Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal

DOF. Diario Oficial de la Federación, 12 de Julio 2004

Poder Ejecutivo - Secretaria de Economia

Enlazado como:



Extracto


Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal

ACUERDO por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

FERNANDO DE JESUS CANALES CLARIOND, Secretario de Economía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7, 8, 14, 26, 28 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 7 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, 4, 5 fracción XVI y 23 fracciones IX, X y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y tomando en cuenta las opiniones de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que el 30 de noviembre de 2000, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto de los importados, tratándose de procedimientos de contratación de carácter internacional;

Que los tratados de libre comercio, en los que los Estados Unidos Mexicanos han suscrito un título o capítulo dentro del cual se ha considerado una cobertura en materia de compras del sector público, incluyen disposiciones en materia de trato nacional no discriminatorio, que establecen que cada una de las Partes otorgará a los bienes de otra Parte, a los proveedores de dichos bienes y a los proveedor...

Ver el contenido completo de este documento