Reglamento del Servicio de Parquímetros para El Municpio de Colima, Col

Fecha de disposición30 Noviembre 2002
Fecha de publicación30 Noviembre 2002
SecciónAnexos
Número de Gaceta54

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COLIMA, COL.

REGLAMENTODEL SERVICIO DE PARQUIMETROS PARA EL MUNICIPIO DE COLIMA.

ENRIQUE MICHEL RUIZ, Presidente Municipal de Colima, con las facultades que me otorga la Ley del Municipio Libe en su Artículo 47, Fracción I, inciso a), a sus habitantes hace saber:

Que en Sesión Ordinaria celebrada el 16 de octubre de 2002, el Honorable Cabildo Municipal de Colima, aprobó por mayoría el siguiente acuerdo A C U E R D OREGLAMENTO DEL SERVICIO DE PARQUIMETROS PARA EL MUNICIPIO DE COLIMA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

PRIMERO.-

Con fundamento en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 87 de la Constitución Local, los Municipios tienen la facultad de expedir reglamentos que organicen la Administración Pública Municipal, que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, y que aseguren la participación ciudadana.

Derivado de la problemática existente por la falta de estacionamiento en el Centro de la Ciudad de Colima, se ha considerado oportuno normar esta actividad, a efecto de que la ciudadanía goce de mejores condiciones que le faciliten el acceso a estas áreas, ya que a consecuencia del explosivo crecimiento del parque vehicular y la alta concentración de actividades públicas, comerciales, administrativas y turísticas en el centro de la ciudad, se ha originado una gran demanda de estacionamiento en la vía pública.

Por ser responsabilidad de este Gobierno Municipal, establecer acciones y mecanismos que controlen y aseguren un servicio adecuado del estacionamiento en la vía pública, consideramos que, con la implementación del sistema de aparatos medidores de tiempo, denominados estacionómetros o parquímetros en las vías públicas, se contribuye a la solución de este problema, al generar el estacionamiento rotativo y de corta duración, incrementando el aprovechamiento de los escasos cajones disponibles. De lo anterior se desprende la necesidad de contar con un ordenamiento jurídico municipal adecuado, que regule de manera específica el servicio medido de estacionamiento en la vía pública.

SEGUNDO.-

Que es facultad del Ayuntamiento elaborar, expedir, reformar, adicionar y abrogar reglamentos que organicen la Administración Pública Municipal, regulen materias, procedimientos, funciones o servicios de su competencia, por lo que es de interés de la actual Administración Pública Municipal, crear los ordenamientos legales necesarios a fin de brindar mejores condiciones de vida de los habitantes del Municipio de Colima, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

El Reglamento del Servicio de Parquímetros para el Municipio de Colima, en consecuencia, se encuentra integrado por nueve capítulos, que contienen 36 artículos y 4 transitorios, los cuales se enuncian a continuación:

I.

El Capítulo Primero denominado "Disposiciones Generales", se refiere al carácter público de este ordenamiento, al objeto, y a mencionar a las autoridades que son competentes para la aplicación del mismo, así como las facultades que les corresponden a cada una de ellas.

II.

El Capítulo Segundo titulado "Del Servicio Medido en la Vía Pública", concierne a las condiciones generales sobre las que deberá sujetarse tal servicio, para que se preste de manera eficiente a los usuarios.

III.

Las Infracciones, las Sanciones y la Aplicación de éstas, quedan establecidas en los capítulos Tercero, Cuarto y Quinto, de los cuales, se desprenden las conductas que constituyen la inobservancia a las disposiciones de este ordenamiento, determinándose las sanciones y el procedimiento a seguir para la aplicación de las mismas.

IV.

El Capítulo Sexto "De los Medios de Impugnación", establece los medios de defensa que el ciudadano puede hacer valer en contra de la imposición de infracciones que considere contravienen a sus intereses.

V.

El Capítulo Séptimo "De las Notificaciones" prevé lo relativo al procedimiento a seguir para las notificaciones personales, las que deberán atender lo dispuesto en el Capitulo IV de la Ley de lo Contencioso Administrativo del Estado de Colima.

  1. "La Inspección y Vigilancia", se encuentra precisada en el Capítulo Octavo, en que se establecen las atribuciones de las Comisiones Municipales encargadas de vigilar la prestación del Servicio medido de estacionamiento en la vía pública, con la finalidad de garantizar la generalidad, la suficiencia y continuidad del Servicio de Parquímetros; y, por último, el capítulo Noveno denominado "Prevenciones Generales" señala la facultad para adicionar, reformar o derogar este ordenamiento, requiriendo para ello la aprobación por mayoría del H. Cabildo, de acuerdo en lo previsto en la fracción VI del artículo de la ley del Municipio Libre para el Estado de Colima.

Habiendo enunciado previamente los capítulos que conforman esta iniciativa de Reglamento, se concluye que este ordenamiento es acorde con los principios establecidos en el artículo 115 de la Constitución General y 87 de la Constitución Local, ya que regula la organización y el funcionamiento del servicio de estacionamiento de tiempo medido en la vía pública.

Por lo anteriormente expuesto es que se aprueba el presente A C U E R D O:

PRIMERO:

Es de aprobarse y se aprueba el Reglamento del Servicio de Parquímetros para el Municipio de Colima, para quedar como sigue:

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE PARQUÍMETROS PARA EL MUNICIPIO DE COLIMA CAPÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1°

El presente Reglamento es de orden público y de observancia general en el Municipio de Colima, y tiene como objetivo regular la prestación y funcionamiento del estacionamiento de los vehículos de propulsión mecánica o motorizada en la vía pública, a través de los aparatos denominados parquímetros.

ARTÍCULO 2°

El estacionamiento de vehículos en la vía pública del Municipio de Colima, es libre y para beneficio de todos sus habitantes, en principio, pero, en las zonas de mayor afluencia de usuarios del servicio de estacionamiento, el Ayuntamiento reglamentará el uso de estos lugares, mediante la instalación de aparatos medidores de tiempo, a efecto de que sean utilizados por un mayor número de automovilistas, cobrando por este servicio la cuota que señale la Ley de Hacienda del Municipio de Colima.

ARTÍCULO 3°

Para los efectos del presente ordenamiento se entenderá por:

AYUNTAMIENTO.-

El H. Ayuntamiento Constitucional de Colima.

ÁREA SUJETA A CONTROL.-

La determinada por el Ayuntamiento para la operación de parquímetros, misma que, previo acuerdo, se podrá ampliar, reducir, reubicar, o, en su caso, habrán de autorizarse los cambios de aparatos necesarios en cualquier momento.

DEPARTAMENTO.-

El Departamento de Servicio Medido de Estacionamiento en la Vía Pública.

ESTACIONAMIENTO PÚBLICO.-

Espacio de propiedad pública autorizado por el Ayuntamiento, que se ofrece al público para el estacionamiento de vehículos y por cuya utilización se cobra una tarifa.

MUNICIPIO.-

El Municipio de Colima.

PARQUÍMETRO O ESTACIONÓMETRO.-

Aparato medidor de tiempo, que facilita el cobro de la tarifa correspondiente por el estacionamiento de vehículos en la vía pública.

PRESIDENTE.-

El Presidente Municipal.

TESORERÍA.-

La Tesorería Municipal.

DIRECCION DE TRANSITO.-

La Dirección General de Tránsito y Vialidad Municipal.

ARTÍCULO 4°

Las autoridades competentes para la aplicación y vigilancia del presente Reglamento son:

I.

El Ayuntamiento;

II.

El Presidente;

  1. La Tesorería;

  2. La Dirección de Tránsito; y V.

El juez calificador, El Jefe del Departamento y el personal de inspección.

ARTÍCULO 5°

Son facultades del Ayuntamiento las siguientes:

I.-

Aprobar los términos, condiciones y modificaciones sobre las cuales se deberá prestar el servicio de estacionamiento en la vía pública en el Municipio;

II.-

Vigilar por conducto de las Comisiones de Hacienda municipal y de Seguridad Pública, Tránsito y Transporte, el cumplimiento de estas disposiciones reglamentarias; y III.-

Las demás que los ordenamientos legales le confieren al Ayuntamiento y que se requieran para la eficiente prestación del servicio.

ARTÍCULO 6°

Le corresponde al Presidente, dictar las medidas administrativas necesarias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR