Acuerdo General de Administración V/2004, del treinta y uno de mayo de dos mil cuatro, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se establecen los requisitos y los procedimientos para la creación de plazas, el otorgamiento de nombramientos y de licencias de los servidores públicos de este ...

DOF. Diario Oficial de la Federación, 16 de Junio 2004

Poder Judicial - Suprema Corte de Justicia de la Nacion

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Acuerdo General de Administración V/2004, del treinta y uno de mayo de dos mil cuatro, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se establecen los requisitos y los procedimientos para la creación de plazas, el otorgamiento de nombramientos y de licencias de los servidores públicos de este ...

ACUERDO General de Administración V/2004, del treinta y uno de mayo de dos mil cuatro, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se establecen los requisitos y los procedimientos para la creación de plazas, el otorgamiento de nombramientos y de licencias de los servidores públicos de este Alto Tribunal, salvo los de sus salas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACION V/2004, DEL TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL CUATRO, DEL COMITE DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA CREACION DE PLAZAS, EL OTORGAMIENTO DE NOMBRAMIENTOS Y DE LICENCIAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE ESTE ALTO TRIBUNAL, SALVO LOS DE SUS SALAS.

El Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, integrado por los señores Ministros Mariano Azuela Güitrón, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Juan Díaz Romero, con fundamento en el punto tercero del Acuerdo Plenario 2/2003 relativo a la creación, atribuciones, funcionamiento e integración de los comités del propio Tribunal Pleno, y

CONSIDERANDO:

PRIMERO. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene, entre otras atribuciones, la de nombrar los comités que sean necesarios para la atención de los asuntos de su competencia;

SEGUNDO. Que el veinte de enero de dos mil tres, el Tribunal Pl...

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