- PROTOCOLO EN MATERIA DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGO SANITARIO COVID-19.

Fecha de publicación26 Abril 2021
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 5Abril 26 de 2021 (Primera Sección)
Sección Cuarta
Dirección General de la Oficina del Servicio Nacional de Empleo
ARTÍCULO 15 TER.- A la Dirección General de la Oficina del Servicio Nacional de Empleo le
corresponde, a través de su Titular y/o por conducto de los Coordinadores o Jefes de Departamento,
el ejercicio de las facultades que a continuación se señalan:
I. Fomentar y apoyar la organización para el trabajo y el autoempleo;
II. Coordinar y supervisar los trabajos operativos de la Oficina del Servicio Nacional de Empleo en
Aguascalientes;
III. Coordinar la generación de estrategias o planes de impacto regional, a través de la Oficina del
Servicio Nacional de Empleo en Aguascalientes; y
IV. Las demás que le sean asignadas por el Secretario, el Subsecretario de la Micro, Pequeña y
Mediana Empresa y por otras disposiciones normativas aplicables al área a su cargo.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO. Las presentes reformas, derogaciones y adiciones al Reglamento Interior de la
Secretaría de Desarrollo Económico, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial
del Estado de Aguascalientes.
ARTÍCULO SEGUNDO. Con la entrada en vigor de las presentes reformas, derogaciones y adiciones al
Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Económico, se derogan las disposiciones de menor
jerarquía que se opongan a las mismas.
Dado en el Palacio de Gobierno, sede del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes, a los 21 días del
mes de abril del año 2021.
A T E N T A M E N T E
C.P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE AGUASCALIENTES.
LIC. JUAN MANUEL FLORES FEMAT,
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.
LIC. MANUEL ALEJANDRO GONZÁLEZ MARTÍNEZ,
SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO.
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
CIRCULAR NÚMERO 0002/2021
LIC. MYRTHALA IBARRA GONZÁLEZ, Presidenta de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, de
conformidad con artículo primero numeral II, inciso b) del Acuerdo emitido por la Secretaria de Salud a nivel
federal publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha treinta y uno de marzo del año dos mil veinte,
la procuración e impartición de justicia fue catalogada como actividad esencial, es por lo anterior, que con
fundamento en los artículos y de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes;
9º fracción V inciso b) y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno; y 23 fracción X del
Reglamento Interior de Trabajo de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, tengo a bien emitir la presente
circular en relación con el “PROTOCOLO EN MATERIA DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGO SANITARIO
COVID-19”, para quedar como sigue:
Que en fecha nueve de noviembre del año dos mil veinte, en el Periódico Oficial del Estado de
Aguascalientes, se publicó la Circular 0002/2020 misma en la que se estableció el “PROTOCOLO EN
MATERIA DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGO SANITARIO COVID-19”, el cual, deberá ser cumplido y

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