PROY-NOM-045-SSA2-2005: Para la Vigilancia Epidemiológica, Prevención y Control de las Infecciones Nosocomiales.

DependenciaSecretaría de Salud
ClavePROY-NOM-045-SSA2-2005
Tipo de normaProyecto

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

  PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-045-SSA2-2005, PARA LA VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA, PREVENCION Y CONTROL DE LAS INFECCIONES NOSOCOMIALES.

  ROBERTO TAPIA CONYER, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XVII, 13, apartado A, fracción I, 133 fracción I, y 141 de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracciones III y XI, 41, 43, 46 y 47 fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 8 fracciones V y XVI, 10 fracciones VII, XII y XVI, y 45 fracción VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-045-SSA2-2004, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales.

  Derivado del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-045-SSA2-2004, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 2004, este Comité ha detectado que existe una confusión respecto a ciertos puntos de la misma, por lo que es pertinente precisarlos y clarificarlos para contribuir a su óptimo cumplimiento, a través de modificaciones, por lo que con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 y 33 último párrafo del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el proyecto de referencia debe someterse nuevamente al periodo de consulta pública establecido en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

  El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados, dentro de los siguientes 60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación, presenten sus comentarios por escrito ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, sito en Lieja número 7, 1er. piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, México, D.F., teléfono 5062-1753 y fax 5286-5355, correo electrónico: pce@salud.gob.mx.

  Durante el lapso mencionado y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio del presente proyecto de Norma estará a disposición del público, para su consulta, en el portal electrónico de Manifestaciones de Impacto Regulatorio www.cofemermir.gob.mx.

PREFACIO

  En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana, participaron las unidades administrativas e instituciones siguientes:

SECRETARIA DE SALUD. Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud. Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades. Dirección General Adjunta de Epidemiología. Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos. Centro Nacional de Prevención y Control del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida. Subsecretaría de Innovación y Calidad. Dirección General de Calidad y Educación en Salud. Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Dirección General de Salud Ambiental. Coordinación General de los Institutos Nacionales de Salud. Hospital Infantil de México Federico Gómez. Instituto Nacional de Cancerología. Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas. Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición "Salvador Zubirán". Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía Manuel Velasco Suárez. Instituto Nacional de Pediatría. Instituto Nacional de Perinatología Isidro Espinosa de los Reyes.

SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL. Dirección General de Sanidad Militar.

SECRETARIA DE MARINA. Dirección General de Sanidad Naval.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. Dirección de Atención Médica Coordinación de UMAES Coordinación de Salud Pública Centro Médico Nacional Siglo XXI Coordinación General del Programa IMSS Oportunidades.

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. Jefatura de Servicios de Regulación de Medicina Preventiva y Control Epidemiológico.

SECRETARIA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL.

PETROLEOS MEXICANOS. Subgerencia de Prevención y Control de Enfermedades.

SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA.

ASOCIACION MEXICANA DE INFECTOLOGIA Y MICROBIOLOGIA CLINICA, A.C.

ASOCIACION MEXICANA PARA EL ESTUDIO DE LAS INFECCIONES NOSOCOMIALES, A.C.

INDICE

  0. Introducción

  1. Objetivo y campo de aplicación

  2. Referencias

  3. Definiciones, símbolos y abreviaturas

  4. Generalidades

  5. Flujo de la información

  6. Criterios para el diagnóstico de infecciones nosocomiales

  7. Organización

  8. Capacitación y asesoría

  9. Supervisión y evaluación

  10. Aspectos generales de prevención y control

  11. Investigación

  12. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

  13. Bibliografía

  14. Observancia de la norma

  15. Vigencia

  0. Introducción

  A finales de 1989, la Organización Panamericana de la Salud conjuntamente con la Sociedad de Epidemiología Hospitalaria de Estados Unidos de América, realizó una conferencia regional sobre la prevención y el control de las infecciones nosocomiales. Los objetivos de dicha conferencia fueron formulados para estimular la implementación de mecanismos para retomar la preparación de normas e instrumentos homogéneos sobre la prevención y control de infecciones nosocomiales. El objetivo fundamental por el cual se instituyó la prevención y el control de las infecciones nosocomiales fue garantizar la calidad de la atención médica.

  La vigilancia epidemiológica de las infecciones nosocomiales se inscribe dentro de estos propósitos al permitir la aplicación de normas, procedimientos, criterios y sistemas de trabajo multidisciplinario para la identificación temprana y el estudio de las infecciones de este tipo. Constituye un instrumento de apoyo para el funcionamiento de los servicios y programas de salud que se brindan en los hospitales.

  Actualmente se reconoce la necesidad de consolidar los mecanismos vigentes de vigilancia epidemiológica y ampliar su cobertura mediante el manejo ágil y eficiente de la información necesaria para la prevención y el control de las infecciones nosocomiales, por lo que se considera indispensable homogeneizar los procedimientos y criterios institucionales que orienten y faciliten el trabajo del personal que se encarga de estas actividades dentro de los hospitales.

  Las infecciones nosocomiales representan un problema de gran importancia clínica y epidemiológica debido a que condicionan mayores tasas de morbilidad y mortalidad, con un incremento consecuente en el costo social de años de vida potencialmente perdidos, así como de años de vida saludables perdidos por muerte prematura o vividos con discapacidades, lo cual se suma al incremento en los días de hospitalización y del gasto económico.

  A pesar de que se reconoce a la infección nosocomial como una complicación donde se conjugan diversos factores de riesgo y que es susceptible, en la mayoría de los casos, de prevenirse se debe señalar que existen casos en los que se presenta debido a condiciones inherentes al huésped.

  El problema es de gran magnitud y trascendencia. Por ello, es indispensable establecer y operar sistemas integrales de vigilancia epidemiológica que permitan prevenir y controlar las infecciones de este tipo, entendiendo que su ocurrencia debe ser controlada como se describe pero no es esperable lograr una tasa de cero. Las tasas deberán ser evaluadas en su tendencia temporal y no hay cifras de referencia (buenas o malas). Los programas deben evaluarse por sus actividades de vigilancia y control y no solo por resultados aislados. Debe ser claro que las epidemias son eventos frecuentes que deben identificarse y controlarse de inmediato pero al igual que ocurre con los casos de infección nosocomial, no es esperable que no ocurran.

  Esta Norma incluye las enfermedades adquiridas intrahospitalariamente secundarias a procedimientos invasivos, diagnósticos o terapéuticos y, además, establece los lineamientos tanto para la recolección, análisis sistematizado de la información y toma de decisiones para la aplicación de las medidas de prevención y control pertinentes.

  1. Objetivo y campo de aplicación

  1.1 Objetivo

  Esta Norma Oficial Mexicana establece los criterios que deberán seguirse para la prevención, vigilancia y control epidemiológicos de las infecciones nosocomiales que afectan la salud de la población usuaria de los servicios médicos prestados por los hospitales.

  1.2 Campo de aplicación

  Esta Norma Oficial es de observancia obligatoria en todas las instituciones de atención que prestan servicios médicos y comprende a los sectores público, social y privado del Sistema Nacional de Salud.

  2. Referencias

  Para la correcta aplicación de esta Norma Oficial Mexicana es necesario consultar las siguientes normas:

  2.1 NOM-003-SSA2-1993, Para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos.

  2.2 NOM-010-SSA2-1993, Para la prevención y control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana.

  2.3 NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica.

  2.4 NOM-168-SSA1-1998, Del expediente clínico.

  2.5 NOM-197-SSA1-2000, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales generales y consultorios de atención médica especializada.

  2.6 NOM-087-ECOL-SSA1-2002, Protección ambiental- Salud Ambiental-...

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