Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo., de 21 de Febrero de 2017

Que reforma el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Luis Ernesto Munguía González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Luis Ernesto Munguía González, miembro del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, y en apego a las facultades y atribuciones conferidas por los artículos 71, fracción II, y 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y; los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a la consideración de esta asamblea, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 76 de la Ley Federal de Trabajo, aumentando de seis a quince el número de días mínimo anual al que tienen derecho los trabajadores a los que se refiere el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo la siguiente Exposición de Motivos

En países como Alemania, Francia, Suecia, Dinamarca, Islandia o el Reino Unido, los trabajadores gozan de 25 a 28 días laborables de vacaciones pagadas por año. Los países menos privilegiados en este sentido, como lo son Bolivia, Guatemala, Venezuela o Chile, gozan de periodos de 15 días laborables de vacaciones pagadas. Su caso es muy desafortunado si se les compara con los países europeos. Después de ello vienen una serie de países en que la legislación concede mínimos de 13, 12, 10, 8 días de vacaciones pagadas. Olvidados, en el fondo de la tabla, están los trabajadores de México, con sus 6 deprimentes días laborables de vacaciones anuales, acompañado únicamente por China, Nigeria, Tailandia y Filipinas, países con notables tradiciones de explotación laboral. 1 A eso hay que sumarle que en México existe una semana laboral de 6 días, con uno sólo de descanso, en contraste con las naciones en las que la semana laboral es de 5 días.

Habrá quien piense que 6 días de vacaciones pagadas al año son decorosos, puesto que en México hay muchos días de asueto oficiales, pero, de acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo, en realidad son sólo 7: el 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración de la promulgación de la Constitución, el tercer lunes de marzo en conmemoración del natalicio de Benito Juárez, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración de la Revolución Mexicana y el 25 de diciembre. Prácticamente cualquier país del mundo tiene más días de...

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