- MANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE ASIENTOS.

Fecha de publicación30 Agosto 2021
SecciónTercera Sección
Pág. 18 PERIÓDICO OFICIAL Agosto 30 de 2021
(Tercera Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE ASIENTOS
ANEXO 2
MANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL
MUNICIPIO DE ASIENTOS
CONSIDERANDO
Que el artículo 14 de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos del el Estado de Aguascalientes
y sus Municipios, establece a los entes públicos en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán emitir
el manual de remuneraciones de los servidores públicos de la Administración Pública Municipal, el cual
incluirá el tabulador de percepciones ordinarias y las reglas para su aplicación, conforme a las percepciones
autorizadas en el Presupuesto de Egresos del Municipio;
Que, en materia de remuneraciones de los servidores públicos de la Administración Pública Municipal,
corresponde a la Tesorería Municipal ejercer el control presupuestario;
Que es necesario regular el otorgamiento de las remuneraciones que se deberán cubrir a los servidores
públicos, en congruencia con lo previsto en el Presupuesto de Egresos del Municipio del Ejercicio Fiscal dos
mil veintiuno, y atendiendo a la heterogeneidad de los elementos y conceptos que caracterizan a los distintos
grupos de servidores públicos, a fin de que exista un adecuado equilibrio entre el control, los costos de
fiscalización y de implantación y la obtención de resultados en los programas y proyectos de la Administración
Pública Municipal;
Que el referido artículo 127 constitucional y el diverso 14 de la Ley de Remuneraciones para el Estado de
Aguascalientes y sus Municipios, disponen que los servidores públicos recibirán una remuneración adecuada
e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a
sus responsabilidades, y
Que el establecimiento y operación del sistema de control presupuestario de los servicios personales a que
se refiere el artículo 16 de la Ley de Remuneraciones para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios,
requiere impulsar el desarrollo e instrumentación del sistema de remuneraciones de los servidores públicos
de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, por lo que hemos tenido a bien
expedir el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.- Se expide el Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Municipio de Asientos para
el ejercicio fiscal dos mil veintiuno, conforme a lo siguiente:
OBJETO
Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto establecer las disposiciones generales y específicas
para regular el otorgamiento de las remuneraciones de los servidores públicos de la Administración Pública
Municipal.
Artículo 2.- El presente ordenamiento tiene por objeto establecer las disposiciones generales en las que se
establecen las políticas para el pago de las remuneraciones de los servidores públicos, de las asignaciones
para el desempeño de la función, y demás disposiciones que sean necesarias para la aplicación de la Ley de
Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, a los servidores
públicos del Municipio de Asientos.
DEFINICIONES
Artículo 3.- Las definiciones previstas para el Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del
Municipio de Asientos. Adicionalmente, para efectos de este ordenamiento, se entenderá por:
I. Aguinaldo: Es la prestación laboral consistente en el pago anual o proporcional a este, que estará
comprendido en el Presupuesto de Egresos, el cual deberá de pagarse antes del 20 de diciembre y que no
será menor al equivalente a 35 días de salario, sin deducción alguna;
II.- Aportaciones de Seguridad Social: Aportaciones definidas en la ley a cargo de personas, cuyo pago lo
hace el Estado para cumplir con las obligaciones fijadas por la ley por servicios de seguridad social
proporcionados por el mismo Estado;

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