Acuerdo por el que se delegan facultades para autorizar trámites migratorios y ejercer diversas atribuciones previstas en la Ley General de Población y su Reglamento en favor del Delegado Regional del Instituto Nacional de Migración en el Distrito Federal, así como del Director de no Inmigrantes e Inmigrantes, de los Subdelegados Regionales, ...

DOF. Diario Oficial de la Federación, 20 de Diciembre 2000

Poder Ejecutivo - Secretaria de Gobernacion

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Acuerdo por el que se delegan facultades para autorizar trámites migratorios y ejercer diversas atribuciones previstas en la Ley General de Población y su Reglamento en favor del Delegado Regional del Instituto Nacional de Migración en el Distrito Federal, así como del Director de no Inmigrantes e Inmigrantes, de los Subdelegados Regionales, ...

ACUERDO por el que se delegan facultades para autorizar trámites migratorios y ejercer diversas atribuciones previstas en la Ley General de Población y su Reglamento en favor del Delegado Regional del Instituto Nacional de Migración en el Distrito Federal, así como del Director de no Inmigrantes e Inmigrantes, de los Subdelegados Regionales, Delegados Locales, Subdirectores, Subdelegados Locales y Jefes de Departamento, en el ámbito territorial de su competencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Instituto Nacional de Migración.

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES PARA AUTORIZAR TRAMITES MIGRATORIOS Y EJERCER DIVERSAS ATRIBUCIONES PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE POBLACION Y SU REGLAMENTO EN FAVOR DEL DELEGADO REGIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACION EN EL DISTRITO FEDERAL, ASI COMO DEL DIRECTOR DE NO INMIGRANTES E INMIGRANTES, DE LOS SUBDELEGADOS REGIONALES, DELEGADOS LOCALES, SUBDIRECTORES, SUBDELEGADOS LOCALES Y JEFES DE DEPARTAMENTO, EN EL AMBITO TERRITORIAL DE SU COMPETENCIA.

ALEJANDRO CARRILLO CASTRO, Comisionado del Instituto Nacional de Migración, por acuerdo del C. Subsecretario de Población y de Servicios Migratorios, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 16, 17 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 7o. y demás relativos de la Ley General de Población; 1o., 2o., 4o., 89, 91 fracción I, 99, 159 y 174 de su Reglamento; 1o., 4o., 30, 31, 32 y 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; y 1o., 3o., 4o. y 5o. del Acuerdo por el que se delegan facultades en favor del Subsecretario de Población y de Servicios Migratorios y del Comisionado del Instituto Nacional de Migración, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de ...

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