Cuotas mensual y anual que deberán cubrir por concepto de gastos de inspección y vigilancia correspondientes al año 2003, los almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero y casas de cambio
DOF. Diario Oficial de la Federación, 21 de Mayo 2003
Poder Ejecutivo - Secretaria de Hacienda y Credito Publico
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