Iniciativa Legislativa De la Dip. Gloria Bautista Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con proyecto de decreto por el que se adiciona el párrafo sexto al artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de interculturalidad., de 10 de Junio de 2015

GLORIA BAUTISTA CUEVAS , Diputada Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión,integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona el párrafo sexto al artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , con base en lo siguiente:

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

La inclusión de este concepto fundamental que es parte del ejercicio de los derechos humanos establecidos en la Constitución y los tratados internacionales es imprescindible para participar en el desarrollo económico, social, cultural y político ydisfrutar de él.

Indudablemente, existen varios instrumentos jurídicos internacionales que fundamentan las razones de contar con una disposición constitucional como la que se propone en este proyecto de decreto, tanto en el marco de tratados internacionales, resoluciones y declaraciones del sistema de Naciones Unidas y Programas de Acción derivados de las grandes conferencias internacionales sobre desarrollo de la última década del siglo XX, en temas específicos como los derechos humanos, los derechos políticos y civiles, los derechos económicos, sociales y culturales, los derechos ambientales, la migración, la población, la diversidad cultural y el diálogo intercultural.

Por su parte, el tema vinculado con la pluriculturalidad y su enfoque intercultural se ha circunscrito únicamente al contexto de los pueblos indígenas y deja de lado otros sujetos sociales que también forman parte de este gran mosaico social, como lo son los afromexicanos, afrodescendientes, migrantes, comunidades de distinto origen nacional, comunidades campesinas y urbanas, incluso la población monolingüe y monocultural.

La utilización de términos como la integración, asimilación, tolerancia y multiculturalismo están por sí rebasados de la dinámica actual frente al concepto de reconocimiento de la otredad, para lo cual es imprescindible incluirse en el marco constitucional de manera adecuada. De ahí que aspectos como la educación intercultural, la salud intercultural, la alimentación intercultural, la comunicación intercultural, el...

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