- LINEAMIENTOS PARA NORMAR EL PROCESO DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE RINCÓN DE ROMOS, AGUASCALIENTES.

Fecha de publicación26 Abril 2021
SecciónCuarta Sección
Pág. 44 PERIÓDICO OFICIAL Abril 26 de 2021
(Cuarta Sección)
TERCERO. El presente Acuerdo entrará en vigor y surtirá sus efectos legales al momento de su
aprobación por el Consejo de Honor y Justicia de la Dirección de Seguridad Pública y Vialidad del Municipio
de Rincón de Romos.
CUARTO. Notifíquese por estrados el presente Acuerdo en términos de lo dispuesto por los artículos 37
fracción IV, 39 A, y 40 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, aplicado de
manera supletoria.
El presente Acuerdo fue tomado en Sesión Extraordinaria Solemne de Instalación del Consejo de Honor y
Justicia de la Dirección de Seguridad Pública y Vialidad del Municipio de Rincón de Romos, celebrada el día
30 de noviembre de dos mil veinte.-CONSTE.-----------------------------------------------------------------------------------
EL PRESIDENTE EL SECRETARIO TÉCNICO
C. MANUEL OCTAVIO CASTAÑEDA
DE VELASCO
ABG. JUAN PAULO ORTIZ CALZADA
VOCALES
LIC. JUAN PEDRO NÁJERA RODRÍGUEZ C. CÉSAR GALLEGOS ESPARZA
CIUDADANOS
C. JORGE DE VELASCO DÁVILA
C. MIGUEL GARCÍA TORRES
FISCAL
______________________________________________________
C. LAURA BERENICE CASTORENA ELIZONDO
H. AYUNTAMIENTO DE RINCÓN DE ROMOS
Ciudadano Lic. J. Jesús Prieto Díaz, Presidente Municipal Constitucional de Rincón de Romos,
Aguascalientes, con fundamento en el artículo 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38,
fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; y las demás propias del cargo, a los
habitantes del Municipio de Rincón de Romos, Aguascalientes, se les hace saber que el Honorable
Ayuntamiento 2019-2021, tuvo a bien aprobar en la XI Reunión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 08 de
abril de 2021, los Lineamientos para Normar el Proceso de Entrega-Recepción de la Administración
Pública del Municipio de Rincón de Romos, Aguascalientes; y
CONSIDERANDO.
Que el inicio y terminación del periodo Constitucional de la Administración Pública del Municipio de Rincón de
Romos, Aguascalientes, implica un proceso para recibir y a su vez entregar los recursos e información
relacionados con el ejercicio de sus funciones, en donde el proceso de la Entrega-Recepción de la
Administración Municipal constituye en sí, una serie de eventos jurídicos-administrativos que manifiestan la
capacidad operativa, de organización y tr ansparencia, por el que se deja evidencia de su actuación y ejercicio
racional de los recursos públicos.
Que uno de los objetivos de la Administración Pública es prestar servicios públicos de calidad y establecer
las condiciones que garanticen la eficiencia y eficacia en el quehacer gubernamental, además de realizar la
entrega de la Administración que debe basar su ejercicio en la transparencia y la rendición de cuentas.
El presente lineamiento considera tres apartados:
1. Entrega-Recepción de la Administración Pública del Municipio de Rincón de Romos, Aguascalientes.
2. Entrega-Recepción por separación de cargo, y;
3. Contenido y Criterios que conforman el Paquete de Entrega-Recepción.
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A efecto de cumplir con lo anterior, se tiene a bien emitir los siguientes:
LINEAMIENTOS PARA NORMAR EL PROCESO DE ENTREGA-RECEPCIÓN
DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE RINCÓN DE ROMOS.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Los presentes lineamientos tienen por obje to establecer las bases p ara norm ar el proceso de
Entrega-Recepción de la información respecto a la situación que guarda la Administración Pública del
Municipio de Rincón de Romos, Aguascalientes, al término del Período Constitucional, así como determinar
el procedimiento al que se sujetarán los servidores públicos para realizar la Entrega-Recepción de los recursos
e información que hayan tenido a su disposición para el ejercicio de sus funciones al separarse de su empleo,
cargo o comisión, procedimiento que deberá atender a los principios de lealtad, honradez, transparencia,
imparcialidad, eficiencia, eficacia y oportunidad.
Artículo 2º.- Los presentes lineamientos tienen su fundamento en el artículo 103 de la Ley Municipal para el
Estado de Aguascalientes y tiene por objeto regular el acto de Entrega-Recepción a cargo de las Secretarías,
Dependencias Administrativas y Entidades de la Administración Pública del Municipio de Rincón de Romos,
así como facilitar su proceso en lo concerniente a la planeación, programación, ejecución y seguimiento, toda
vez que constituye una obligación de las autoridades salientes, preparar y organizar la documentación
necesaria para la entrega; y a la vez las que reciben, tengan una visión esquemática del estado que guarda
la Administración Pública Municipal, y así garantizar la continuidad institucional.
La Entrega-Recepción de la Administración Municipal es el proceso a través del cual los servidores públicos,
al separarse de su empleo, cargo o comisión, preparan y entregan a quienes los sustituyan en sus funciones,
los asuntos de su competencia, así como los recursos humanos, materiales y financieros que les hayan sido
asignados para el ejercicio de sus atribuciones legales.
Artículo 3º.- Para efectos del presente lineamiento, se entiende por:
I.- Entrega-Recepción de la Administración Pública del Municipio de Rincón de Romos,
Aguascalientes: Proceso legal y administrativo a través del cual se ponen de manifiesto los recursos,
información y situación que guardan las Secretarías, Dependencias Administrativas u Organismos Públicos
Descentralizados, al término del periodo Constitucional;
II.- Entrega-Recepción por Separación de Cargo: Proceso legal y administrativo a través del cual el
Servidor Público saliente entrega los Recursos Humanos, Materiales, Financieros, Asuntos en Trámite,
Sistemas de Información Electrónica y Documental que tenga a su disposición de manera directa a quien
legalmente deba sustituirlo o a quién su superior jerárquico designe por escrito;
III.- Actas: El documento establecido por el Órgano Interno de Control mediante el cual se dará formalidad al
proceso de Entrega-Recepción;
IV.- Anexos: Formatos establecidos por el Órgano Interno de Control en los que se describen los Recursos
Humanos, Materiales, Financieros, Asuntos en Trámite, Sistemas de Información Electrónica y Documental;
V.- Documentos: La información contenida en medios escritos, impresos, sonoros, visuales, electrónicos,
holográficos o informáticos que generan o tengan bajo su responsabilidad o resguardo los servidores públicos
en el ámbito de su competencia;
VI.- OIC: Órgano Interno de Control del Municipio de Rincón de Romos;
VII. Representante del Órgano Interno de Control: Servidores Públicos designados por el Titular del
Órgano Interno de Control para darle seguimiento y firmar la Entrega-Recepción de las Secretarias y
Dependencias Administrativas;
VIII.- Secretarías, Dependencias y los Organismos Públicos Descentralizados: Los señalados en el
artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Rincón de Romos, Aguascalientes, las
Secretarías, Dependencias Administrativas o de Apoyo adscrit as directamente al Presidente Municipal y en
los Organismos Públicos Descentralizados de la Administración Pública del Municipio de Rincón de Romos,
Aguascalientes, que se encuentren legalmente constituidos de acuerdo a lo establecido en sus propios
Reglamentos Interiores;
IX.- Enlace: Servidor Público designado por el Titular de cada Secretaría, Dependencias Administrativas u
Organismos Públicos Descentralizados del Municipio de Rincón de Romos, Aguascalientes con nivel mínimo
de Jefe de Departamento; solo en aquellos casos de excepción en donde alguna Secretaría, Dependencia
Administrativa u Organismo Público Descentralizado no cuente con este nivel estructural o dentro de sus
áreas no existen servidores públicos que cuenten con las nombramientos respectivos, se podrá designar a
personal que funja como apoyo administrativo.
X.- Titulares o Titular: Quienes encabecen las Secretarías, Dependencias Administrativas u Organismos
Públicos Descentralizados;

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