PROY-NOM-002-SEDE/ENER-2012: Requisitos de Seguridad y Eficiencia Energética para Transformadores de Distribución.

DependenciaSecretaría de Comunicaciones y Transportes
ClavePROY-NOM-002-SEDE/ENER-2012
Tipo de normaProyecto
Rama de la Actividad EconómicaFabricación de Equipo de Generación Eléctrica y Aparatos y Accesorios Eléctricos
ProductoTransformadores de distribucion

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDE/ENER-2012, Requisitos de seguridad y eficiencia energética para transformadores de distribución. PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-002-SEDE/ENER-2012, REQUISITOS DE SEGURIDAD Y EFICIENCIA ENERGETICA PARA TRANSFORMADORES DE DISTRIBUCION.

LUZ AURORA ORTIZ SALGADO, Directora General de Distribución y Abastecimiento de Energía Eléctrica, y Recursos Nucleares de la Secretaría de Energía (SENER), en su calidad de Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas (CCNNIE), y EMILIANO PEDRAZA HINOJOSA, Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE) en su calidad de Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) por conducto de estas Direcciones Generales con fundamento en los artículos 33, fracciones II y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 6, 7 fracción VII, 10 y 11 fracciones IV y V y quinto transitorio de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; 38 fracción II, 40 fracciones I y X, 41, 44, 45, 46 fracción II, 47 y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 31 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 inciso A, fracción I e inciso F, fracción IV, 8 fracciones XIV, XV y XXX, 26 y 27 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, expiden el siguiente:

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-002-SEDE/ENER-2012, REQUISITOS DE SEGURIDAD Y EFICIENCIA ENERGETICA PARA TRANSFORMADORES DE DISTRIBUCION

CONSIDERANDOS

Primero.- Que el 28 de noviembre de 2011, mediante acuerdo del CCNNIE se aprobó la inscripción de la modificación de la NOM-002-SEDE-2011 para desarrollarse de manera conjunta por la SENER y el CCNNIE, y por la CONUEE y el CCNNPURRE.

Segundo.- Que de conformidad con el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, con fecha 22 de agosto de 2012 se presentó al CCNNIE el Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDE/ENER-2012, Requisitos de seguridad y eficiencia energética para transformadores de distribución, acompañado de la Manifestación de Impacto Regulatorio.

Tercero.- Que de conformidad con el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, con fecha 2 de octubre de 2012 se presentó al CCNNPURRE el Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDE/ENER-2012, Requisitos de seguridad y eficiencia energética para transformadores de distribución, acompañado de la Manifestación de Impacto Regulatorio.

Cuarto.- Que con fecha 16 de octubre de 2012 se envió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria la Manifestación de Impacto Regulatorio del Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDE/ENER-2012, Requisitos de seguridad y eficiencia energética para transformadores de distribución.

Quinto.- Que el 23 de octubre de 2012, por acuerdo del CCNNIE se aprobó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDE/ENER-2012, Requisitos de seguridad y eficiencia energética para transformadores de distribución, para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación para consulta pública.

Sexto.- Que el 23 de noviembre de 2012, por acuerdo del CCNNPURRE se aprobó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDE/ENER-2012, Requisitos de seguridad y eficiencia energética para transformadores de distribución, para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación para consulta pública.

Séptimo.- Que de conformidad con el artículo 47 fracción I de la citada Ley y 33 de su Reglamento, se expide el Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDE/ENER-2012, Requisitos de seguridad y eficiencia energética para transformadores de distribución para consulta pública, con la finalidad de que dentro de los sesenta días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten sus comentarios al CCNNIE y al CCNNPURRE, a través de la Presidencia del CCNNIE, sita en Insurgentes Sur Número 890, piso 8, colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, C.P. 03100 en México, Distrito Federal. Podrán presentar sus comentarios por escrito o correo electrónico a la dirección: presidencia_ccnnie@energia.gob.mx, a efecto de que se consideren en el seno de los Comités, en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Octavo.- Que en el acuerdo emitido por el Titular de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria publicado el 12 de marzo de 2012 en el Diario Oficial de la Federación se definen los efectos de los Dictámenes que emite la Comisión Federal de Mejora Regulatoria respecto de las normas oficiales mexicanas y su respectiva Manifestación de Impacto Regulatorio.

El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana fue elaborado por la SENER, a través de la Dirección General de Distribución y Abastecimiento de Energía Eléctrica, y Recursos Nucleares y por la CONUEE, con la colaboración de los integrantes del CCNNIE y del CCNNPURRE.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-002-SEDE/ENER-2012, REQUISITOS DE SEGURIDAD Y EFICIENCIA ENERGETICA PARA TRANSFORMADORES DE DISTRIBUCION

INDICE DE CONTENIDO

  1. Objetivo y campo de aplicación

  2. Referencias

  3. Definiciones

  4. Clasificación

  5. Especificaciones

    5.1 Especificaciones de seguridad

    5.1.1 Condiciones de cortocircuito

    5.1.2 Preservación del líquido aislante (Hermeticidad)

    5.2 Especificaciones de eficiencia energética

    5.2.1 Eficiencia

    5.2.2 Pérdidas

  6. Métodos de prueba

    6.1 Métodos de prueba aplicables a seguridad

    6.2 Métodos de prueba aplicables a eficiencia energética

    6.2.1 Cálculo de la eficiencia

  7. Muestreo

  8. Criterios de aceptación

  9. Marcado y etiquetado

    9.1 Placa de datos y marcado externo

    9.2 Instructivos

    9.3 Garantías

  10. Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad

  11. Vigilancia

  12. Concordancia con normas internacionales

  13. Bibliografía

  14. Transitorios

  15. Objetivo y campo de aplicación

    Esta Norma Oficial Mexicana establece los requisitos mínimos de seguridad y eficiencia energética que deben cumplir los transformadores de distribución, además establece los métodos de prueba que deben utilizarse para evaluar estos requisitos.

    Esta Norma aplica a los transformadores de distribución de fabricación nacional e importados, tipo: poste, subestación, pedestal y sumergible (de acuerdo con las definiciones establecidas en el capítulo 3 de esta Norma), autoenfriados en líquido aislante, destinados al consumidor final, cuando sean comercializados en los Estados Unidos Mexicanos.

    Asimismo, la presente Norma Oficial Mexicana aplica cuando el transformador de distribución sea objeto de reparación, reconstrucción o reinstalación con el propósito de comercializarse en territorio nacional.

  16. Referencias

    Para la correcta aplicación de esta Norma Oficial Mexicana se deben consultar las siguientes Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y Normas Mexicanas (NMX) vigentes:

    NOM-008-SCFI-2002 Sistema general de unidades de medida.

    NOM-024-SCFI-1998 Información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos.

    NMX-J-116-ANCE-2005 Transformadores de distribución tipo poste y tipo subestación-Especificaciones. Referencia parcial. (Los numerales aplicables son: 5.7.7 relativo a "Placa de datos"; 5.7.8 relativo a "Marcado externo del transformador" y 5.8 relativo a "Especificaciones de cortocircuito").

    NMX-J-169-ANCE-2004 Transformadores y autotransformadores de distribución y potencia-Métodos de prueba. Referencia parcial. (Los capítulos aplicables son: 7 relativo a "Pérdidas en vacío y corriente de excitación"; 8 relativo a "Pérdidas debidas a la carga e impedancia"; 11 relativo a "Prueba de hermeticidad" y 17 relativo a "Pruebas de cortocircuito").

    NMX-J-285-ANCE-2005 Transformadores tipo pedestal, monofásicos y trifásicos para distribución subterránea-Especificaciones (Los numerales aplicables son: 5.7.10 relativo a "Placa de datos"; 5.7.11 relativo a "Dato de la capacidad" y 5.9 relativo a "Especificaciones de cortocircuito").

    NMX-J-287-ANCE-1998 Productos eléctricos-Transformadores de distribución tipo sumergible monofásico y trifásico para distribución subterránea-Especificaciones (Los numerales aplicables son: 5.7.10 relativo a "Placa de datos"; 5.7.11 relativo a "Dato de la capacidad" y 5.9 relativo a "Especificaciones de cortocircuito").

  17. Definiciones

    Para el propósito de esta Norma se definen los siguientes términos:

    3.1 Capacidad nominal: La capacidad nominal en un transformador es la potencia en kilovoltamperes (kVA) que entrega en el devanado secundario cuando está operando a sus valores nominales de tensión, frecuencia y corriente eléctricas.

    3.2 Corriente nominal: La corriente nominal se obtiene de dividir la capacidad nominal en kVA entre la tensión eléctrica nominal en kV en el caso de transformadores monofásicos; para transformadores trifásicos se requiere dividir este cociente entre 3.

    3.3 Eficiencia: La eficiencia expresada en por ciento, es la relación que existe entre la potencia real de salida con respecto a la potencia real de entrada, donde la potencia real de salida es igual a la capacidad nominal del transformador.

    3.4 Evaluación de la conformidad: La determinación del grado de cumplimiento con las normas oficiales mexicanas o la conformidad con las normas mexicanas, las normas internacionales u otras especificaciones, prescripciones o características. Comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, calibración, certificación y verificación;

    3.5 Pérdidas

    3.5.1 Pérdidas en vacío (pérdidas del núcleo): Son las pérdidas que se tienen en el transformador cuando está energizado a tensión y frecuencia eléctricas nominales y sin ninguna carga externa.

    3.5.2 Pérdidas debidas a la carga: Son las pérdidas que se tienen en un transformador cuando está operando a corriente y frecuencia nominal alimentándolo a la tensión eléctrica de impedancia.

    3.5.3 Pérdidas...

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