NOM-024-SSA3-2012: Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud. Intercambio de Información en Salud.
Dependencia | Secretaría de Comunicaciones y Transportes |
Clave | NOM-024-SSA3-2012 |
Tipo de norma | Definitiva |
Rama de la Actividad Económica | Actividades del Gobierno |
Producto | Servicios Médicos |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. GERMAN ENRIQUE FAJARDO DOLCI, Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3, fracciones II y XII, 5, 7, fracción X, y 13, apartado A, fracción I, 45 y 47 de la Ley General de Salud; 38, fracción II, 40, fracciones III y XI, 41, 43, 44, primer párrafo, 47, fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 33 y 40 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 8, fracciones V y XVI, 9, fracciones IV Bis, XIV y 24, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito expedir y ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación, de la:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-024-SSA3-2012, SISTEMAS DE INFORMACION DE REGISTRO ELECTRONICO PARA LA SALUD. INTERCAMBIO DE INFORMACION EN SALUD
CONSIDERANDOS
Que con fecha 8 de septiembre de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2010, Que establece los objetivos funcionales y funcionalidades que deberán observar los productos de Sistemas de Expediente Clínico Electrónico para garantizar la interoperabilidad, procesamiento, interpretación, confidencialidad, seguridad y uso de estándares y catálogos de la información de los registros electrónicos en salud, entrando en vigor 60 días después de su publicación.
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, dentro del año siguiente a la entrada en vigor de la mencionada Norma Oficial Mexicana, el Comité Consultivo Nacional de Normalización respectivo, podrá solicitar a la dependencia responsable de su emisión que se analice su aplicación, efectos y observancia, a fin de determinar las acciones que mejoren su aplicación y si procede o no su modificación.
Que del análisis de la aplicación, efectos y observancia de la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2010, la Secretaría de Salud, por conducto de la Dirección General de Información en Salud, determinó modificar el alcance de su contenido, aunado a la adición del artículo 109 Bis a la Ley General de Salud, publicado el 16 de enero de 2012 en el Diario Oficial de la Federación.
Que en la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2010 es necesario un Procedimiento de Evaluación de la Conformidad detallado que permita certificar en su totalidad los Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud, en Intercambio de Información en Salud.
Que con fecha 15 de agosto de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, para su consulta pública, el Proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2010, Que establece los objetivos funcionales y funcionalidades que deberán observar los productos de Sistemas de Expediente Clínico Electrónico para garantizar la interoperabilidad, procesamiento, interpretación, confidencialidad, seguridad y uso de estándares y catálogos de la información de los registros electrónicos en salud; para quedar como Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-024-SSA3-2012, Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud. Intercambio de Información en Salud.
Que mediante oficio número COFEME12/2497 de 23 de agosto de 2012 la Comisión Federal de Mejora Regulatoria emitió Dictamen Total, que surte los efectos de un Dictamen Final, respecto a lo previsto por el artículo 69-L, segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, sobre el anteproyecto denominado Proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2010, Que establece los objetivos funcionales y funcionalidades que deberán observar los productos de Sistemas de Expediente Clínico Electrónico para garantizar la interoperabilidad, procesamiento, interpretación, confidencialidad, seguridad y uso de estándares y catálogos de la información de los registros electrónicos en salud; para quedar como Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-024-SSA3-2012, Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud. Intercambio de Información en Salud, a fin de que se continúe con los trámites para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Que con fecha previa se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos, respecto del proyecto antes mencionado.
PREFACIO
En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron:
SECRETARIA DE SALUD
SUBSECRETARIA DE INTEGRACION Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD
Dirección General de Calidad y Educación en Salud
Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud
Dirección General de Información en Salud
Dirección General de Evaluación del Desempeño
Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
Dirección General de Tecnologías de la Información
SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y PROMOCION DE LA SALUD
Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades
Dirección General de Epidemiología
CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL
COMISION NACIONAL DE ARBITRAJE MEDICO
COMISION NACIONAL DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD
COMISION NACIONAL DE BIOETICA
COMISION FEDERAL PARA LA PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS
COMISION COORDINADORA DE INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD Y HOSPITALES DE ALTA ESPECIALIDAD
Dirección General de Coordinación de los Hospitales Federales de Referencia
HOSPITAL JUAREZ DE MEXICO
INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MEDICAS Y NUTRICION
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION
INSTITUTO NACIONAL DE PSIQUIATRIA
INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL
Sección de Estudios de Posgrado e Investigación de la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Unidad Culhuacán
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
Facultad de Medicina
Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación
INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE
SECRETARIA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARIA DE SALUD DE GUANAJUATO
SECRETARIA DE SALUD DE GUERRERO
SECRETARIA DE SALUD DE JALISCO
INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MEXICO
SERVICIOS DE SALUD DE MORELOS
SECRETARIA DE SALUD DE NUEVO LEON
SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERETARO
SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
SECRETARIA DE SALUD DEL ESTADO DE TLAXCALA
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
Dirección Médica
Dirección de Tecnología y Desarrollo Institucional
INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOS
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Dirección de Prestaciones Médicas
Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
PETROLEOS MEXICANOS
Subdirección Corporativa de Servicios Médicos
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
Coordinación del Sistema Nacional e-México
SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SECRETARIA DE GOBERNACION
Dirección General del Registro de Población e Identificación Personal
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
Dirección General de Sanidad Militar
Dirección General de Informática
SECRETARIA DE MARINA
Dirección General de Sanidad Naval
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
ASOCIACION MEXICANA DE FACULTADES Y ESCUELAS DE MEDICINA
ASOCIACION MEXICANA DE HOSPITALES, A.C.
ASOCIACION NACIONAL DE HOSPITALES PRIVADOS, A.C.
CAMARA NACIONAL DE COMERCIO, SERVICIOS Y TURISMO DE LA CIUDAD DE MEXICO
COLEGIO NACIONAL DE ENFERMERAS, A.C.
CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
CONSEJO NACIONAL DE POBLACION
FUNDACION MEXICANA PARA LA SALUD, A.C.
SOCIEDAD MEXICANA DE SALUD PUBLICA A.C.
INDICE
-
Introducción
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Objetivo y campo de aplicación
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Referencias
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Definiciones
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Abreviaturas
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Generalidades
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Especificaciones
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Procedimiento de Evaluación de la Conformidad
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Concordancia con normas internacionales y mexicanas
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Bibliografía
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Vigilancia
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Vigencia
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Apéndice Normativo A "Matriz de catálogos fundamentales"
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Introducción
El Intercambio de Información entre Prestadores de Servicios de Salud en nuestro país es un requerimiento esencial para otorgarle continuidad a la atención médica entre los mismos. El avance tecnológico que presenta la informática médica posibilita que los Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud, entre los que se encuentran los Expedientes Clínicos Electrónicos, puedan intercambiar información útil con este objetivo, además de permitir explotar información de salud pública, lo que facilita la toma de decisiones en el sector.
La Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2010 Que establece los objetivos funcionales y funcionalidades que deberán observar los productos de Sistemas de Expediente Clínico Electrónico para garantizar la interoperabilidad, procesamiento, interpretación, confidencialidad, seguridad y uso de estándares y catálogos de la información de los registros electrónicos en salud, fue publicada el 8 de septiembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación y entró en vigor 60 días posteriores a su publicación. Sin embargo, del análisis de la aplicación, efectos y observancia de la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2010, la Secretaría de Salud, por conducto de la Dirección General de Información en Salud, ha detectado la necesidad de especificar a cabalidad los estándares a los que la Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2010 hace referencia, tales como Guías de Implementación y Catálogos de Terminología. Se prevé mejorar la redacción y estructura para facilitar la comprensión, interpretación, aplicación y evaluación de...
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