celebrará elección libre, directa y secreta (fojas 36 a 41 del cuaderno accesorio 1).

  4. Resolutivo relativo a la política de alianzas. El mismo tres de julio de dos mil once, la Mesa Directiva del VIII Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Michoacán aprobó el resolutivo relativo a la política de alianzas de ese partido político para el proceso electoral de dos mil once (fojas 188 a 190 del cuaderno accesorio 2).

  5. Acuerdo de la Comisión Política Nacional del Partido de la Revolución Democrática. El seis de julio de dos mil once, la Comisión Política Nacional del Partido de la Revolución Democrática emitió el acuerdo ACU-CPN-018/2011 relativo a la política de alianzas, coaliciones y candidaturas comunes para la elección de Michoacán a realizarse el trece de noviembre de dos mil once (fojas 178 a 182 del cuaderno accesorio 2).

  6. Acuerdo del Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Michoacán. El siete de julio de dos mil once, el Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática aprobó el Convenio de coalición total y parcial con el Partido del Trabajo para Ayuntamientos y Diputados por ambos principios, así como la plataforma electoral de la coalición, declaración de principios, programa de acción, estatutos y el programa de gobierno, así como en su caso la estrategia de candidaturas comunes con otros partidos (fojas 211 a 214 del cuaderno accesorio 2).

  7. Resolución sobre solicitudes de registro de precandidatos. El trece de julio del año en curso, la Comisión Nacional Electoral del Partido de la Revolución Democrática, mediante el acuerdo ACU-CNE/07/075/2011, resolvió las solicitudes de registro de precandidatos para el proceso de selección interna de candidatos al cargo de presidentes y síndicos de los Ayuntamientos del Estado de Michoacán (fojas 497 a 522 del cuaderno accesorio 2).

  8. Resolutivo del 8° Pleno Extraordinario del VII Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática. Los días veintidós y veintitrés de julio de dos mil once, el 8° Pleno Extraordinario del VII Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática emitió resolutivo mediante el cual se aprobó la política de alianzas de ese partido político en Michoacán (fojas 183 a 187 del cuaderno accesorio 2).

  9. Jornada electoral partidista. El treinta y uno de julio de dos mil once, tuvo verificativo la jornada electoral partidista para la selección de candidatos del Partido de la Revolución Democrática a Gobernador, Diputados locales por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, Presidentes Municipales, Síndicos y R. de los H. Ayuntamiento del Estado de Michoacán (foja 142 del cuaderno accesorio 1).

  10. Convenio de coalición. El uno de agosto de dos mil once, los Partidos Políticos Nacionales de la Revolución Democrática y del Trabajo celebraron convenio de coalición electoral, denominada “Michoacán Nos Une” para las elecciones de diputados por los principios de mayoría relativa y representación proporcional y de integrantes de los ayuntamientos de los municipios referidos en el propio documento, para los comicios constitucionales del Estado de Michoacán a celebrarse el trece de noviembre de este año (fojas 43 a 55 del cuaderno accesorio 2).

  11. Presentación del convenio ante el Instituto Electoral de Michoacán. El mismo uno de agosto de esta anualidad, los representantes de los partidos políticos de la Revolución Democrática y del Trabajo acreditados ante el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán presentaron el convenio para integrar la coalición “Michoacán Nos Une” integrada por los precitados partidos políticos (fojas 305 y 306 del cuaderno accesorio 2).

  12. Cómputo de las elecciones partidistas respectivas. El tres de agosto de esta anualidad, se llevó a cabo el cómputo de los resultados de la contienda partidista referida en el punto 7 que antecede (fojas 142 y 143 del cuaderno accesorio 1).

  13. Otorgamiento de constancia de mayoría a los candidatos ganadores. El cinco de agosto se entregaron las constancias de mayoría a los contendientes ganadores en la jornada comicial interna del Partido de la Revolución Democrática y en el caso del Municipio de Panindícuaro, Michoacán, se otorgó la constancia de mayoría a M.L.M. como candidato a P.M. (foja 76 del cuaderno accesorio 1).

  14. Aprobación del convenio de coalición. El once de agosto siguiente, el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán mediante acuerdo número CG-26/2011 aprobó el convenio de coalición denominada “Michoacán Nos Une”, descrito en el punto 7 que antecede (fojas 17 a 26 del cuaderno accesorio 2).

  15. Publicación del acuerdo CG-26/2011 en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán. El dieciocho de agosto de esta anualidad se publico en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán en su Tomo CLII, Número 38, el acuerdo número CG-26/2011 antes referido (fojas 286 a 304 del cuaderno accesorio 2).

  16. Asignación de candidatos del Partido de la Revolución Democrática a los cargos de Síndicos municipales del Estado de Michoacán. El uno de septiembre del año en curso, la Comisión Nacional Electoral del Partido de la Revolución Democrática mediante acuerdo ACU-CNE/09/148/2011 realizó la asignación de candidatos a los cargos de Síndicos Municipales del Estado de Michoacán, y para el cargo de Síndico del Municipio de Panindícuaro, Michoacán, se otorgó la candidatura a J.M.P.L. y A.A.H. como propietario y suplente, respectivamente (fojas 131 a 138 del cuaderno accesorio 1).

  17. Asignación de candidatos del Partido de la Revolución Democrática al cargo de P. y S. de los Ayuntamientos del Estado de Michoacán. El dos de septiembre de este año, la Delegación de la Comisión Nacional Electoral del Partido de la Revolución Democrática en Michoacán, mediante acuerdo ACU/DEM/40/2011, realizó la asignación de candidatos a los cargos de P. y S. de los Ayuntamientos del Estado de Michoacán, y para el Municipio de Panindícuaro, se designó a M.L.M. como Presidente, mientras que para los cargos de síndico propietario y suplente se asentó la leyenda “RESERVADO” (fojas 53 a 60 del cuaderno accesorio 1).

  18. Interposición de recurso de inconformidad intrapartidista. El seis de septiembre de dos mil once, A.S.L.Á. y J.M.P.L. interpusieron en su carácter de precandidatos recurso de inconformidad ante la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática, con la finalidad de controvertir el Acuerdo ACU/DEM/40/2011 de dos de septiembre de este año, “por lo que respecta únicamente a la Reserva del Candidato a Síndico del Ayuntamiento de Panindícuaro”, pretendiendo que se ordenara el registro de J.M.P.L. y A.A.H. como candidatos a Síndicos propietario y suplente, respectivamente, porque obtuvieron la primera minoría en la elección interna (fojas 11 a 21 del cuaderno accesorio 1).

    Ese medio de impugnación partidista se identifico con la clave INC/MICH/405/2011.

  19. Solicitud de registro de planilla de candidatos a integrar ayuntamientos de la Coalición “Michoacán Nos Une” ante la autoridad administrativa electoral local. El catorce de septiembre de este año, la Coalición “Michoacán Nos Une” presentó ante la Secretaría General del Instituto Electoral de Michoacán solicitud de registro de planillas de candidatos a integrar ayuntamientos para contender en las próximas elecciones constitucionales a celebrarse el próximo trece de noviembre, y concretamente para el Ayuntamiento de Panindícuaro, Michoacán, se solicitó el registro de la planilla integrada, en lo que al caso interesa, por los ciudadanos siguientes (fojas 307 a 327 del cuaderno accesorio 2):

    MUNICIPIO DE PANINDÍCUARO Coalición “Michoacán Nos Une”
    Cargo
    ...

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