Ley de Pensiones para los Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento del Municipio de Oaxaca de Juárez

Códigos Estatales

Última modificación 03/10/1992

Enlazado como:



Extracto


Ley de Pensiones para los Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento del Municipio de Oaxaca de Juárez

Última reforma publicada en el Periódico Oficial del 3 de octubre de 1992.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca, el sábado 16 de diciembre de 1978.

DECRETO NUMERO 93.

ELISEO JIMENEZ RUIZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, a sus habitantes hace saber:

Que la H. Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:

LA QUINCUAGESIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

DECRETA:

LEY DE PENSIONES PARA LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUAREZ.

ARTICULO 1.- La presente Ley se aplicará:

I.- A los trabajadores del H. Ayuntamiento.

II.- A los pensionistas del H. Ayuntamiento.

III.- A los familiares tanto de los trabajadores como de los pensionistas.

ARTICULO 2.- Para los efectos de esta Ley se entiende:

I.- Por trabajador, a toda persona que habiendo cumplido 14 años preste sus servicios en el H. Ayuntamiento, mediante designación legal, siempre que sus sueldos y cargos estén comprendidos en el presupuesto respectivo.

No se considerará como trabajadores a las personas que presten servicios eventuales o a las que perciban sus emolumentos con cargo a la partida de honorarios.

II.- Por pensionista, a toda persona a la que el H. Ayuntamiento le hubiera reconoc...

Ver el contenido completo de este documento


Si ya es cliente de vLex, acceda aquí



Cargando preview de artículo ... cerrar