Sentencia ejecutoria de Primera Sala, Amparo en revisión 2671/97, de 01 de Mayo 1998

Suprema Corte de Justicia

Novena Época

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Resumen


AMPARO INDIRECTO. PROMOVIDO CONTRA UNA LEY APLICADA EN UN PROCEDIMIENTO SEGUIDO EN FORMA DE JUICIO, PROCEDE EL SOBRESEIMIENTO SI EL QUEJOSO RECLAMA ÚNICAMENTE LA AFECTACIÓN DE DERECHOS PROCESALES Y NO SUSTANTIVOS.

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Sentencia ejecutoria de Primera Sala, Amparo en revisión 2671/97, de 01 de Mayo 1998

AMPARO INDIRECTO. PROMOVIDO CONTRA UNA LEY APLICADA EN UN PROCEDIMIENTO SEGUIDO EN FORMA DE JUICIO, PROCEDE EL SOBRESEIMIENTO SI EL QUEJOSO RECLAMA ÚNICAMENTE LA AFECTACIÓN DE DERECHOS PROCESALES Y NO SUSTANTIVOS.

AMPARO EN REVISIÓN 2671/97. SALOMÓN COHEN BERAUN.

CONSIDERANDO:

QUINTO.-

Los conceptos de agravio transcritos carecen de eficacia jurídica para revocar la sentencia que se revisa.

El promovente del recurso expone, de forma reiterativa, que el Juez de Distrito pasó por alto que los artículos transitorios reclamados son inconstitucionales, pues al momento de practicarse la visita no eran expedidos por la autoridad legislativa, tal es el caso del Reglamento de Verificación Administrativa para el Distrito Federal, a que debe sujetarse el procedimiento de verificación, lo que provoca según refiere el recurrente, un estado de inseguridad al gobernado ante el proceder de funcionarios y actuaciones inexistentes, violándose inclusive los artículos 14 y 16 constitucionales.

El argumento así propuesto es inoperante, ya que no combate las consideraciones expresadas en la sentencia, y que llevaron a decretar el sobreseimiento en el juicio; por otra parte, si el juzgador no tomó en cuenta las circunstancias que refiere el inconforme, ello obedece a que la actualización de un motivo de improcedencia obliga a sobreseer, con la natural consecuencia de que no se analice el fondo del asunto.

Así, son inatendibles los planteamientos encaminados a demostrar la inconstitucionalidad de los actos reclamados.

Dan sustento a esta consideración, las tesis de jurisprudencia que enseguida se transcriben:

AGRAVIOS INOPERANTES EN LA REVISIÓN. LO SON LOS QUE SE HACEN CONSISTIR EN LA OMISIÓN DEL ESTUDIO DE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN, SI EL JUEZ ESTIMÓ PROCEDENTE EL SOBRESEIMIENTO.-

Si el Juez de Distrito consideró que se habían actualizado dos causales de improcedencia y con base en ellas resuelve sobreseer en el juicio, son inoperantes los agravios que se hacen consistir en la omisión de análisis de su parte de diversos conceptos de violación, pues el sentido del fallo no sólo no lo obligaba abordar tal estudio, sino que lo imposibilitaba para real...

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