base datos nacional sar
- Circular CONSAR 28-10, Modificaciones y adiciones a las Reglas generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR para el traspaso de cuentas individuales de los trabajadores
- Circular 002/2004 ISSSTE-FOVISSSTE, Modificaciones y adiciones a las Reglas Generales a las que deberán de sujetarse las instituciones de crédito o entidades financieras autorizadas y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para la recepción de aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro de los trabajadores sujetos a la ...
- Circular CONSAR 14-10, Adiciones a las reglas generales que establecen el régimen de comisiones al que deberán sujetarse las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR
- Circular CONSAR 07-9, Modificaciones a las Reglas Generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR para el registro de trabajadores
- Circular CONSAR 22-9, Modificaciones y adiciones a las Reglas Generales sobre la administración de cuentas individuales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR
- Modificaciones a las disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2001 en los que las administradoras de fondos para el retiro, sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro y empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones
- Circular CONSAR 28-6, Modificaciones y adiciones a las reglas generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR para el traspaso de cuentas individuales de los trabajadores
- Circular CONSAR 31-7, Modificaciones y adiciones a las reglas generales que establecen los procesos a los que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para la disposición y transferencia de los recursos depositados en las cuentas individuales de los trabajadores
- Circular CONSAR 07-8, Modificaciones y adiciones a las reglas generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR para el registro de trabajadores
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Vigente
Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados
... Definir los principios y la política nacional en materia de bioseguridad de los OGMs y los ... su utilización y que pueda suponer, con base en criterios técnicos, posibles riesgos para la ... ón que disponga el solicitante sobre datos o resultados de la comercialización del mismo ...
- CIRCULAR CONSAR 31-1, Reglas generales que establecen los procesos a los que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR, para la disposición total y transferencia de los recursos depositados en las cuentas individuales de los trabajadores.
- CIRCULAR CONSAR 07-1, Reglas a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR para el registro de trabajadores.
- CIRCULAR CONSAR 28-1, Reglas a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR para el traspaso de cuentas individuales de los trabajadores.
- CIRCULAR CONSAR 22-1, Reglas generales sobre la administración de las cuentas individuales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR.
- Circular 28-4, relativa a las reglas a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para el traspaso de cuentas individuales de los trabajadores
- Circular CONSAR 19-12 Modificaciones y adiciones a las Reglas Generales a las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR, entreguen a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Continúa de la Tercera Sección)
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Circular consar 19-24, modificaciones y adiciones a las reglas generales las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la base de datos nacional sar, entreguen a la comisión nacional del sistema de ahorro para el retiro
El presente anteproyecto tiene por objeto actualizar y adicionar tres anexos de la Circular CONSAR 19-8 con motivo de la implementación de Fondos Generacionales en el SAR.
- Circular CONSAR 19-11, Modificaciones y adiciones a las reglas generales a las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, entreguen a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Continúa en la Tercera Sección)
- Circular CONSAR 19-11, Modificaciones y adiciones a las reglas generales a las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, entreguen a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Continúa en la Cuarta Sección)
- Circular CONSAR 19-11, Modificaciones y adiciones a las reglas generales a las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, entreguen a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Continúa de la Tercera Sección)
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Circular consar 19-29 modificaciones y adiciones a las reglas generales a las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la base de datos nacional sar, entreguen a la comisión nacional del sistema de ahorro para el retiro.
El presente tiene como finalidad modificar los nexos 75, 77, 78, 118, 119, 121, 123, 141, 143 y 144 y adicionar el anexo 148
- Circular CONSAR 31-6 Modificaciones a las Reglas generales que establecen los procesos a los que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para la disposición y transferencia de los recursos depositados en las cuentas individuales de los trabajadores
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Circular consar 19-26 modificaciones y adiciones a las reglas generales a las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la base de datos nacional sar, entreguen a la comisión nacional del sistema de ahorro para el retiro.
El presente tiene como finalidad modifica el Anexo 142 solo respecto al número de formato, quedando como el formato 355
- Circular CONSAR 42-3, Modificaciones a las reglas generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para la unificación de cuentas individuales
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Circular consar 19-18, modificaciones y adiciones a las
reglas generales a las que deberá sujetarse la
información que las administradoras de fondos para el
retiro, las sociedades de inversión especializadas de
fondos para el retiro, las entidades receptoras y las
empresas operadoras de la base de datos nacional
sar, entreguen a la comisión nacional del sistema de
ahorro para el retiro.
Se adicionan dos Anexos (118 y 119) a fin de contar con la descomposición de vehículos e índices accionarios, inmobiliarios, de deuda y de mercancías en sus distintos componentes, con la finalidad de facilitar el análisis de cumplimiento de la normatividad financiera de las Sociedades de Inversión (Siefores), y se deroga la fracción XXXV de la Reglas Quinta, así como su respectivo Anexo 35.