Bando de Policía y Buen Gobierno que Reglamenta el Comportamiento Cívico en El Municipio de Colima

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COLIMA, COL.

BANDODE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO QUE REGLAMENTA EL COMPORTAMIENTO CÍVICO EN EL MUNICIPIO DE COLIMA.

L.E. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Presidente Municipal de Colima, a sus habitantes, sabed:

Que el Honorable Cabildo Municipal se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO QUE REGLAMENTA EL COMPORTAMIENTO CÍVICO EN EL MUNICIPIO DE COLIMAEl Honorable Cabildo Municipal de Colima, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 87, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Colima; 45, fracción I, inciso a), y 116 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; 78, 79, 82, 132, 133, fracción II, 136, 137, 138 y 140 del Reglamento del Gobierno Municipal de Colima; ha tenido a bien aprobar el presente Acuerdo, conforme a los siguientes:

A N T E C E D E N T E S :

PRIMERO.- El Plan Municipal de Desarrollo 2009-2012 en su eje temático "Estado de Derecho", dentro de las estrategias a seguir, contempla respecto a la normatividad municipal, la actualización e innovación en materia reglamentaria, con la finalidad de atender las necesidades normativas del municipio, en cumplimiento a lo anterior, por indicaciones del Presidente Municipal L.E. José Ignacio Peralta Sánchez, la Dirección de Asuntos Jurídicos de este H. Ayuntamiento, convocó a las diversas áreas que integran la administración pública municipal durante los días 12, 13, 14 y 15 de octubre de 2010, por medio de las circulares DAJ-22/2010 y DAJ-23/2010, con el objetivo de revisar el marco normativo de nuestro municipio.

SEGUNDO.-

Uno de los temas abordados durante las reuniones de revisión de la reglamentación municipal, fue lo concerniente a la falta de un ordenamiento para regular el comportamiento cívico de los habitantes y transeúntes del municipio a fin de salvaguardar el orden público entre la población y garantizar la tranquilidad a la ciudadanía.

TERCERO.-

Que estas comisiones edilicias habiendo analizado el Proyecto de Bando de Policía y Buen Gobierno que Regula el Comportamiento Cívico en el Municipio de Colima, proceden a emitir con fundamento en los artículos 136 y 137 del Reglamento de Gobierno Municipal el presente dictamen en base a la siguiente:

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O SPRIMERO.-

Que conforme a lo señalado por la fracción VII, del artículo 119, de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, corresponde al Ayuntamiento expedir en el ámbito de su competencia entre otros los siguientes reglamentos: "Los que regulen las actividades de los habitantes del Municipio y establecen la relación del Ayuntamiento con los particulares, en un marco de respeto al derecho, la paz pública y la tranquilidad, que propicien el desarrollo de la vida comunitaria." SEGUNDO.-

Que actualmente en el Municipio de Colima no se cuenta con un bando de policía y buen gobierno que propicie el desarrollo de la vida comunitaria, la paz pública y la tranquilidad social, en tal virtud, como lo dispone el artículo 119 TER de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, en esta municipalidad se aplica supletoriamente el Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Manzanillo, cuya situación difiere a la de nuestro municipio, aunado a que dicho ordenamiento legal data de 1988.

TERCERO.-

Ante tal situación resulta necesario contar con un ordenamiento jurídico propio y actualizado que atienda las necesidades concretas así como las peculiaridades de este municipio a fin de coadyuvar a una sana convivencia en sociedad y mantener la tranquilidad en nuestra municipalidad.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, este Honorable Cabildo ha tenido a bien aprobar la emisión del siguiente:

A C U E R D O:

PRIMERO.-

Es de aprobarse y se aprueba el " Bando de Policía y Buen Gobierno que Regula el Comportamiento Cívico en el Municipio de Colima " en los términos siguientes:

BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO QUE REGLAMENTA EL COMPORTAMIENTO CÍVICO EN EL MUNICIPIO DE COLIMATÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARESCAPÍTULO ÚNICO FUNDAMENTO Y OBJETO

Artículo 1

El presente Reglamento se expide con fundamento en los artículos 21 y 115, fracción II, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 87, fracción II, párrafo segundo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, 45, fracción I, inciso a), 47, 116, 119, fracción VIII, 123, 124 y 127 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, así como los artículos 25, 28, 132, 133, 135, 207, 208, 250 y 251 del Reglamento del Gobierno Municipal de Colima.

Artículo 2

La denominación de Bando de Policía y Buen Gobierno se establece en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 87, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, 17 fracción XV, 45 fracción I, inciso a), 47, fracción I, inciso a), 116, 119 y 123 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, y corresponden al presente reglamento, que regula el comportamiento cívico en el Municipio de Colima.

Artículo 3 Las disposiciones de este Reglamento son de orden público, interés social y observancia general obligatoria dentro del territorio del Municipio de Colima, tanto para sus autoridades y habitantes, como para los visitantes y transeúntes, sean nacionales o extranjeros.
Artículo 4

Este Reglamento tiene por objeto:

  1. Proteger los intereses de la sociedad.

  2. Mantener y conservar el orden público, la seguridad y tranquilidad de las personas dentro del Municipio de Colima.

  3. Favorecer la convivencia armónica entre sus habitantes.

  4. Establecer de conformidad al artículo 5 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, las prohibiciones a los sujetos obligados del presente reglamento en materia cívica de las acciones y omisiones que alteren el orden público, afecten la seguridad pública o a terceros, en su persona y/o sus bienes; que se realicen en lugares de uso común, vía pública, libre tránsito, o propiedad privada, o cualquier otra, que tengan efecto en cualquiera de estos lugares, así como las sanciones a las mismas.

  5. Ser copartícipes en la formación ética y moral de las personas, forjando el respeto a los demás y el orden público.

  6. Regular las funciones del Juez Calificador.

  7. Regular el funcionamiento del Centro Preventivo Municipal.

Artículo 5 Para los efectos de este reglamento se entiende por:
  1. Municipio: El Municipio Libre y Soberano de Colima.

  2. Ayuntamiento: El Honorable Ayuntamiento de Colima.

  3. Presidente: El Presidente Municipal de Colima.

  4. Infracción: La infracción administrativa, consistente en toda conducta antisocial de acción u omisión que afecte la integridad y los derechos de las personas, así como las libertades, la paz y orden públicos, que contravenga las disposiciones de este reglamento.

  5. Lugar Público: Todo espacio público o de uso común o de libre tránsito, incluyendo plazas, jardines, vías terrestres, mercados, centros de espectáculos, edificios públicos, canchas deportivas, inmuebles de recreación general, transporte de servicio público y demás lugares similares a éstos.

  6. Jueces:

    Los Jueces calificadores.

  7. Alcaide: Es el receptor de detenidos, quien tendrá a su cargo el control, la guarda, conservación y administración del Centro Preventivo Municipal, así como la defensa y asesoría de quien ostenta la calidad de presunto infractor cuando este ultimo así lo requiera.

  8. Multa: La sanción administrativa consistente en la obligación de pagar una cantidad liquida determinada de dinero.

  9. Secretario: El Secretario del Ayuntamiento de Colima.

  10. Director Jurídico: El Director de Asuntos Jurídicos del Municipio de Colima.

  11. Policía: La Policía Estatal Preventiva de Colima.

  12. Oficial Custodio: El elemento de la Policía Estatal Preventiva en funciones de custodio del Centro Preventivo Municipal.

  13. Persona de confianza...

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