NOM-189-SCFI-2012: Chile Habanero de la Península de Yucatán (Capsicum Chinense Jacq.)-Especificaciones y Métodos de Prueba.

DependenciaSecretaría de Comunicaciones y Transportes
ClaveNOM-189-SCFI-2012
Tipo de normaDefinitiva
Rama de la Actividad EconómicaAgricultura
ProductoChile habanero

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SCFI-2012 CHILE HABANERO DE LA PENINSULA DE YUCATAN (CAPSICUM CHINENSE JACQ.)-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA.

Christian Turégano Roldán, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio (CCNNSUICPC), con fundamento en los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracciones XII y XV, 46, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I, XIV y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO

Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar los aspectos de seguridad e información comercial para lograr una efectiva protección del consumidor;

Que con fecha 24 de mayo de 2012, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó la publicación del proyecto de norma oficial mexicana PROY-NOM-189-SCFI-2012, "Chile Habanero de la Península de Yucatán (Capsicum chinense Jacq.) Especificaciones y métodos de prueba", la cual se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2012, con objeto de que los interesados presentaran sus comentarios;

Que la manifestación de impacto regulatorio a que hace referencia el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, fue sometida a la consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, emitiéndose el dictamen final aprobatorio por parte de dicha Comisión el 08 de junio de 2012;

Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho proyecto de norma oficial mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron comentarios, conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, sobre el contenido del citado proyecto de norma oficial mexicana, por lo que se realizaron las modificaciones conducentes;

Que con fecha 28 de septiembre de 2012, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó por unanimidad la norma oficial mexicana NOM-189-SCFI-2012, Chile Habanero de la Península de Yucatán (Capsicum chinense Jacq.) Especificaciones y métodos de prueba;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, expide la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-189-SCFI-2012, Chile Habanero de la Península de Yucatán (Capsicum Chinense Jacq.)-Especificaciones y métodos de prueba.

México, D.F., a 29 de octubre de 2012.- El Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, Christian Turégano Roldán.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SCFI-2012 CHILE HABANERO DE LA PENINSULA DE YUCATAN (Capsicum chinense Jacq.)-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA

PREFACIO

En la elaboración de la presente norma oficial mexicana participaron las siguientes empresas e instituciones:

- AGROINDUSTRIAS PIKANTU, S.P.R DE R.L. DE C.V.

- AGROINDUSTRIA YUCATECA, S.P.R. DE R.L.

- ALIMENTOS Y ADEREZOS DEL SURESTE, S.A. DE C. V.

- ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A. C.

- CENTRO DE INVESTIGACION CIENTIFICA DE YUCATAN, A. C. Unidad de Bioquímica y Biología Molecular de Plantas.

- CENTRO DE LA INDUSTRIA DE LA TECNOLOGIA DE LA INFORMACION, A.C.

- CENTRO DE INVESTIGACION Y ASISTENCIA EN TECNOLOGIA Y DISEÑO DEL ESTADO DE JALISCO, A. C.

Unidad Sureste.

- CONSEJO QUINTANARROENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGIA.

- CONSEJO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DEL ESTADO DE YUCATAN

- CONSEJO DE FOMENTO Y PROMOCION DEL COMITE SISTEMA PRODUCTO CHILE DE LA PENINSULA DE YUCATAN.

- CONSEJO ESTATAL DE PRODUCTORES DE CHILE DEL ESTADO DE CAMPECHE.

- CONSEJO ESTATAL DE PRODUCTORES DE CHILE DE YUCATAN, S.C.

- CONSEJO ESTATAL DE PRODUCTORES DE CHILE DEL ESTADO DE QUINTANA ROO.

- COMITE SISTEMA PRODUCTO CHILE DEL ESTADO DE CAMPECHE.

- COMITE SISTEMA PRODUCTO CHILE DEL ESTADO DE YUCATAN.

- COMITE SISTEMA PRODUCTO CHILE DEL ESTADO DE QUINTANA ROO.

- COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE PRODUCTOS AGRICOLAS Y PECUARIOS (CTNN_PAP).

- CHILE HABANERO DE YUCATAN, A. C.

- EL YUCATECO, SALSAS Y CONDIMENTOS, S. A DE C. V.

- FUEGO MAYA, S.P.R. DE R.I.

- FUNDACION PRODUCE YUCATAN, A. C.

- HABANERO CHAKAN, S.A de C.V.

- HIDROPONIA MAYA, S. A de C. V.

- IIK HABANERO, S.A. DE C.V.

- INDUSTRIA AGRICOLA MAYA, S.A. DE C.V.

- INVERNADEROS SANTA MARIA, S.C. DE R.L.

- INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES, AGRICOLAS Y PECUARIAS (INIFAP). CIR-SURESTE.

- INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (IMPI). Oficina Regional Sureste.

- INSTITUTO TECNOLOGICO DE CONKAL.

- INSTITUTO TECNOLOGICO DE MERIDA.

- INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE CARRILLO PUERTO.

- INVERNADEROS MAYAPAN, DE S.P.R. DE R.L. DE C.V.

- LA ANITA CONDIMENTOS Y SALSAS, S. A. de C. V.

- MAYA VEGETALES, S.A. DE C.V.

- MAYAN FOODS, S. A DE C. V.

- NEWMAN AND NEWMAN LTD, S. A. de C.V.

- OFICIALIA MAYOR DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS DE CAMPECHE, QUINTANA ROO Y YUCATAN.

- PICAN Y REPICAN CHILES DE DZITYA, S.P.R. DE R.L. DE C.V.

- PICANTES DEL MAYAB, S.P.R. DE R.L. DE C.V.

- PRODUCTOS LA EXTRA, S.A. de C. V.

- PROMOTORA AGROINDUSTRIAL DE YUCATAN, S.A. de C. V.

- QUIPRI, SDR.

- SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION (SAGARPA).

Subsecretaría de Agricultura.

Dirección General de Fomento a la Agricultura.

Delegación de la SAGARPA en el Estado de Yucatán.

Dirección Regional Peninsular de ASERCA.

Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO).

Comité Estatal de Sanidad Vegetal de Yucatán

- SECRETARIA DE FOMENTO AGROPECUARIO Y PESQUERO DEL ESTADO DE YUCATAN.

Dirección de Planeación Agropecuaria y Pesca.

- SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

- SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL E INDIGENA, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO.

- SECRETARIA DE ECONOMIA.

Dirección General de Normas.

Delegación Estatal de la SE en Yucatán.

- SERVICIO NACIONAL DE INSPECCION Y CERTIFICACION DE SEMILLAS.

- UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN.

- YUCATAN PROCESSING INDUSTRY, S.A. DE C.V.

INDICE DEL CONTENIDO

Contenido

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Símbolos y abreviaturas

  6. Clasificación y designación del producto

  7. Disposiciones generales

  8. Especificaciones

  9. Inocuidad

  10. Aditivos

  11. Muestreo

  12. Métodos de Prueba

  13. Información Comercial

  14. Evaluación de la Conformidad

  15. Verificación y Vigilancia

  16. Bibliografía

  17. Concordancia con Normas Internacionales

    Apéndice normativo "A"

    Transitorio

  18. Introducción

    La emisión de la presente norma oficial mexicana complementa el esquema regulatorio de conformidad con la Declaratoria General de Protección de la Denominación de Origen "Chile Habanero de la Península de Yucatán", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2010, en lo sucesivo referida como "la Declaratoria" comprendiendo los estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán, en lo sucesivo referidos como "la Península de Yucatán" y con la fracción XV del artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

    El Chile Habanero (Capsicum chinense Jacq.), es uno de los principales cultivos de la agricultura de la Península de Yucatán cuya producción lo convierte en un producto tradicional con el que identifican a la región en todo el mundo. Generalmente, su fruto se comercializa en fresco para consumo directo, como materia prima para uso industrial y para la elaboración de productos terminados.

    El mercado nacional e internacional distingue al Chile Habanero que se produce en la Península de Yucatán, entre los provenientes de otras zonas productoras, por sus características de sabor, aroma, pungencia, color y vida de anaquel, debiéndose éstas a las condiciones especiales de la región, tales como: el clima, suelo y ubicación geográfica.

  19. Objetivo y campo de aplicación

    La presente norma oficial mexicana establece las especificaciones que debe cumplir el producto en estado fresco para su consumo directo o a través de los subproductos desarrollados a partir del mismo, tales como: Puré de Chile Habanero; Chile Habanero deshidratado; salsa de Chile Habanero; y encurtido de Chile Habanero; así como los correspondientes métodos de prueba y la información comercial que debe ostentar el Chile Habanero y subproductos producidos y procesados en el territorio protegido de conformidad con la Declaratoria General de Protección de la Denominación de Origen "Chile Habanero de la Península de Yucatán".

  20. Referencias

    La presente norma oficial mexicana se complementa con las siguientes normas oficiales mexicanas y normas mexicanas vigentes o las que las sustituyan:

    NOM-051-SCFI/SSA1-2010 Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. Información comercial y sanitaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2010.

    NOM-251-SSA1-2009 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01 de marzo de 2010.

    NMX-FF-025-SCFI-2007 Productos alimenticios no industrializados para consumo humano Chile

    fresco (Capsicum spp) Especificaciones (Cancela a la NMX-FF-025-1982). Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación...

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