Acuerdo que reforma, adiciona y deroga diversos puntos de la Circular/GDF-SSDF-01/06 que contiene los Lineamientos Generales de Organización y Operación de los Servicios de Salud relacionados con la interrupción legal del embarazo en el Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de noviembre de 2006

SECRETARÍA DE SALUD

DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, Secretario de Salud del Distrito Federal, con fundamento en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2°, 7°, 15, fracción VII, 16, fracciones I y IV, 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6°, fracción VII, 15, 16, 17, 24, fracciones I, II, III, IV, VI, VIII, XI, XII, XV, XVII y XXII, 52, 58, 59 de la Ley de Salud del Distrito Federal; 144 y 148 del Código Penal para el Distrito Federal; y 131 Bis del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 4°, establece como garantías individuales el derecho de toda persona a la protección de la salud y a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos; y que es responsabilidad del Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, garantizar su ejercicio para lograr el bienestar físico, mental y social de la mujer y contribuir así al pleno ejercicio de sus capacidades.

Que en México, el aborto además de ser un grave problema de salud pública, se realiza con frecuencia mediante prácticas clandestinas, que constituyen un factor de riesgo que incrementa la morbilidad y mortalidad materna, que no se ve reflejada en los indicadores correspondientes debido al subregistro.

Que existe evidencia científica de que la interrupción del embarazo en sus primeras semanas de gestación, disminuye la morbilidad y mortalidad de las mujeres embarazadas que lo solicitan o requieren, sobre todo si se realiza en condiciones adecuadas de higiene, infraestructura y por personal médico calificado.

Que es atribución de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, en su carácter de órgano rector del Sistema de Salud del Distrito Federal, establecer lineamientos operativos de políticas de salud en beneficio de la población usuaria, tales como la Interrupción Legal del Embarazo (ILE);

Que en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 15 de noviembre de 2006, se publicó la Circular/GDF-SSDF/01/06, que contiene los Lineamientos Generales de Organización y Operación de los Servicios de Salud Relacionados con la Interrupción del Embarazo en el Distrito Federal, especialmente las referidas a las excluyentes de responsabilidad penal para la interrupción del embarazo, orientadas a contribuir en la disminución de las tasas de morbilidad y mortalidad materna, así como a reducir el número de familias desintegradas y la injusticia social, que afecta sobre todo a las mujeres de las clases sociales más desprotegidas.

Que el pasado 26 de abril del 2007 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el "Decreto por el que se reforma el Código Penal para el Distrito Federal y se adiciona la Ley de Salud para el Distrito Federal", que define al Aborto, en el artículo 144 del Código Penal, como la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación, además señala como obligación del Gobierno del Distrito Federal, fortalecer los programas de salud sexual y reproductiva, otorgar atención a las solicitantes de Interrupción del Embarazo y brindar consejería médica y social;

Que el pasado 4 de mayo de 2007 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Acuerdo que reforma, adiciona y deroga diversos puntos de la Circular/GDF-SSDF/01/06 que contiene los Lineamientos Generales de Organización y Operación de los Servicios de Salud Relacionados con la Interrupción del Embarazo en el Distrito Federal, que adiciona los criterios mediante los cuales se realizará la interrupción del embarazo a la mujer de hasta doce semanas de gestación que decida de manera voluntaria, libre y responsable interrumpir su embarazo.

Que con la publicación de la Ley de Salud del Distrito Federal, el 17 de septiembre de 2009, se establece en sus artículos 58 y 59, que las instituciones públicas de salud del Gobierno deberán proceder a la interrupción del embarazo, en forma gratuita y en condiciones de calidad, garantizando la oportuna prestación de los servicios y la permanente disponibilidad de personal de salud no objetor de conciencia en la materia.

Que es responsabilidad de esta Secretaría de Salud, mantener permanentemente actualizados estos lineamientos con base en la experiencia recogida de la práctica cotidiana y de los cambios en la normativa, lo que permitirá seguir proporcionando servicios de interrupción legal del embarazo con estándares de calidad; he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSOS PUNTOS DE LA CIRCULAR/GDFSSDF-01/06 QUE CONTIENE LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD RELACIONADOS CON LA INTERRUPCIÓN LEGAL DEL EMBARAZO EN EL DISTRITO FEDERAL PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 15 DE NOVIEMBRE DE 2006

ÚNICO.- Se reforman las fracciones I a V del punto Tercero, los puntos Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno, Décimo, Décimo Primero, Décimo Segundo, Décimo Tercero, Décimo Cuarto, Décimo Quinto, Décimo Sexto, Décimo Séptimo, Décimo Octavo y Décimo Noveno; se adicionan las fracciones VII y VIII al punto Tercero y el punto Séptimo Bis; se deroga el punto Cuarto Bis, de la CIRCULAR/GDF-SSDF/01/06 que contiene los Lineamientos Generales de Organización y operación de los Servicios de Salud relacionados con la Interrupción del Embarazo en el Distrito...

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