NOM-022-SCT4-1995: Requisitos que Deben Cumplir los Sistemas Automáticos Contraincendio a Base de Aspersores de Agua para Uso en Embarcaciones

DependenciaSecretaría de Comunicaciones y Transportes
ClaveNOM-022-SCT4-1995
Tipo de normaDefinitiva
Rama de la Actividad EconómicaTransporte por Agua
ProductoProteccion humana

NORMA Oficial Mexicana NOM-022-SCT4-1995, Requisitos que deben cumplir los sistemas automáticos contraincendio a base de aspersores de agua para uso en embarcaciones.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-022-SCT4-1995, REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS SISTEMAS AUTOMATICOS CONTRA INCENDIO A BASE DE ASPERSORES DE AGUA PARA USO EN EMBARCACIONES.

LIC. PEDRO PABLO ZEPEDA BERMUDEZ, Coordinador General de Puertos y Marina Mercante y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, XII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 38 fracción II, 40 fracciones XIII y XVI, 43, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o., 7o. fracciones V y VII, y 60 de la Ley de Navegación; 4o., 6o. fracción XII y 28 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CONSIDERANDO

Que con fecha 11 de abril de 1997, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Dirección General de Marina Mercante presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, el anteproyecto de Norma Oficial Mexicana;

Que con fecha 1 de diciembre de 1998, una vez aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentan sus comentarios al mencionado Comité Consultivo;

Transcurrido el plazo otorgado, no se recibieron comentarios sobre el proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana.

Que en atención a las anteriores consideraciones, con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, he tenido a bien expedir la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-022-SCT4-1995 "REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS SISTEMAS AUTOMATICOS CONTRAINCENDIO A BASE DE ASPESORES DE AGUA PARA USO EN EMBARCACIONES"

INDICE

1 Objetivo

2 Campo de aplicación

3 Referencias

4 Definiciones

5 Requisitos generales

6 Componentes del sistema

7 Certificación, inspección y aceptación

8 Vigilancia

9 Bibliografía

10 Concordancia con normas internacionales

11 Vigencia

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana, participaron las siguientes Dependencias, Cámaras, Asociaciones y Empresas:

Dependencias:

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Dirección General de Asuntos Jurídicos Dirección General de Marina Mercante

SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA Unidad de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar

SECRETARIA DE MARINA, ARMADA DE MEXICO Dirección General de Construcción y Mantenimiento Navales

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA Dirección General de Infraestructura y Flota Pesquera

Cámaras:

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION Consejo Administrativo de la Industria Naval

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL TRANSPORTE MARITIMO

Asociaciones:

ASOCIACION MEXICANA DE INGENIEROS NAVALES, A.C.

COLEGIO NACIONAL DE PROFESIONALES DE LA PESCA

Empresas:

AMERICAN BUREAU OF SHIPPING ABS Américas México

R Y M CONSULTORES NAVALES, S.A. DE C.V.

TECNICA MGG, S.A. DE C.V.

PEMEX - Refinación Gerencia de Transportación Marítima

INTRODUCCION

Los sistemas automáticos contraincendio a base de aspersores de agua se deben diseñar para controlar y extinguir fuegos identificados como clase “A”.

Deben operar en forma automática y autónoma en respuesta al elemento sensor de fuego integrado en la boquilla rociadora.

El sistema debe liberar el flujo y volumen del agua que se requiere para cumplir su función y se debe abastecer de la red contraincendio con sistema de bombeo.

  1. Objetivo

    Esta Norma Oficial Mexicana establece los requisitos que deben cumplir los sistemas contraincendio a base de aspersores de agua.

  2. Campo de aplicación

    Esta Norma se debe de aplicar a los sistemas automáticos contraincendio a base de aspersores de agua para uso en embarcaciones.

  3. Referencias

    NOM-008-SCFI-1993 SISTEMA GENERAL DE UNIDADES DE MEDIDA, SISTEMA INTERNACIONAL (SI) DE UNIDADES DE MEDIDA.

    NMX-Z-13-1977 GUIA PARA LA REDACCION, ESTRUCTURACION Y PRESENTACION DE LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS.

  4. Definiciones

    Para efectos de esta Norma se entenderá:

    4.1 Sistema

    Conjunto de aspersores, tuberías, fuentes de energía, sistemas eléctricos, abastecedores de agua, detectores, alarmas, tableros y manuales de funcionamiento y mantenimiento.

    4.2 Detector

    Aparato que indica la presencia de calor, humo, flamas y otros productos de la combustión o cualquier combinación de ellos.

    4.3 Aspersor

    Dispositivo para esparcir líquido a presión.

    4.4 Fuegos clase “A”

    Son aquellos que son producidos por la combustión de materiales combustibles sólidos comunes productores de ceniza o rescoldos que se pueden extinguir mediante el uso de agua o soluciones acuosas (por su propiedad de enfriamiento). Los materiales clasificados en...

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