Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de brochas de cerda natural, sintética o mixta con mangos de madera o plástico, en medidas que van de 1/2 a 6 pulgadas, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 9603.40.01 de la Tarifa de la Ley...

DOF. Diario Oficial de la Federación, 14 de Septiembre 2006

Poder Ejecutivo - Secretaria de Economia

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Extracto


Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de brochas de cerda natural, sintética o mixta con mangos de madera o plástico, en medidas que van de 1/2 a 6 pulgadas, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 9603.40.01 de la Tarifa de la Ley...

Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de brochas de cerda natural, sintética o mixta con mangos de madera o plástico, en medidas que van de 1/2 a 6 pulgadas, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 9603.40.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

  RESOLUCION POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE BROCHAS DE CERDA NATURAL, SINTETICA O MIXTA CON MANGOS DE MADERA O PLASTICO, EN MEDIDAS QUE VAN DE ½ a 6 PULGADAS, MERCANCIA CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 9603.40.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.

  Visto para resolver en la etapa de inicio el expediente administrativo 18/06, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en lo sucesivo la Secretaría, se emite la presente Resolución, de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

  Presentación de la solicitud

  1. El 19 de junio de 2006, Fábrica de Brochas Perfect, S.A. de C.V. y Brochas Tijuana, S.A. de C.V., en lo sucesivo Brochas Perfect y Brochas Tijuana, o las solicitantes, por conducto de su representante legal comparecieron ante la Secretaría para solicitar el inicio de la investigación administrativa en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, y la aplicación del régimen de cuotas compensatorias sobre las importaciones de brochas de cerda natural, sintética o mixta con mangos de madera o plástico, en medidas que van de ½ a 6 pulgadas, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

  2. Las solicitantes argumentaron que en el período comprendido de enero a diciembre de 2005 las importaciones de brochas, originarias de la República Popular China, ingresaron en volúmenes significativos y en condiciones de discriminación de precios, lo que causó daño importante a la industria nacional del bien similar, lo cual se observa en la evolución negativa de sus principales indicadores económicos como producción, ventas, utilización de la capacidad instalada, ingresos y utilidades. La Secretaría consideró apropiado establecer como periodo investigado del 1 de enero de 2005 al 30 de junio de 2006, a efecto de que la información que sea proporcionada y analizada en el transcurso de la investigación sea lo más actualizada posible, permitiendo así a la autoridad investigadora allegarse de los elementos suficientes para las determinaciones preliminar y definitiva acerca de la existencia o no de la práctica desleal de comercio internacional.

  Empresas solicitantes

  3. Brochas Perfect y Brochas Tijuana son empresas constituidas conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con domicilio para oír y recibir notificaciones en León de los Aldamas 57, Colonia Roma Sur, código postal 06760, México, D.F., cuya actividad principal en el caso de Brochas Perfect consiste en manufacturar, comprar, importar, explotar, distribuir o en forma distinta comerciar con brochas, cepillos, pinceles, brochuelas, escobillas, artículos de madera y plástico, cepillos circulares de alambre, y para el caso de Brochas Tijuana consiste en la fabricación, compra, venta, importación y exportación de toda clase de brochas y cepillos y de toda clase de artículos para pinturas, ferretería y tlapalería en general.

  4. Asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 40 de la Ley de Comercio Exterior, en lo sucesivo LCE, las solicitantes manifestaron que durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2005, representaron el 90 por ciento de la producción nacional de los productos idénticos o similares a los que se importan en condiciones de discriminación de precios y que causan daño importante a la rama de producción nacional.

  Información sobre el producto

  Descripción del producto

  5. Tomando en cuenta lo señalado por las solicitantes el producto objeto de investigación son las brochas de cerda natural, sintética o mixta con mangos de madera o plástico, en medidas que van de ½ a 6 pulgadas. Las brochas son herramientas que se utilizan eminentemente para pintar paredes, fachadas, bardas u otras estructuras, aunque el producto puede ser utilizado para otros propósitos o procesos productivos como para limpiar piezas o para aplicar químicos, solventes, grasas, entre otros. A lo largo de la resolución se mencionará, indistintamente, brochas o brochas de cerda natural, sintética o mixta, con mangos de madera o plástico, en medidas qu...

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