NOM-050-SCT2-2001: Disposición para la Señalización de Cruces a Nivel de Caminos y Calles con Vías Férreas.

DependenciaSecretaría de Comunicaciones y Transportes
ClaveNOM-050-SCT2-2001
Tipo de normaDefinitiva
Rama de la Actividad EconómicaTransporte por Ferrocarril
ProductoServicios

NORMA Oficial Mexicana NOM-050-SCT2-2001, Disposición para la señalización de cruces a nivel de caminos y calles con vías férreas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-050-SCT2-2001, DISPOSICION PARA LA SEÑALIZACION DE CRUCES A NIVEL DE CAMINOS Y CALLES CON VIAS FERREAS.

AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos 36 fracciones VII y VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II, 40 fracción XVI, 41, 43 y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 6 fracción III y 31 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; 50 del Reglamento del Servicio Ferroviario; 6 fracción XIII y 21 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables.

CONSIDERANDO

Que los señalamientos y dispositivos que deben instalarse, así como las disposiciones que deben observarse para brindar seguridad a usuarios en los cruces a nivel de caminos y calles con vías férreas.

Que habiéndose dado cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la expedición de normas oficiales mexicanas, el Subsecretario de Transporte en su calidad de Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre ordenó la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-050-SCT2-2000, Disposición para la señalización de cruces a nivel de caminos y calles con vías férreas, publicada el 28 de marzo de 2001.

Que durante el plazo de sesenta días naturales, contado a partir del día 29 de marzo de 2001, fecha en que se publicó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana, no se recibieron comentarios del público en general.

Que previa aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, he tenido a bien expedir la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-050-SCT2-2001, DISPOSICION PARA LA SEÑALIZACION DE CRUCES A NIVEL DE CAMINOS Y CALLES CON VIAS FERREAS

INDICE

Prefacio

Introducción

  1. Objetivo

  2. Campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Especificaciones

  6. Calificación de cruces a nivel

  7. Calificación de la vialidad

  8. Clasificación de cruces

  9. Señalamientos

  10. Señalamiento vertical restrictivo

  11. Semáforos y barreras

  12. Vialetas

  13. Evaluación de la conformidad

  14. Vigilancia

  15. Sanciones

  16. Bibliografía

  17. Concordancia con normas y recomendaciones internacionales

  18. Vigencia

    PREFACIO

    En la elaboración de la presente Norma participaron las dependencias del ejecutivo federal, organismos descentralizados y empresas privadas siguientes:

    - SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.

    ? Dirección General de Tarifas, Transporte Ferroviario y Multimodal.

    - SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL AHORA SECRETARIA DE ECONOMIA.

    - DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL.

    ? Dirección General del Transporte.

    - FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO.

    ? Departamento de Vía.

    ? Instituto de Capacitación Ferrocarrilera.

    ? Gerencia de Vía y Estructuras.

    - SWAROMEX.

    - I.C.A. Construcción Urbana.

    - UNAM UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO.

    - TFM, S.A. DE C.V.

    - TERMINAL FERROVIARIA DEL VALLE DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    - FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V.

    - FERROCARRIL COAHUILA-DURANGO, S.A. DE C.V.

    - FERROCARRIL CHIAPAS-MAYAB, S.A. DE C.V.

    - FERROCARRIL DEL SURESTE, S.A. DE C.V.

    Introducción

    Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer las características de los señalamientos, así como los métodos de calificación de los cruces a nivel de camino y calles con las vías férreas, a fin de proporcionar mayor seguridad a los usuarios y al mismo tiempo proteger las vías generales de comunicación.

  19. Objetivo

    Esta Norma Oficial Mexicana establece los señalamientos y dispositivos que deben instalarse, así como las disposiciones que deben observarse para brindar seguridad a usuarios en los cruces a nivel de caminos y calles con vías férreas.

  20. Campo de aplicación

    Esta Norma Oficial Mexicana debe aplicarse en los diferentes tipos de cruces a nivel de caminos y calles construidos o por construir, en el sistema ferroviario nacional.

  21. Referencias

    Para la aplicación de esta Norma se deben consultar los textos siguientes:

    1. Normas de construcción tomo VII parte primera señalamientos ferroviarios de la S.C.T.

    2. Manual de dispositivos para el control de tránsito en calles y carreteras de S.C.T.

    3. Manual de dispositivos para el control de tránsito en zonas urbanas y suburbanas tomos I, II y III de la Coordinación General de Transporte del Departamento del Distrito Federal.

    4. Reglamento de conservación de vía y estructuras para los Ferrocarriles Mexicanos de Ferrocarriles Nacionales de México.

  22. Definiciones

    ángulo de cruce: es el ángulo complementario al de esviaje.

    ángulo de esviaje: es el ángulo que forman la perpendicular del eje de la vialidad (calle, avenida, bulevar, etc.) y el eje de la vía del ferrocarril.

    corona: superficie que comprende la sección transversal de una vialidad.

    cruce: donde se interceptan dos caminos.

    diferencia de peralte: la que constituye el desnivel que forman las secciones transversales de la vialidad con la de la vía del ferrocarril.

    drenaje: conjunto de obras diseñadas de tal manera que faciliten el desalojo de agua en el cruce y evite la formación de encharcamientos.

    elementos en cruces a nivel: cada una de las partes constitutivas de una vialidad y vías del ferrocarril.

    media aritmética: cantidad que representa la suma de los valores entre el número de elementos.

    número de vías: cantidad de estructuras que sustentan y guían un equipo rodante de los ferrocarriles.

    pendiente: relación que existe entre el desnivel y la distancia horizontal entre dos puntos (eje de la vialidad).

    señalamientos en cruces a nivel: son sistemas de señales para cruce de vía férrea con caminos y calles, dispuestas en tal forma que indiquen a los conductores que circulan por el arroyo vehicular, la aproximación a un cruce ferroviario.

    señalamiento horizontal: conjuntos de líneas, marcas y dispositivos que se colocan sobre la superficie de rodamiento pavimentado.

    señalamiento vertical: conjunto de dispositivos informativos, preventivos y restrictivos para el control del tránsito vehicular.

    sobreelevación: es la diferencia de nivel transversal en la superficie de rodamiento.

    superficie de rodamiento: la constituye la última capa del pavimento que está en contacto directo con las cargas rodantes que produce el tránsito vehicular.

    t.d.p.a.: tránsito diario promedio anual, es el promedio diario de vehículos que transitan en un camino, basado en el volumen de tránsito anual.

    velocidad de proyecto: velocidad máxima a la cual pueden transitar los vehículos con seguridad sobre un camino y se utiliza para determinar sus elementos geométricos.

    velocidad de operación: velocidad máxima a la cual puede transitar un vehículo en un tramo de un camino, bajo las condiciones prevalecientes de tránsito y atmosféricas favorables, sin rebasar la velocidad de proyecto.

    visibilidad de proyecto: distancia que un conductor que transita en una vialidad tiene para ver la vía del ferrocarril y pueda parar antes que llegue a la zona del cruce.

    volumen de tránsito: número de vehículos que transitan por un tramo del camino en un intervalo de tiempo.

    zona de aproximación: zona a lo largo del eje del camino comprendida entre las señales informativas y restrictivas.

  23. Especificaciones

    5.1 Dimensiones

    Para el dimensionamiento de los señalamientos, véase capítulo 3 de esta Norma.

  24. Calificación de cruces a nivel

    6.1 Elementos que se califican y su ponderación.

    Para calificar la peligrosidad del cruce, se consideran diversos elementos que se ponderan de acuerdo a su importancia y la influencia que tienen en la seguridad, para evitar la ocurrencia de siniestros, agrupándolos en 8 bloques: en primer lugar aquellos que tienen relación con la visibilidad; después, los que se refieren a la situación de la corona; en tercer lugar los que involucran el señalamiento pasivo; en cuarto lugar se consideran el número de vías a cruzar y la diferencia de peralte; después, lo correspondiente a la vialidad; en sexto lugar el tránsito vehicular y ferroviario; posteriormente, lo relacionado al señalamiento activo y por último, el dispositivo restrictivo.

    La ponderación de los elementos de acuerdo a su importancia e influencia deben ajustarse a lo especificado en la tabla 1.

    TABLA 1.- Calificación ponderada

    Calificación de elementos Valor relativo Influencia para la calificación total
    1.- Visibilidad: Esviaje Pendiente longitudinal Suma 70 30 100 0.3
    2.- Corona Superficie de rodamiento Drenaje Suma 55 45 100 0.1
    3.- Señalamiento pasivo: Vertical Horizontal Suma 60 40 100 0.05
    4.- Vías: Número de vías Diferencia de peraltes Suma 20 80 100 0.05
    5.- Vialidad: Número de carriles Alumbrado Suma 70 30 100 0.1
    6.- Tránsito: Vol. de Tráns. Vehic. Vol. de Tráns. Ferro. Suma 70 30 100 0.3
    7.- Señalamiento activo: Señales luminosas Señales sonoras Suma 50 50 100 0.05
    8.- Dispositivo restrictivo: Barrera automática/manual Guardacruce Suma 20 80 100 0.05
    6.2 Guías generales para calificar los elementos de un cruce

    6.2.1 Lineamientos

    Se establecen los lineamientos generales para determinar la calificación de 0 a 5 de cada elemento del cruce, según se observen las deficiencias que vayan aumentando su peligrosidad.

    6.2.2 Proceso de cálculo

    La calificación de un cruce es la que se obtiene de la suma de los productos que resultan de multiplicar la calificación del elemento (de 0 a 5) por el valor relativo y su influencia, variando este resultado entre 0 y 500.

    La calificación máxima ponderada de cada elemento de un cruce es:

    TABLA 2.- Calificación del cruce

    Conceptos Calificación
    ...

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