Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 1067/94, relativo a la tercera ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado Dengantzha, Municipio de Francisco I. Madero, Hgo

DOF. Diario Oficial de la Federación, 08 de Abril 2005

Organismos Autonomos - Tribunal Superior Agrario

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Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 1067/94, relativo a la tercera ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado Dengantzha, Municipio de Francisco I. Madero, Hgo

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 1067/94, relativo a la tercera ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado Dengantzha, Municipio de Francisco I. Madero, Hgo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver el juicio agrario número 1067/94, que corresponde al expediente número 2227, relativo a la solicitud de tercera ampliación de ejido, promovida por un grupo de campesinos del poblado denominado Dengantzha , ubicado en el Municipio de Francisco I. Madero, Estado de Hidalgo, en cumplimiento a la ejecutoria dictada el cinco de marzo de dos mil tres, en el juicio de amparo número 945/2001-3, por el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo, interpuesto por Miguel López Bautista y Jaime Cruz Cortés, ejecutoria confirmada por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, en el toca en revisión número 119/2003, el siete de agosto de dos mil tres, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Por Resolución Presidencial del dieciocho de enero de mil novecientos treinta y nueve, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de junio del mismo año, se concedió al poblado denominado Dengantzha , Municipio de Francisco I. Madero, Estado de Hidalgo, por concepto de dotación de tierras, una superficie total de 71-91-12 (setenta y una hectáreas, noventa y una áreas, doce centiáreas) de riego y agostadero susceptible de cultivo, para beneficiar a 13 (trece) capacitados, más la parcela escolar, habiéndose ejecutado la referida resolución, el veintiuno de agosto de mil novecientos treinta y nueve.

Por Resolución Presidencial del trece de noviembre de mil novecientos cuarenta, publicada en el Diario Oficial de la Federación el treinta de diciembre del mismo año, se concedió al poblado de referencia, por concepto de ampliación de ejido, una superficie total de 114-00-00 (ciento catorce hectáreas) de temporal y agostadero en terrenos áridos, para beneficiar a 3 (tres) capacitados, ejecutándose la citada resolución el veintinueve de agosto de mil novecientos cuarenta y ocho.

Por Resolución Presidencial del cinco de enero de mil novecientos sesenta y nueve, publicada en el Diario Oficial de la Federación el ocho de septiembre del mismo año, se negó al poblado que nos ocupa, segunda ampliación de ejido, en virtud de no existir fincas afectables dentro del radio de siete kilómetros.

Por Resolución Presidencial del veinticinco de mayo de mil novecientos ochenta y dos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de julio del mismo año, se concedió al poblado de que se trata, por concepto de segunda ampliación de ejido, una superficie total de 279-61-60 (doscientas setenta y nueve hectáreas, sesenta y un áreas, sesenta centiáreas) de agostadero, para beneficiar a 57 (cincuenta y siete) capacitados, más la unidad agrícola industrial para la mujer, habiéndose ejecutado en su oportunidad.

SEGUNDO.- Mediante escrito del cuatro de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro, un grupo de campesinos radicados en el poblado denominado Dengantzha , ubicado en el Municipio de Francisco I. Madero, Estado de Hidalgo, se dirigió al Gobernador del Estado, solicitando tierras por concepto de tercera ampliación de ejido, para satisfacer sus necesidades agrarias, señalando como probablemente afectable el predio El Montufar .

TERCERO.- Mediante oficio número 10/1119 del tres de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro, la Comisión Agraria Mixta del Estado, previamente a la instauración del expediente, designó al ingeniero Rodrigo López Caracas, para que trasladándose al poblado promovente, llevara a cabo la práctica de trabajos técnicos e informativos, quien rindió su informe el quince de febrero de mil novecientos ochenta y cinco, anexando al mismo, el plano informativo del radio de siete kilómetros del núcleo solicitante, de los que se conoce que dentro del referido radio, se localizan los ejidos definitivos de Mixquiahuala , Tepatepec , San Juan Tepa , Veracruz , Progreso , Jaguey Blanco , Rosario y San Miguel Acambay , así como 316 (trescientos dieciséis) predios rústicos de propiedad particular, que dada su extensión y calidad de tierras, no rebasan el límite de la pequeña propiedad y se encuentran en explotación por sus propietarios; por lo que se refiere al predio El Montufar , señalado por los solicitantes como de probable afectación, el comisionad...

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