Resumen
DOCUMENTOS PRIVADOS PROVENIENTES DE TERCEROS. SU VALOR PROBATORIO CUANDO SON OBJETADOS POR LA PARTE CONTRARIA A SU OFERENTE Y ÉSTA NO OFRECE SU PERFECCIONAMIENTO.
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Sentencia nº 20221 de Tribunales Colegiados del Circuito, Sentencias Ejecutorias, Sentencia ejecutoria de Tribunales Colegiados de Circuito, Amparo directo 193/2007, del 01 de Julio del 2007, de 01 de Julio 2007
DOCUMENTOS PRIVADOS PROVENIENTES DE TERCEROS. SU VALOR PROBATORIO CUANDO SON OBJETADOS POR LA PARTE CONTRARIA A SU OFERENTE Y ÉSTA NO OFRECE SU PERFECCIONAMIENTO.
AMPARO DIRECTO 193/2007.CONSIDERANDO:QUINTO. En principio, debe decirse al quejoso que las manifestaciones que realiza en sus conceptos de violación en relación al contenido de los artículos 14 y 16 constitucionales y las garantías individuales tuteladas por los mismos, se trata únicamente de datos de ilustración y no de conceptos de agravio.Ahora bien, resulta infundado el argumento que esgrime el impetrante en torno a que la Sala responsable incurrió en una indebida fundamentación y motivación del acto reclamado.Al respecto, cabe aclarar que el quejoso hace depender esa indebida motivación y fundamentación, de que tal autoridad no apoyó sus puntos resolutivos en preceptos o principios jurídicos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14 constitucional, lo cual más bien implica una ausencia o falta de cumplimiento en la fundamentación y no un indebido o incorrecto cumplimiento de la misma, pero contrariamente a lo que alega el impetrante del contenido de la resolución impugnada se advierte que la ad quem sí fundó e incluso motivó dicho fallo, puesto que precisó los preceptos legales en los que se apoyó para resolver en el ...Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados


