Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, relativo al Régimen de Incorporación Fiscal., de 30 de Abril de 2014

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado José Francisco Coronato Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXII Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II; 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno, al tenor de lo siguiente Exposición de Motivos

Con base en la reforma hacendaria dada a conocer por las autoridades federales en diciembre de 2013, la autoridad manifestó en la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, que el objetivo fundamental de esta reforma, consiste en crear los mecanismos de inclusión y protección social para garantizar a todos los mexicanos un nivel de vida digno, así como dotar al país de un sistema más justo y simple.

De conformidad con lo anterior, la reforma hacendaria está basada en seis ejes fundamentales: 1. Fomentar el crecimiento y la estabilidad, por lo que se fortalece la capacidad financiera del estado mexicano. 2. Mejorar la equidad del sistema tributario, al fomentar una mayor progresividad en el pago de impuestos. 3. Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, para reducir la carga que las personas físicas y morales enfrentan al realizar estas tareas. 4. Promover la formalidad, reduciendo las barreras de acceso y ampliando los servicios de seguridad social. 5. Fortalecer el federalismo fiscal, al incentivar la recaudación de impuestos locales y mejorar la coordinación del ejercicio del gasto. 6. Fortalecer a petróleos mexicanos al dotarlo de un régimen fiscal más moderno y eficiente.

En el punto tres se establece que el efecto nocivo de los costos de cumplimiento fiscal, resulta particularmente elevado para el caso de las empresas pequeñas y medianas, pues estas tienen una menor cantidad de recursos que desviar de las actividades productivas.

En este sentido y reconociendo que uno de los principios que debe prevalecer en todo diseño impositivo, es la simplicidad y el menor costo administrativo relacionado con el pago de impuestos, para ello, el Ejecutivo federal sometió a la consideración de esa soberanía las siguientes medidas: • Eliminar el impuesto empresarial a tasa única y el impuesto a los depósitos en efectivo, emisión de una nueva Ley del Impuesto sobre la Renta que implica derogar la ley anterior, y como consecuencia, “el régimen de pequeños contribuyentes”.

Por cuanto hace al cuarto eje, se refiere a “promover la formalidad”, para ello, en la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, se propone la inclusión de un régimen de incorporación fiscal, con lo que se crea un punto de entrada para los negocios de pequeña escala al ámbito de la formalidad, para las personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios y cuyos ingresos no rebasen de dos millones de pesos.

Si bien es cierto, se reconoce que la eliminación del impuesto empresarial a tasa única y del impuesto de depósitos en efectivo ayudará a los contribuyentes en su operación y desarrollo de sus negocios.

Aunado a lo anterior, es importante hacer hincapié en que la política tributaria del Régimen de Incorporación Fiscal, contraviene y violenta los derechos del contribuyente, pues el artículo 111 establece que podrán optar por permanecer en éste régimen, cuando en la práctica el Servicio de Administración Tributaria, está notificando que el contribuyente a partir del primero de enero del 2014, de manera automática ya está inscrito, lo cual vulnera y violenta su derecho como contribuyente, además establece que si no presenta dos declaraciones consecutivas o cinco no consecutivas, de manera automática pasa al régimen general de ley, complicando su situación como contribuyente al obligarlo a...

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