Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 13 de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, para que los analfabetos o discapacitados recluidos, en los centros penitenciarios o de readaptación social, puedan acceder plenamente al conocimiento de sus derechos y obligaciones., de 22 de Noviembre de 2012

Que reforma el artículo 13 de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, a cargo de la diputada Alicia Concepción Ricalde Magaña, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Alicia Concepción Ricalde Magaña, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el segundo párrafo del artículo 13 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

  1. Antecedentes

    La forma en que se aplica la prisión en México tiene como principales implicaciones nocivas el uso excesivo de la medida y la ineficiencia en el uso de los recursos del sistema de seguridad ciudadana y de justicia penal. Existe un uso excesivo de la medida porque las cifras y el análisis nos indican que la prisión durante el proceso ha dejado de ser una medida extraordinaria y excepcional, para convertirse en una medida cautelar de uso frecuente, contradiciendo nuestra Constitución y los instrumentos internacionales firmados por México. 1

    Produce ineficiencia por el uso irracional de la prisión, del sistema penal, y de los recursos humanos y materiales dedicados a la seguridad pública y a la justicia. La prisión preventiva está consumiendo demasiados recursos que serían determinantes en otras áreas prioritarias de la seguridad ciudadana y la justicia penal, como la prevención y el combate al crimen organizado.

    Como podemos ver el tema de la cárcel supera en amplitud y profundidad a la importancia que suele concedérsele, porque si bien no es ella la única reacción propia de los derechos penal, continúa siendo la más utilizada. En su momento apareció como una pena más humanitaria que las existentes hasta entonces, como lo eran las penas capitales, las mutilaciones, la esclavitud, el calabozo y el destierro.

    En épocas recientes, las reformas efectuadas a la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, fueron encaminadas a proporcionar al delincuente un tratamiento reformador, con objeto de modificarle su conducta y actitudes, y reintegrarlo a la sociedad ya convertido en un objeto distinto, que no delinquirán nuevamente.

    En este sentido, las penas sólo se justifican si cumplen una función razonable y en este caso se trata justamente de esa necesidad de convivencia pacífica. "Para las sociedades de hoy, la pena aparece como una función necesaria de defensa social, sin la que sería imposible mantener el orden público tal y como se lo concibe actualmente" 2

    Sobre el particular, Elías Neuman (1994) afirma que "la cárcel se ha constituido en un lugar para estar mal, que acepta la idea de contención y depósito de seres humanos acusados por diversos delitos. Así el hombre que es detenido y procesado, cuando llega a la prisión se le trata de disciplinar de inmediato mediante un sistema coercitivo que emana de los reglamentos carcelarios. Se le aísla y priva en el sentido de no permitir conductas externas a la par que se amputa su tiempo y se dispone de él. Debe adaptarse a situaciones y coacciones que se generalizan y que pretenden legitimar la utilización de la cárcel-instituto como instrumento para la subordinación y dominación". 3

    A este respecto, el doctor Sergio García Ramírez señala que quien ingresa a prisión lo hace despojado de cualquier grandeza; sólo lleva la etiqueta de "hombre vencido", "enemigo social" y "delincuente" 4 . La historia de las penas en la época moderna y particularmente de la prisión cerrada, es un relato de los esfuerzos que muchas mujeres y hombres han hecho para reducir ese poderío del gobierno, privarle de omnipotencia, rescatar al hombre vencido y reconocerle en la realidad de su reclusión cotidiana lo que de buena o mala gana le atribuyen las leyes que, con frecuencia, se quedan a la puerta de la celda: como son sus derechos.

    En nuestro país, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) reporta hasta junio de 2012, que en el conjunto de las prisiones de México hay actualmente 172 mil espacios penitenciarios y 238...

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