Lineamientos para que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal celebren y registren como inversión los contratos de arrendamiento financiero

Fecha de disposición28 Noviembre 2008
Fecha de publicación28 Noviembre 2008
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Laboral y Seguridad Social
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. AGUSTIN GUILLERMO CARSTENS CARSTENS, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31 y 50 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 de la Ley General de Deuda Pública; 50, último párrafo, de la Ley General de Bienes Nacionales; 149 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 4o. párrafo primero, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO

Que en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 se establece una política fiscal responsable y eficiente, así como el manejo adecuado de la deuda pública, como componentes medulares de la estrategia de desarrollo;

Que con esta base es posible conservar la estabilidad y asegurar que los recursos públicos se asignen de manera correcta para permitir que la deuda pública se mantenga en niveles sostenibles;

Que es necesario, cuando la satisfacción de necesidades de la Administración Pública Federal implique operaciones de financiamiento de ciertos bienes, que éstas se realicen al menor costo posible, asegurando la sana evolución de las finanzas públicas y el desarrollo de los mercados financieros nacionales, y

Que para otorgar certeza a los ejecutores de gasto en cuanto al procedimiento a seguir ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para la celebración y registro como inversión de los contratos de arrendamiento financiero, he tenido a bien expedir los siguientes

LINEAMIENTOS PARA QUE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CELEBREN Y REGISTREN COMO INVERSION LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO

PRIMERO.- El objeto de los presentes lineamientos es establecer las disposiciones generales a las que se sujetarán las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en materia de financiamiento y presupuesto, para la celebración y registro como inversión de los contratos de arrendamiento financiero en términos del artículo 149, párrafo segundo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

SEGUNDO.- Las definiciones previstas en los artículos 2 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 2 de su Reglamento, serán aplicables en estos lineamientos. En adición, para efectos de los presentes lineamientos se entenderá por:

  1. Dirección General de Programación y Presupuesto sectorial: la Dirección General de Programación y Presupuesto "A" o la Dirección General de Programación y Presupuesto "B", según corresponda a la Dependencia o Entidad, en el ámbito de su respectiva competencia, conforme lo establece el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

  2. Lineamientos: los presentes Lineamientos para que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal celebren y registren como inversión los contratos de arrendamiento financiero;

  3. Registro: el Registro de las Obligaciones Financieras...

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