- ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL APRUEBA ENVIAR AL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EL INFORME SOBRE LAS CONDICIONES QUE GUARDAN LAS BODEGAS ELECTORALES QUE HABRÁN DE UTILIZAR LOS CONSEJOS DISTRITALES Y MUNICIPALES ELECTORALES EN EL PROCESO ELECTORAL CONCURRENTE ORDINARIO 2020-2021. (CG-A-34/21)

Fecha de publicación13 Abril 2021
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 31Abril 13 de 2021
CG-A-34/21
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL APRUEBA ENVIAR AL INSTITUTO
NACIONAL ELECTORAL EL INFORME SOBRE LAS CONDICIONES QUE GUARDAN LAS BODEGAS ELECTORALES QUE HABRÁN DE
UTILIZAR LOS CONSEJOS DISTRITALES Y MUNICIPALES ELECTORALES EN EL PROCESO ELECTORAL CONCURRENTE ORDINARIO
2020-2021.
Reunidos en sesión extraordinaria de m anera virtual o a distancia, las y los integrantes del Consejo Gener al, previa convocatoria de su presidente
y determinación del quorum legal, con base en los siguientes:
R E S U L T A N D O S
I. En fecha diez de febrero de dos mil catorce, se publicó en el Di ario Oficial de la Federación, Edición Matutina, en su Primera Sección, el
Decreto por el que se reforman, adi cionan y derogan diversas disposicio nes de la Constitución Política de lo s Estados Unidos
Mexicanos, en materia político-electoral; Decre to de reforma que contiene disposiciones qu e modifican la estructura, funciones y
objetivos de este organismo público loc al electoral.
II. En fecha veintitrés de mayo de dos mil catorce, se publicó en el Diari o Oficial de la Federación, Edició n Matutina, en su Segunda
Sección, el Decreto por medio del cual fue expedida la Ley General de Instituciones y Procedim ientos Electorales1.
III. En fecha veintiocho de julio de dos m il catorce, derivado de la reforma constituc ional en materia político-electoral señalada en el
Resultando I del presente acuerdo, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Edición V espertina, Tomo LXXVII,
Núm. 30, el Decreto Número 69 por el que se reform an y adicionan diversos artículos de la Consti tución Política del Estado de
Aguascalientes.
IV. En fecha dos de marzo de dos mil quince, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, Tercera Secc ión, Tomo
LXXVIII, Núm. 9, el Decreto Número 152, po r el que se aprueba el Código Electoral del Estado de A guascalientes2.
V. En fechas once de julio de dos mil dieci séis, veintinueve de mayo de dos mil diecisiete, veintisiete de junio y diez de sept iembre de dos
mil dieciocho, trece de mayo de dos m il diecinueve y veinte de junio de dos mi l veinte, fueron publicados en el Periódico O ficial del
Estado de Aguascalientes, respectiva mente, los Decretos 354, 355, 91, 334, 393, 149 y 360, por medio de los cuales se adiciona ron,
reformaron y derogaron diversas dispo siciones del Código.
VI. En fecha siete de septiembre de dos mil dieciséi s, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral em itió el “ACUERDO DEL
CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCIONES
DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL”, identificado bajo la clave de acuerdo INE/CG661/2016, por medio del cual apr obó el
Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral3, junto con sus respe ctivos Anexos.
VII. En fechas cinco de septiembre de dos mil diecis iete, veintidós de noviembre de dos mil diecisiete, dieci nueve de febrero dos mil
dieciocho, veintitrés de enero de dos mil diecinueve, ocho de julio, cu atro de septiembre y seis de noviembre de dos mil veinte,
respectivamente, el Consejo General d el Instituto Nacional Electoral emitió los acuerdos identificad os bajo las claves INE/CG391/2017,
INE/CG565/2017, INE/CG111/2018, INE/CG32/ 2019, INE/CG164/2020, INE/CG253/2020, I NE/CG254/2020 e INE/CG561/2020,
mediante los cuales se hicieron diversa s modificaciones al Reglamento de Elecciones, así como a sus respectivos Anexos.
VIII. En fecha tres de noviembre de dos mil veinte, en ses ión extraordinaria del Consejo General del Insti tuto Estatal Electoral de
Aguascalientes4, se declaró el inicio del Proceso Electoral Concurrente Ordinario 2020-2021 5, en el que se elegirán las Diputacion es que
integrarán el H. Congreso del Estado, a sí como a quienes constituirán los H. Ayuntamientos del estad o.
IX. En la misma fecha referida en el R esultando que antecede, el Instituto, representado p or el M. en D. Luis Fernando Landeros Ortiz, en s u
carácter de presidente del Consejo General, y el Gobi erno del Estado de Aguascalientes, representado por el gobernador constitucional
del estado, el C.P. Martín Orozco Sandoval , con la intervención de su secretario g eneral de gobierno, el M. en D. Juan Manuel Flores
Femat, suscribieron el “CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL 2020-2021 EN
AGUASCALIENTES (…)”, con el objeto de establecer los compromisos y lineamientos con base en los cuales el Gobierno del Estado de
Aguascalientes prestará su colaboració n y apoyo a este Instituto en la organización y desarrollo de l as actividades atinentes al Proceso
Electoral 2020-2021.
X. En fecha treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto, aprobó el “ACUERDO DEL CONSE JO GENERAL
DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNAN A LAS Y LOS CIUDADANOS QUE INTEGRARÁN LOS
CONSEJOS DISTRITALES Y LOS CONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALES PARA EL PROCESO ELECTORAL CONCURRENTE
ORDINARIO 2020-2021, ASÍ COMO LAS SEDES EN DONDE SE INSTALARÁN CADA UNO DE ESTOS”6, identificado bajo la clave
CG-A-54/2020 y su “ANEXO ÚNICO”.
1 En lo sucesivo “LGIPE ”.
2 En lo sucesivo “Códig o”.
3 En lo sucesivo “Regl amento de Elecciones”.
4 En lo sucesivo “Insti tuto”.
5 En lo sucesivo “Proc eso Electoral 2020-2021”.
6 En lo sucesivo “acuer do CG-A-54/2020”

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