Ley de planeacion para el desarrollo del Estado de Puebla

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Última modificación 22/04/2005

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Ley de planeacion para el desarrollo del Estado de Puebla

LEY DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE PUEBLA

ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 22 DE ABRIL DE 2005.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Puebla, el sábado 31 de diciembre de 1983.

PODER LEGISLATIVO

GOBIERNO DEL ESTADO

DECRETO del H. Congreso del Estado que aprueba la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla.

Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos.- H. Congreso del Estado.- Puebla.

GUILLERMO JIMENEZ MORALES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a los habitantes del mismo sabed:

Que por la Secretaría del H. Congreso se me ha dirigido el siguiente:

EL HONORABLE XLVIII CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA,

C O N S I D E R A N D O :

Que por oficio número 6852 de fecha 8 de Diciembre de 1983, el C. Lic. Guillermo Jiménez Morales, Gobernador del Estado, sometió a la consideración de este Congreso, la Iniciativa de Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla.

Que para cumplir con lo que disponen los Artículos 64 fracción I de la Constitución Política Estatal, 99 y 105 de la Ley Orgánica y Reglamentaria de este Poder Legislativo, se turnó dicha Iniciativa a la Comisión de Obras Públicas, Planificación Urbana, Fomento y Desarrollo; la que en Sesión Pública celebrada en este día, emitió su Dictamen en el sentido de que debería aprobarse.

Que la Constitución Política del Estado de Puebla, en sus artículos 107 y 108, recoge la voluntad popular, convirtiendo a la planeación en instrumento de reforma social, permitiendo que los cambios se realicen y perduren por medio del derecho. Su contenido refleja los avances sociales que el pueblo ha logrado, consolidando las transformaciones en marcha, así como la incorporación de las exigencias de la voluntad mayoritaria, en expresión de su soberanía.

Que para hacer más justa nuestra vida colectiva, para transformar la realidad social de manera ordenada y racional, para modificar la realidad de acuerdo a los valores del proyecto nacional y para dar respuesta a los desafíos de nuestro tiempo, resulta impostergable legislar sobre planeación para el desarrollo del Estado y de sus Municipios.

QUE por planeación debe entenderse el esfuerzo encaminado a racionalizar los recursos, mejorando los procesos productivos y a...

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